Artículo 19: Las entidades empleadoras remitirán las postulaciones recibidas a la Subsecretaría de Educación enDecreto 70, EDUCACIÓN
Art. único N° 5
D.O. 17.07.2024 el plazo máximo que fije dicha Subsecretaría mediante acto administrativo, el cual no podrá ser superior a un mes, contado desde la fecha de término del período de postulación. Para estos efectos, deberán enviar la documentación suficiente, completa e íntegra, de modo tal que si dichos antecedentes no son suficientes, completos e íntegros, para respaldar las bonificaciones solicitadas, la Subsecretaría de Educación deberá devolver todos los antecedentes a fin de que éstos sean completados dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.
Art. único N° 5
D.O. 17.07.2024 el plazo máximo que fije dicha Subsecretaría mediante acto administrativo, el cual no podrá ser superior a un mes, contado desde la fecha de término del período de postulación. Para estos efectos, deberán enviar la documentación suficiente, completa e íntegra, de modo tal que si dichos antecedentes no son suficientes, completos e íntegros, para respaldar las bonificaciones solicitadas, la Subsecretaría de Educación deberá devolver todos los antecedentes a fin de que éstos sean completados dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.