NOTIFICACIÓN

    Res. Ex. N° 275 de 20/04/17.- Vistos: Las facultades que me confiere la ley N° 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero y resolución N° 1.600 de la CGR; Considerando: 1.- Acta de Denuncia y Citación N° 1510, de 24/03/17, cursada a don Mauricio Armando Pérez, DNI N° 28.708.708, nacionalidad argentina, domicilio en Sta. María de Oro Norte 750, Rivadavia, San Juan, Argentina, que indica: 1.- Que falta a la verdad en Declaración Jurada, ya que declara no traer productos de riesgo y al momento de la inspección, sí se detectan los siguientes productos de riesgo: 250 grs. de queso y 230 grs. de jamón. Que el denunciado no se presenta a la audiencia para presentar sus descargos por escrito u oral, y medios de prueba, previamente haber sido notificado con fecha 27 de marzo de 2017, de acuerdo a lo expresado en el ADC N° 1510, de fecha 24 de marzo de 2017. 2.- Que se ha infringido DL 3.557 de Protección Agrícola, y resolución exenta 3.589 de Director Nacional del SAG; 3.- Informe de Encargada Regional de CCFF quien pondera el perjuicio de la infracción. Resuelvo: 1.- Aplíquese multa de 3 UTM, vigente a la fecha de pago; 2.- Páguese en cualquier Oficina SAG a Nivel Nacional; 3.- Podrá pedir revisión de la resolución dentro de 10 días posteriores a la notificación, por escrito, ante el Director Nacional del SAG.-
   
    Jorge Fernández González, Director Regional del SAG Región de Coquimbo.