Artículo único.- Modifíquese el artículo 1° de la resolución exenta N° 755, de 2005, citada en la letra c) de los Vistos, que fija norma técnica de equipos de alcance reducido, en el siguiente sentido:
Reemplácese en la letra j.2), donde dice "10,3 a 10,9 MHz" por "4.500 kHz a 30 MHz".