Artículo único.- Otórgase la calidad de altos directivos públicos a los cargos que se señalan, contenidos en las plantas de personal de la Dirección del Trabajo:
Grado Nº de Cargos
Primer Nivel Jerárquico
Director 1° 1
Segundo Nivel Jerárquico
Subdirector 2° 1
Jefe División 3° 5
Director Regional 5° 1
Directores Regionales 6° 2
Directores Regionales 7° 6
Directores Regionales 8° 6