Art. 24º.- Condecoración "Presidente de la República".
    Son aquellas que otorga el Presidente de la República a los Oficiales de las Fuerzas Armadas como reconocimiento de su dedicación profesional, capacidad y esfuerzo.

A.  "Collar de la Gran Cruz".

1.  Otorgamiento.
    Se concederá a los Oficiales Generales o Almirantes de las Fuerzas Armadas con motivo de su nombramiento como Comandante en Jefe Institucional.
    El Decreto Supremo respectivo será expedido por la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas la que se incorporará al Registro de Condecoraciones otorgadas en la Institución respectiva.
    El diploma correspondiente se atendrá al formato del Anexo Nº 1.

2.  Entrega.
    La ceremonia de entrega de esta condecoración se llevará a efecto en la fecha y lugar que disponga el Presidente de la República.

3.  Descripción.
    Será un collar compuesto de 21 copihues de plata fina (950) enchapado en oro de 18 k, de 10 micrones de espesor y de 30 mm. de largo unidos por eslabones en forma de rombo, del cual pende una Gran Cruz de Malta de 4 puntas dobles.
    Los copihues que se unen a la cruz a través de una argolla de oro de 12 mm. de diámetro, la que va unida a un eslabón abierto de 25 mm. que enlaza a un óvalo de hojas de laurel que va con incrustaciones de esmalte con los colores institucionales, simulando las hojas, sus medidas son de 30 mm. de diámetro exterior y 16 mm. de diámetro interior, 20 mm. de alto y 2,5 mm. de espesor. Este óvalo se une a través de dos sujeciones tipo bisagra, de la cual pende una cruz de malta color blanco de 69 mm. de diámetro, cuyo contorno está limitado por un filete de oro de 1 mm. de ancho con un centro de 30 mm. de diámetro esmaltado con los colores institucionales y en su interior contiene el símbolo institucional, bordeado por un círculo de oro y sus brazos están unidos por unos arabescos en forma de trébol de 3 mm. de espesor, con dos espadas cruzadas por debajo del símbolo presidencial.
    El reverso esmaltado con los colores institucionales, una inscripción en oro "Comandante en Jefe" en tres líneas, bordeada por una corona de laureles de 4 mm. de ancho, delimitada con un fino filete de este mismo metal. Las aplicaciones de oro de esta Condecoración deben ser de 18 k.
    Detalle de la Condecoración conforme a Figuras Nº 1, Nº 2 y Nº 3.

B.  "Gran Cruz de la Conducción Militar Político - Estratégica".

1.  Otorgamiento.
    Esta condecoración será otorgada por el Presidente de la República a los Comandantes en Jefe Institucionales y Jefe del Estado Mayor Conjunto que hayan cumplido actividades relevantes de gobierno o de Conducción Militar Estratégica de la Institución.
    El diploma correspondiente se atendrá al formato del Anexo Nº 2.

2.  Entrega.
    La ceremonia de entrega de esta condecoración, se llevará a efecto en la fecha y lugar que disponga el Presidente de la República.

3.  Descripción.
    Consiste en una presea de vientre a base de un sol de 8 puntas caladas, de 62 mm. de punta a punta, la superficie va en forma piramidal, partiendo de su centro de menor a mayor; sobre el sol, va una cruz latina esmaltada color institucional vertical y en la horizontal esmaltado en forma diagonal color institucional hacia afuera y blanco hacia adentro, de 44 mm. de punta a punta por 11 mm. de ancho.
    En el centro lleva un círculo de 19 mm. de diámetro con un filete esmaltado en color azul, sobre éste un Escudo Nacional de 11 mm. de alto por 12,5 mm. de ancho, entre los costados de la cruz al lado superior izquierdo va un torreón de plata de la Escuela Militar de 9 mm. de alto por 8 mm. de ancho, al lado superior derecho la Cruz de la Victoria de plata de 11 mm. de alto por 11 mm. de ancho, repitiéndose a la inversa en la parte inferior.
    En el reverso un cierre con aguja, para prenderla.
    Esta condecoración será de plata fina enchapada en oro de 10 micrones.
    Detalle de la Condecoración conforme a Figura Nº 4.

