Artículo 96°: Deróganse los decretos supremos números 163/84, salvo en lo que dice relación con los servicios de transporte terrestre internacional, de carga y de lo señalado en el artículo 6° transitorio; 124/89 y 72/91, y la resolución número 5/90, y el decreto supremo número 148/92, sin tramitar, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes.