Artículo 3.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código del Trabajo:
1. En el artículo 415:
a) Reemplázase en la letra b) la expresión "Antofagasta, con cuatro jueces" por "Antofagasta, con cinco jueces".
b) Reemplázase en la letra d) la expresión "La Serena, con tres jueces" por "La Serena, con cuatro jueces".
c) Reemplázase en la letra e) la expresión "Valparaíso, con cinco jueces" por "Valparaíso, con seis jueces".
d) Reemplázase en la letra f) la expresión "Rancagua, con tres jueces" por "Rancagua, con cuatro jueces".
e) Reemplázase en la letra g) la expresión "Talca, con dos jueces" por "Talca, con tres jueces".
f) Reemplázase en la letra h) la expresión "Concepción, con cinco jueces" por "Concepción, con seis jueces".
g) En la letra m):
i. Reemplázase la expresión "Santiago con treinta y dos jueces, agrupados en dos juzgados, con dieciséis jueces cada uno" por "Santiago con treinta y ocho jueces, agrupados en dos juzgados, con diecinueve jueces cada uno".
ii. Sustitúyese la expresión "San Bernardo, con dos jueces" por "San Bernardo, con tres jueces".
2. En la letra d) del artículo 416 reemplázase la expresión "Santiago, con ocho jueces" por "Santiago, con nueve jueces".