C.  "De Servicio de la Presidencia de la República".

1.  Otorgamiento.
    Esta condecoración será otorgada por el Presidente de la República al personal de Ejército, Armada, y Fuerza Aérea, que prestan servicios en el Palacio de La Moneda.
El diploma correspondiente se atendrá al formato del Anexo Nº 3.

2.  Entrega.
    La ceremonia de entrega de esta condecoración, se llevará a efecto en la fecha y lugar que disponga el Presidente de la República.

3.  Descripción.
    Esta condecoración tendrá los siguientes grados, cuyas características se señalan, y se otorgará al personal que en cada caso se indica:

    a. Primer Grado:
        Será una presea de cuello consistente en una medalla de oro, de 40 mm. de diámetro, que ostentará en su centro un Escudo de Armas de la República de Chile en relieve. Llevará dos círculos concéntricos, el interior, de 24 mm. de diámetro, tiene un borde cóncavo, de 1 mm. de ancho; el exterior, de 39 mm. de ancho, tiene un borde convexo de 1 mm. de ancho, y lleva en relieve la leyenda "PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA", escrita en letras de 3 mm. de alto. De la parte inferior de la medalla nace una corona de laureles que rodea la medalla por ambos costados.
        La medalla penderá del cuello mediante una cinta de seda tricolor, de 40 mm. de ancho. Para sostener la medalla, ésta tendrá en su extremo superior una argolla ovalada, incrustada en una inferior que descansa en dos volutas.
        El reverso de la medalla es liso y en él va grabado el nombre y grado del poseedor, y las fechas límite de permanencia en servicio de la Presidencia de la República.
        Este grado corresponderá a los Oficiales de las Fuerzas Armadas, que se desempeñen por más de un año como Edecanes del Presidente de la República.

    b. Segundo Grado:
        Será una presea de pecho, consistente en una medalla de oro, de 40 mm. de diámetro, que ostentará en su centro un Escudo de Armas de la República de Chile en relieve. Llevará dos círculos concéntricos, el interior, de 24 mm. de diámetro, tiene un borde cóncavo, de 1 mm. de ancho; el exterior, de 39 mm. de ancho, tiene un borde convexo de 1 mm. de ancho y lleva en relieve la leyenda "PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA", escrita en letras de 3 mm. de alto.
        Para sostener la medalla, ésta tendrá en su extremo superior una argolla ovalada, incrustada en una inferior que descansa en dos volutas. La cinta de la que pende la medalla al pecho será de seda tricolor, de 40 mm. de ancho por 40 mm. de largo.
        El reverso de la medalla es liso y en él va grabado el nombre y grado del poseedor, y las fechas límite de permanencia en servicio de la Presidencia de la República.
        Este grado corresponderá a los Oficiales de las Fuerzas Armadas, que sin reunir los requisitos para percibir la de primer grado, presten servicios en el Palacio de Gobierno, durante un período ininterrumpido no inferior a tres años.

    c. Tercer Grado:
        Será una presea de pecho, consistente en una medalla de plata, de 40 mm. de diámetro, que ostentará en su centro un Escudo de Armas de la República de Chile en relieve. Llevará dos círculos concéntricos, el interior, de 24 mm. de diámetro, tiene un borde cóncavo, de 1 mm. de ancho; el exterior, de 39 mm. de ancho, tiene un borde convexo de 1 mm. de ancho y lleva en relieve la leyenda "PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA" escrita en letras de 3 mm. de alto.
        Para sostener la medalla, ésta tendrá en su extremo superior una argolla ovalada, incrustada en una inferior que descansa en dos volutas. La cinta de la que pende la medalla al pecho será de seda tricolor, de 40 mm. de ancho por 40 mm. de largo.
        El reverso de la medalla es liso y en él va grabado el nombre y grado del poseedor, y las fechas límite de permanencia en servicio de la Presidencia de la República.
        Este grado corresponderá al personal del Cuadro Permanente y Gente de Mar de las Fuerzas Armadas, que presten servicios en el Palacio de Gobierno, durante un período ininterrumpido no inferior a cuatro años.
        En casos calificados, el Presidente de la República podrá otorgar esta condecoración al personal indicado en el presente artículo, sin la exigencia de los plazos indicados.

