Art. 41º.- Condecoración "Gran Estrella Armada de Chile al Mérito Militar".
A. Otorgamiento.
La condecoración se otorgará mediante resolución emitida por el Comandante en Jefe de la Armada, a los Oficiales Generales que cumplan 40 años de servicio activo.
El Oficial General tendrá derecho a esta presea cuando cumpla con las siguientes exigencias:
1. Ser Oficial General en Servicio Activo.
2. Haber cumplido 40 años de servicio activo.
3. Haber recibido las 3 condecoraciones por años de servicio.
El diploma correspondiente se atenderá al formato establecido en Anexo Nº 38.
B. Entrega.
La entrega de esta distinción y el diploma correspondiente, se efectuará en la fecha y lugar que disponga el Comandante en Jefe de la Armada.
C. Descripción.
La Condecoración será una presea de vientre, conformada por un sol dorado de cinco puntas de 63 mm. de diámetro; en el centro una circunferencia dorada de 28 mm. de diámetro en cuyo interior estará el escudo oficial de la Armada de Chile, esmaltado con los colores reglamentarios; rodeará la circunferencia una corona de laureles plateados.
D. Distintivo.
El distintivo será de 40 mm. de largo por 10 mm. de alto, forrado en género de raso azul con orillas doradas de 2 mm. de ancho; en el centro irá un círculo dorado de 8 mm. aproximadamente en cuyo interior estará el escudo oficial de la Armada de Chile, esmaltado con los colores reglamentarios.
Detalle de la Condecoración conforme a la Figura Nº 37.