Artículo único: Apruébanse las siguientes modificaciones al decreto supremo Nº 14 (V. Y U.), de 2007, que aprueba el Reglamento del Programa de Recuperación de Barrios:
1.- Agréguese en la letra b) del artículo 2º, entre las palabras "espacio público" y las palabras "infraestructura y/o de equipamiento colectivo", la siguiente frase:
"de los bienes en dominio común en el caso de los condominios.".
2.- Agréguese en el inciso segundo del artículo 3º, la siguiente oración después del punto final que se reemplaza por una coma:
"así como reparación de los bienes en dominio común de un condominio.".
3.- Elimínanse del artículo 6º, las palabras "tipo de inversión, actos o contratos,".