Art. 16º.- La proposición para otorgar una condecoración, medalla o distintivo que sea competencia de este Consejo será presentada por el Comandante en Jefe Institucional correspondiente, o por el Jefe de Servicio, tratándose de otros organismos del sector defensa, acompañada de un documento en el que se expongan los antecedentes y hechos meritorios del personal que ha prestado servicios distinguidos o se haya hecho acreedor a la condecoración, medalla o distintivo solicitada, acreditando con los antecedentes pertinentes el haber cumplido las exigencias que la condecoración, medalla o distintivo impone para su otorgamiento.