1.- Apruébanse las siguientes modificaciones al decreto Nº 4, de 2017, del Ministerio de Agricultura, que fija los valores de las actividades que se bonificarán en el marco del Sistema de Incentivos para Sustentabilidad Agroambiental de los Suelos Agropecuarios:

    A) Dado que, en la Tabla denominada, Prácticas de Recuperación, Empleo de Métodos de Intervención de Suelos para su Conservación (I) ($) 2017, se incorpora la práctica de "Uso de subsolador escarificador" (ha) (17) y sus valores, en las regiones de Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana, O'Higgins, Maule, Biobío, Araucanía y Los Ríos, y además se valoriza la práctica de Construcción cerco eléctrico móvil de dos hebras para la Región de Coquimbo, reemplázase dicha la tabla por la siguiente:

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    B) Dado que en la Tabla denominada Prácticas de Recuperación Empleo de Métodos de Intervención de Suelos para su Conservación-Rotación de Cultivos ($/ha) 2017, se incorpora un valor para la Avena, en las regiones de Arica y Parinacota, Antofagasta, Atacama, Coquimbo, Valparaíso y Metropolitana, además de un valor para la Lenteja, en las regiones de Valparaíso y Metropolitana, reemplázase dicha la tabla por la siguiente:



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    C) Dado que en la Tabla denominada Prácticas de Recuperación Eliminación, Limpieza o Confinamiento de Impedimentos Físicos o Químicos ($/ha) 2017, se traslada la columna de la provincia de Petorca, desde la Región de Coquimbo a la Región de Valparaíso, reemplázase dicha tabla, por la siguiente:

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    2.- En lo no modificado por el presente acto administrativo, se mantiene vigente el decreto N° 4, de 2017, del Ministerio de Agricultura.