1.- Agréganse a la nómina del número 1.- de la parte resolutiva del decreto N° 111, del Ministerio de Hacienda, de 2016, que autoriza la circulación en días sábados en la tarde, domingos y festivos a los siguientes vehículos de dotación del Servicio Nacional de Aduanas:

    .

    2.- Agréganse a la nómina del número 2.- de la parte resolutiva del decreto N° 111, del Ministerio de Hacienda, de 2016, que autoriza la circulación exceptuados de la obligación de llevar impreso el disco distintivo estatal, de conformidad a lo señalado en el decreto ley N° 799, de 1974, a los vehículos del Servicio Nacional de Aduanas, especificados en la nómina del número 1 de la parte resolutiva del decreto N° 111, del Ministerio de Hacienda, de 2016, incluidos aquellos incorporados por el numeral 1.- de la parte resolutiva de este decreto.