1.- Establécese, de lunes a viernes, excepto festivos, de 07:00 a 21:00 horas, como medida de gestión de tránsito, según sentido de circulación, vía exclusiva con prioridad para transporte público urbano prestado mediante buses, en la vía y tramo que a continuación se indica:

2.- También podrán circular por esta vía exclusiva prioritaria, los siguientes vehículos:
a) Vehículos de emergencia, del Programa Nacional de Fiscalización de la Subsecretaría de Transportes, de los municipios, destinados a cumplir funciones de seguridad ciudadana y de aquellos destinados para labores de mantención de la vía señalada, debidamente identificados como tales;
b) Los vehículos no contemplados en la letra precedente que deban necesariamente utilizar en parte esta vía exclusiva con el único objetivo de acceder o egresar desde la correspondiente residencia o lugar de estacionamiento, siempre y cuando acrediten dicha circunstancia. Para tal efecto, deberán ingresar y salir de la vía exclusiva prioritaria en el cruce más próximo al lugar en que se ubique la respectiva residencia o estacionamiento.
3.- La señalada vía exclusiva prioritaria se encontrará debidamente señalizada, con la demarcación y señales verticales que correspondan, según lo establezca el Manual de Señalización de Tránsito.
4.- Modifícase la resolución exenta Nº 388, de 2 de febrero de 2007, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana, en el sentido de eliminar en su resuelvo 1º la letra d), correspondiente al eje Santo Domingo, incluido el cuadro inserto en la misma, pasando los actuales literales e), f), g) y h) a ser d), e), f) y g).
5.- Carabineros de Chile, inspectores municipales e inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, son los encargados de fiscalizar el estricto cumplimiento de la medida precedentemente descrita, de conformidad a lo dispuesto en el DFL Nº 1, de 2007, citado en vistos.
6.- La presente resolución entrará en vigencia a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.