4.  Distintivo.
    En el Primer Grado, junto con la medalla, se otorgará al agraciado, un distintivo consistente en una barra tricolor, que en el centro tendrá el Escudo de Armas de la República de Chile, rodeado por una corona de laureles.
    Para los otros grados, junto con la medalla, se otorgará al agraciado, un distintivo consistente en una barra tricolor, que en el centro tendrá el Escudo de Armas de la República de Chile.
    Detalle de la Condecoración conforme a Figura Nº 5.

D.  "Gran Oficial".

1.  Otorgamiento.
    Se concederá a los Oficiales Superiores de las Fuerzas Armadas que asciendan al grado de General de Brigada o su equivalente.
    El diploma correspondiente se atendrá al formato del Anexo Nº 4.
    También se podrá otorgar en casos excepcionales y por expresa petición del Ministro de Defensa Nacional o de los Comandantes en Jefe a autoridades militares de ese mismo rango o Ministros de Fuerzas Armadas de países amigos, cuando estos sean uniformados.
    El diploma correspondiente se atendrá al formato del Anexo Nº 5.

2.  Entrega.
    La ceremonia de entrega de esta condecoración se efectuará en la fecha y lugar que resuelva el Presidente de la República.

3.  Descripción.
    Será de oro de 14 K. con un peso de 45 grs. Consiste en una placa de broche, compuesta de una estrella correspondiente a una circunferencia de 63 mm. de diámetro, sobre una corona de laureles de 55 mm. de diámetro que la circunda.
    La estrella tiene sus puntas esmaltadas en rojo encarnado, excepto sus bordes de 2 mm. Cada punta termina en una esfera completa de 4 mm. de diámetro. Lleva en su centro, sobrepuesto, un círculo de 30 mm. de diámetro, constituido por un círculo exterior en oro de 14 K. en color azul de 2 mm. de diámetro y un círculo interior en oro de 14 K. de color blanco de 23 mm. de diámetro. Lleva en su centro un Escudo Nacional de 15 mm. de alto por 18 mm. de ancho, esmaltado con los colores reglamentarios.
    En el reverso lleva grabada la siguiente inscripción:
    "El Presidente de la República" al General de Brigada (o equivalente).
    Completará esta condecoración una banda de color azul que tendrá 100 mm. de ancho, la que termina en una roseta con dos borlas de hilo dorado, para terciarla de hombro derecho a cadera izquierda.

4.  Miniatura
    Será una estrella de 14 mm. de diámetro con una barra pasador de 16 mm. de ancho por 3 mm. de alto de la cual pende una cinta de color rojo de 13 mm. de ancho. Será de oro de 14 K.

5.  Distintivo
    Será de 40 mm. de largo, por 10 mm. de alto, forrado en cinta muaré de color rojo, con un Escudo Nacional de 10 mm. de alto por 12 mm. de ancho con los colores reglamentarios, además una estrella dorada a ambos lados del Escudo.
    Detalle de la Condecoración conforme a Figura Nº 6.

