La presente Ley cambia al 1º de junio la fecha en que el Presidente de la República da su cuenta al país del estado administrativo y político de la Nación ante el Congreso Pleno, tal como lo establece la Constitución Política. Desde el año 1926, y tal como lo estipulaba Constitución Política de 1925, cada 21 de mayo el Presidente de la República tenía la obligación entregar su cuenta pública en el Congreso, dando inicio al Periodo Legislativo Ordinario. Como antecedente, la Constitución Política de 1980 estatuía la obligación de rendir esta cuenta, pero sin establecer una fecha específica. No obstante, entre 1974 y 1989 se realizó cada 11 de septiembre. En 1990, el Presidente Patricio Aylwin Azócar retomó la fecha del 21 de mayo. Con esta Reforma Constitucional se retoma la tradición histórica republicana, instalada en Chile desde 1832 por el Presidente José Joaquín Prieto Vial, en que cada 1º de junio el Presidente de la República acudía a dar un discurso en la apertura del Periodo Legislativo en el Congreso Nacional.

LEY NÚM. 21.011
MODIFICA LA FECHA DE LA CUENTA QUE DEBE RENDIR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA ANTE EL CONGRESO PLENO
    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de reforma constitucional, originado en mociones refundidas de los Honorables diputados señores Renzo Trisotti Martínez, Osvaldo Urrutia Soto, Jorge Ulloa Aguillón, Aldo Cornejo González, Joaquín Godoy Ibáñez, Rodrigo González Torres, Hugo Gutiérrez Gálvez, Juan Antonio Coloma Álamos, Javier Hernández Hernández, Patricio Melero Abaroa, Romilio Gutiérrez Pino, Joaquín Lavín León, Gustavo Hasbún Selume, Issa Kort Garriga, Iván Norambuena Farías, Jorge Rathgeb Schifferli, Víctor Torres Jeldes, Osvaldo Andrade Lara, Marcos Espinosa Monardes, Germán Becker Alvear, Marcelo Chávez Velásquez y Gabriel Silber Romo, Ramón Farías Ponce; y de las Honorables diputadas señoras María José Hoffmann Opazo y Daniella Cicardini Milla,
    Proyecto de reforma constitucional:

    "Artículo único.- Sustitúyese en el inciso tercero del artículo 24 de la Constitución Política de la República la expresión "21 de mayo" por "1 de junio".".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
    Santiago, 2 de mayo de 2017.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Mario Fernández Baeza, Ministro del Interior y Seguridad Pública.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro Secretario General de la Presidencia.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Mahmud Aleuy Peña y Lillo, Subsecretario del Interior.