MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 1, DE 1995, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Núm. 792 exenta.- Santiago, 3 de abril de 2017.
Visto:
Lo dispuesto en el artículo 32° número 6°, de la Constitución Política de la República de Chile; en la ley N° 18.059; en el artículo 3° de la ley N° 18.696; en lo dispuesto en DFL N° 1, de 2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y Ministerio de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.290, de Tránsito; en el artículo 1º de la resolución Nº 1, de 1995, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que establece dimensiones máximas a vehículos que indica; en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República y en la demás normativa aplicable.
Considerando:
1. Que la resolución Nº 1, de 1995, en su artículo 1º, dispone que el largo máximo de los buses será de 13,20 m, estableciendo excepcionalmente que los Buses Pullman a que se refiere la resolución Nº 98, de 1986, de este Ministerio, cuyo largo exceda los 13,20 m., sin superar los 14,00 m, podrán circular por las vías públicas, salvo por aquellas que estén expresamente prohibidas por la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas.
2. Que el avance tecnológico desarrollado por los fabricantes de vehículos, ha permitido que en el mercado internacional se ofrezcan buses de transporte de pasajeros, cuya longitud alcanza los 15,00 m, satisfaciendo éstos los requerimientos de maniobrabilidad exigibles a los buses de menor tamaño (radio de giro y avance radial).
Resuelvo:
Artículo 1º.- Modifícase el inciso quinto del artículo 1º de la resolución Nº 1, de 1995, citada en visto, en los términos siguientes:
1) Intercálase después de la expresión "14,00 m" y la palabra "podrán" la frase siguiente: "o los 15,00 m tratándose de buses distintos a los buses de dos pisos, entendiéndose como tales aquellos en que los espacios destinados a los viajeros están dispuestos, al menos en una parte, en dos niveles superpuestos,".
Artículo 2º.- La presente resolución entrará en vigencia ciento ochenta (180) días después de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Anótese y publíquese.- Paola Tapia Salas, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda a Ud., Juan Matías Sime Zegarra, Jefe División Administración y Finanzas.