DETERMINA PARA LOS SERVICIOS PÚBLICOS QUE INDICA, DEPENDIENTES O RELACIONADOS CON EL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, LOS CARGOS QUE TENDRÁN LA CALIDAD DE ALTOS DIRECTIVOS PÚBLICOS

    DFL Núm. 5.- Santiago, 12 de abril de 2017.

    Vistos:

    Lo dispuesto en el artículo 64, de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y la facultad que me confiere el artículo séptimo transitorio de la ley Nº 20.955, dicto el siguiente:

    Decreto con fuerza de ley:

    Artículo 1°.- Otórgase la calidad de alto directivo público al cargo que se señala, contenido en las plantas de personal de la Dirección General de Obras Públicas:

                        Grado EUS  Nº de Cargo

Segundo Nivel Jerárquico 
Jefe de División              3°        1

    Artículo 2º.- Otórgase la calidad de alto directivo público al cargo que se señala, contenido
en las plantas de personal de la Dirección de Planeamiento:

                          Grado EUS  Nº de Cargo

Segundo Nivel Jerárquico 
Jefe de División              3°        1

    Anótese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Rodrigo Valdés Pulido, Ministro de Hacienda.- Alberto Undurraga Vicuña, Ministro de Obras Públicas.
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda Atte. a usted, Alejandro Micco Aguayo, Subsecretario de Hacienda.