E.  "Oficial".

1.  Otorgamiento.
    Se concederá a los Oficiales de las Fuerzas Armadas que se gradúen con el primer lugar al aprobar los cursos de Estado Mayor o de Ingeniería en las Academias respectivas.
    El Ministro de Defensa Nacional someterá a la aprobación del Presidente de la República, el Decreto Supremo mediante el cual se concede la condecoración Presidente de la República en el grado de Oficial, a quienes cumplan los requisitos indicados precedentemente.
    El Presidente de la República podrá otorgar esta condecoración para distinguir a ciudadanos ilustres nacionales o extranjeros.
    Los decretos supremos correspondientes serán tramitados por la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas.
    El diploma correspondiente a esta condecoración se atendrá al formato establecido en el Anexo Nº 6.

2.  Entrega.
    La ceremonia de entrega de estas condecoraciones se llevará a efecto junto con la graduación de las respectivas Academias, o donde lo disponga el Presidente de la República.

3.  Descripción.
    Será un collar en plata fina, consistente en una estrella correspondiente a una circunferencia de 44 mm. de diámetro, terminando sus puntas en una esfera de 2 mm. de diámetro laureada; con un centro de 23 mm. de diámetro que en su centro lleva el Escudo Nacional, de 10 mm. de alto por 12 mm. de ancho.
    En su parte superior lleva un eslabón que sirve de pasador a una cinta de raso azul de 35 cm. de largo por 4 cm. de ancho aproximado.
    En el reverso lleva grabada la siguiente inscripción:

    "El Presidente de la República al (Grado)    (Nombre)  "
4.  Miniatura.
    Será una estrella de 14 mm. de diámetro y de plata fina, con una barra pasador de 15 mm. de ancho por 3 mm. de alto, de la cual pende una cinta de color azul de 15 mm. de ancho aproximado y de 35 mm. de largo aproximado.

5.  Distintivo.
    Será de 40 mm. de largo por 10 mm. de alto, forrado en cinta color azul, con el Escudo Nacional de 10 mm. de alto por 12 mm. de ancho, más una estrella plateada al costado derecho del Escudo.
    Detalle de la Condecoración conforme a Figura Nº 7.

F.  "Caballero".

1.  Otorgamiento.
    Es aquella que el Presidente de la República otorga a los Oficiales que egresan con la primera antigüedad de los cursos regulares de las Escuelas Militar, Naval y de Aviación.
    El reglamento interno de cada una de las Escuelas determinará en detalle el concepto de primera antigüedad, para los efectos del otorgamiento de esta distinción.
    El Ministro de Defensa Nacional, a petición del Comandante en Jefe respectivo, someterá a la aprobación del Presidente de la República, el Decreto Supremo mediante el cual se concede la condecoración Presidente de la República en el grado de Caballero, el que será tramitado por la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas.
    El diploma respectivo se atendrá al formato del Anexo Nº 7.

2.  Entrega.
    La ceremonia de entrega de esta condecoración se llevará a efecto en la fecha de graduación y egreso de las promociones de las respectivas Escuelas Matrices de Oficiales.

3.  Descripción.
    Será de similor dorado.
    Consiste en una placa de broche compuesta de una estrella, correspondiente a una circunferencia de 40 mm. de diámetro, terminando sus puntas en una esfera de 3 mm. de diámetro, laureada, con un centro esmaltado en azul y blanco de 19 mm. de diámetro, con un Escudo Nacional en el centro de 10 mm. de alto por 12 mm. de ancho, esmaltado con los colores reglamentarios.
    En el reverso lleva grabada la siguiente inscripción:
}
    "El Presidente de la República al (Grado) (Nombre)    "

4.  Miniatura.
    Será una estrella de 15 mm. de diámetro y de similor dorado, con una barra pasador de 16 mm. de ancho por 3 mm. de alto, de la cual pende una cinta de color rojo de 15 mm. de ancho aproximado y de 35 mm. de largo aproximado.

5.  Distintivo
    Será de 40 mm. de largo por 10 mm. de ancho con un Escudo Nacional de 10 mm. de alto por 12 mm. de ancho, esmaltado con los colores reglamentarios, separando el campo del Escudo con una franja dorada a ambos costados del Escudo Nacional.
    Detalle de la Condecoración conforme a Figura Nº 8.