Resolución 1270 EXENTA
Resolución 1270 EXENTA MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 2.203 EXENTA, DE 1996, DE ESTA SUBSECRETARÍA, QUE ESTABLECIÓ EL MARGEN DE TOLERANCIA PARA LA EXTRACCIÓN, TRANSPORTE, TENENCIA Y ELABORACIÓN DE EJEMPLARES DE UN TAMAÑO INFERIOR A LA TALLA MÍNIMA LEGAL PARA LA ESPECIE JUREL
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO; SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA
MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 2.203 EXENTA, DE 1996, DE ESTA SUBSECRETARÍA, QUE ESTABLECIÓ EL MARGEN DE TOLERANCIA PARA LA EXTRACCIÓN, TRANSPORTE, TENENCIA Y ELABORACIÓN DE EJEMPLARES DE UN TAMAÑO INFERIOR A LA TALLA MÍNIMA LEGAL PARA LA ESPECIE JUREL
Por resolución exenta Nº 1.270, de 13 de abril de 2017, de esta Subsecretaría, modifícase la resolución exenta Nº 2.203, de 1996, de esta Subsecretaría, que estableció el margen de tolerancia para la extracción, transporte, tenencia y elaboración de ejemplares de un tamaño inferior a la talla mínima legal para la especie Jurel, en el sentido de disponer un margen de tolerancia del tamaño mínimo de extracción del recurso Jurel en las actividades de pesca extractiva efectuadas en el área marítima de la III y IV regiones, ambas inclusive, de un máximo de 50% medido en número de cada desembarque o existencia en planta de elaboración o medios de transporte.
La medida de administración antes indicada regirá entre la fecha de publicación de la presente resolución en los términos establecidos en el artículo 174 de la Ley General de Pesca y Acuicultura y el 30 de octubre de 2017, ambas fechas inclusive.
El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y del Servicio Nacional de Pesca.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 25-ABR-2017
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25-ABR-2017 |
Comparando Resolución 1270 EXENTA |
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