Artículo 19.- La Dirección Nacional del Servicio Civil efectuará un análisis previo de admisibilidad de las postulaciones en el caso de que los cargos cuenten con un requisito legal para su desempeño.
El Consejo de Alta Dirección Pública podrá resolver la contratación de empresas consultoras expertas en selección de personal, inscritas en el Registro administrado por la Dirección Nacional del Servicio Civil, para realizar todo o parte de las labores involucradas en los procesos de selección.