MODIFICA NÓMINA DE CRUCES FERROVIARIOS A NIVEL EN EL SENTIDO QUE INDICA
    Núm. 10.- Santiago, 10 de febrero de 2017.
    Visto:
    Lo dispuesto en los artículos 6º y 7º de la Constitución Política de la República de Chile; el decreto con fuerza de ley Nº 343, de 1953, del Ministerio de Hacienda; el decreto con fuerza de ley 279, de 1960, del Ministerio de Hacienda; ley Nº 16.436, de 1966; el decreto ley Nº 557, de 1974 del Ministerio del Interior; el decreto supremo Nº 500, de 1962, de la ex Subsecretaría de Transportes, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; lo dispuesto en los artículos Nº 41 y Nº 42 del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1993, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado; el decreto supremo Nº 252, de 1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; oficio Ord. Nº 142 de la Ilustre Municipalidad de San Pedro de la Paz, de 2015; oficio Ord. (ALC) Nº 708, de 2015, de la Ilustre Municipalidad de Coronel; Certificado Nº 241 del Director de Obras Municipales de la Ilustre Municipalidad de San Pedro de la Paz; Certificado del Director de Obras Municipales de la Ilustre Municipalidad de Coronel, de julio de 2015; Carta GG FS Nº 2016-178 del Gerente General de Fesur, de 2016, y demás normativas aplicables.
    Considerando:
    1.- Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo Nº 41 del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1993, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, citado en Visto, se ha facultado al Presidente de la República para que mediante decreto supremo expedido a través de esta Secretaría de Estado, modifique la nómina de cruces a nivel en que los caminos públicos atraviesan la vía férrea, mencionada en el decreto supremo Nº 500, de 1962, de la ex Subsecretaría de Transportes, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, citado en Visto.
    2.- Que, mediante decreto supremo Nº 252, de 1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, citado en los vistos, se modificó la Nómina de Cruces Ferroviarios a Nivel contenida en el decreto supremo Nº 500, de 1962, del ex Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
    3 - Que, el cruce ferroviario, ubicado en calle Volcán Villarrica en la comuna de Coronel, provincia de Concepción, Región del Biobío, constituye un eje vial de carácter estratégico para dar conectividad entre los sectores oriente y poniente de la comuna.
    4.- Que, el cruce ferroviario, ubicado en Avenida Portal San Pedro en la comuna de San Pedro de la Paz, provincia de Concepción, Región del Biobío, constituye un eje vial que permitirá dar una segunda alternativa de acceso hacia y desde la Ruta 160 a las poblaciones Francisco Coloane y El Rosario.
    5.- Que, según carta GG FS Nº 2016-178 de Fesur citada en Visto, indica la factibilidad de habilitar los dos cruces considerados.
    6.- Que, por razones de seguridad en el tránsito y desplazamiento de los usuarios de dichos ejes viales se ha determinado la calificación por parte del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones de incluir en la Nómina de Cruces contenida en el numeral 1º del decreto supremo Nº 252, de 1994, de esta Secretaría de Estado, el cruce público a nivel ubicado en calle Volcán Villarrica, Km 23,080 del Sub Ramal Concepción-Curanilahue, comuna de Coronel y en el numeral 2º, el cruce público a nivel ubicado en Avenida Portal San Pedro, Km 12,240 del Sub Ramal Concepción-Curanilahue, comuna de San Pedro de la Paz, respecto a los cuales ambos Municipios estarán obligados a cumplir con las obligaciones que se establecen en los incisos segundo y tercero del artículo Nº 41 del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1993, citado en los vistos.
    Decreto:

    Artículo 1: Modifícase, incorporando en la Nómina de Cruces Ferroviarios Públicos contemplada en el numeral 1º del decreto supremo Nº 252, de 1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el siguiente cruce:

      Km          Nombre                        Lugar
    23,080  Volcán Villarrica    Sub Ramal Concepción-Curanilahue




    Artículo 2: Modifícase, incorporando en la Nómina de Cruces Ferroviarios Públicos contemplada en el numeral 2º del decreto supremo Nº 252, de 1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el siguiente cruce:

        Km        Nombre                        Lugar
    12,240  Portal San Pedro      Sub Ramal Concepción-Curanilahue




    Anótese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda a Ud., Juan Matías Sime Zegarra, Jefe División Administración y Finanzas.