Artículo 76°: Los taxis básicos serán de color negroDS 97,Trans
1993, 2.-k)
y techo amarillo hasta la base de los pilares. Los taxis colectivos de servicios urbanos serán de color negro.
    Por su parte, los taxis colectivos de servicios rurales y los interurbanos serán de color amarillo y los de servicios de turismo de color azul.
    AdicionalmenteDecreto 17, TRANSPORTES
a) y b)
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, los taxis que cuenten con motor eléctrico puroDecreto 217, TRANSPORTES
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, cualquiera sea su modalidad o submodalidad, podrán ser de color blanco, con puertas y cubierta del motor (capó) de color verde. Sin perjuicio de lo anterior, en el caso de los taxis básicos, éstos, además, podrán ser de Decreto 17, TRANSPORTES
c) y d)
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color negro y techo verde hasta la base de los pilares.
    Los taxis básicos y los colectivos urbanos, excepto aquellos que cuenten con motor eléctrico puro y que estén pintados de color blanco con puertas y cubierta del motor Decreto 217, TRANSPORTES
Art. ÚNICO N° 3
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(capó) de color verde, o de color negro y techo verde hasta la base de los pilares, llevarán pintado o adherido en el exterior de sus puertas delanteras las letras y números de la patente única del vehículo, en color amarillo. En el caso de los taxis básicos que cuenten con motor eléctricoDecreto 17, TRANSPORTES
e)
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puro y se encuentren pintados de color negro y techo verde hasta la base de sus pilares, las letras y números deberán ser del mismo color verde. Estos caracteres deberán tener como mínimo 10 cm. de alto, 5 cm. de ancho y 1,5 cm. de espesor de trazo.
    El color amarillo que se indica en los incisosDS 98,Trans
1996
precedentes, corresponde al definido en la norma chilena NCh 1927.
    Corresponderá a los Secretarios Regionales disponer, mediante resolución, la fecha a contar de la cual serán exigibles las obligaciones de lDecreto 217, TRANSPORTES
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os incisos segundo, tercero, cuarto y quinto de este artículo, lo que podrán hacer diferenciadamente según el tipo de servicio de que se trate. Asimismo, podrán hacer aplicable lo dispuesto en el inciso cuarto a los taxis colectivos de servicios rurales, en cuyo caso los caracteres serán de color negro.