1. Créase una Comisión Médica Asesora Ministerial al objeto de analizar la situación de personas que fallecen habiendo estado en una Lista de Espera o con una Garantía de Oportunidad GES retrasada, y consecuentemente, proponer la forma de validar los antecedentes y entregar la información, desempeñando un rol consultivo y de asesoría a la función Ministerial de disminuir los tiempos de espera para Consulta nueva de Especialidad y para Cirugía Electiva.
    2. Establécese que la Comisión estará integrada por las siguientes personas, quienes no percibirán remuneración alguna por su desempeño:
    a) Representantes de instituciones externas al Sector Público de Salud:
    1- Dr. Óscar Arteaga Herrera, RUT: 7.129.644-K, Director Escuela de Salud Pública de la Universidad de Chile.
    2- Dra. Helia Molina Milman, RUT: 6.025.149-5, Vicedecana de Medicina de la Universidad de Santiago de Chile.
    3- Dra. Paula Bedregal García, RUT: 9.494.252-7, Jefa del Departamento de Salud Pública de la Pontificia Universidad Católica de Chile.
    4- Dra. Ximena Aguilera Sanhueza, RUT: 9.530.047-2, Directora Centro de Epidemiología y Políticas de Salud, Universidad del Desarrollo.
    5- Dra. María Teresa Valenzuela Bravo, RUT: 5.608.586-6, Vicedecana de Investigación y Postítulos Facultad de Medicina de la Universidad de Los Andes.
    6- Dr. Manuel Inostroza Palma, RUT: 9.231.042-6, Director de Campos Clínicos de la Universidad Andrés Bello.
    7- Dr. Carlos Madariaga Araya, RUT: 5.980.795-1, Profesor agregado Escuela de Salud Pública y Facultad de Medicina de la Universidad de Chile.
    8- Dra. Liliana Jadue Hund, RUT: 7.109.482-0, Vicedecana de las Carreras de la Salud de la Universidad del Desarrollo.
    9- Dra. Carmen Antini Irribarra, RUT: 13.601.072-7, Profesora Asistente de la Escuela de Salud Pública de la Universidad de Chile.
    b) Representantes internos del Ministerio de Salud:
    1- Dra. Patricia Navarrete Mella, RUT: 9.120.230-1, Jefa de la División de Gestión de las Redes Asistenciales.
    2- Dra. Verónica Rojas Villar, RUT: 10.177.066-4, Jefa del Departamento de Estadísticas e Información en Salud.
    Actuará como Secretaria Ejecutiva de la Comisión la Dra. Ghislaine Arcil Greve, RUT: 6.153.432-6, quien igualmente participará ad honorem.
    3. La Comisión podrá invitar a profesionales expertos en la materia del intra y extra sector a una o más sesiones. La persona invitada participará ad honorem y en carácter no deliberativo. Todos los integrantes de la Comisión, pertenezcan o no al Ministerio de Salud, deberán previamente realizar su declaración de conflictos de interés.
    4. La Comisión sesionará en dependencias del Ministerio de Salud, el cual proporcionará el apoyo técnico y administrativo necesario.
    5. La Comisión resolverá por mayoría de votos todas las cuestiones que se requieran para su funcionamiento, tales como: la calendarización de reuniones, registro de acuerdos, recopilación de antecedentes, elaboración de documentos de trabajo, plazo de avance de las propuestas y preparación de los informes correspondientes.
    6. La Comisión deberá presentar sus informes y propuestas en el plazo de 2 meses contados desde la total tramitación de este decreto, renovable por períodos iguales y sucesivos.