Artículo 3º: Dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de presentación de los antecedentes, a que se refiere el artículo 2º anterior, el Centro emitirá un pronunciamiento respecto del cumplimiento de los requisitos señalados en el decreto supremo Nº 231, de 2000, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    El plazo Resolución 4652 EXENTA,
TRANSPORTES
b)
D.O. 04.11.2025
señalado en el inciso anterior se computará a partir de la presentación completa de la solicitud, es decir, tanto de los antecedentes, así como de la muestra fisica.