OTORGA PLAZO QUE INDICA PARA EFECTUAR LIMPIEZA E HIGIENE DE INMUEBLE QUE SEÑALA
Núm. 1.492.- Valparaíso, 16 de junio de 2017.
Visto:
La providencia de Inspectoría Urbana Nº 590, de fecha 27 de abril de 2017; los informes DIU, de fecha 30 de agosto de 2016 y de 25 de abril de 2017; el Oficio DAJ Nº 3.819, de fecha 26 de septiembre de 2016; la Ley de Urbanismo y Construcciones y la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; la Ley Orgánica de Municipalidades; la Ley de Rentas Municipales; el Decreto Alcaldicio Nº 2.514, de fecha 6 de diciembre de 2016, y en mi calidad de Alcalde de la I. Municipalidad de Valparaíso:
Considerando:
1.- Que el Departamento de Inspectoría Urbana informa que la propiedad ubicada en calle Andacollo Nº 76 del Cerro Cordillera, de esta comuna, cuyo rol de avalúo corresponde al Nº 2224-11, pertenece a la Sucesión Gallardo Araya Adelaida Margarita, con domicilio desconocido.
2.- Que dicho bien inmueble, actualmente se encuentra en evidente estado de abandono, con cierre perimetral deficiente y basura acumulada en su interior, por lo que representa un peligro para la salud de los vecinos.
3.- Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones en su artículo 2.5.1., norma que ordena que los sitios eriazos y las propiedades abandonadas con y sin edificación, ubicados en áreas urbanas, deberán tener cierros levantados en su frente hacia el espacio público, siendo responsabilidad de los propietarios mantenerlos en buen estado; facultando al Alcalde para que, previa notificación a los propietarios, señale las mejoras o reparaciones que deban ejecutarse en dichas propiedades, relativas a cierro, higiene y mantención, otorgando un plazo prudencial para ello; vencido aquél, sin que hubieren realizado las obras ordenadas, el Alcalde, mediante Decreto Alcaldicio fundado, podrá declarar como "propiedad abandonada".
Decreto:
Otórgase un plazo de 30 días hábiles, contados desde la fecha de notificación del presente decreto, para efectuar la limpieza e higiene, las acciones requeridas para mantener en adecuadas condiciones, especialmente la construcción de un cierro adecuado que impida el ingreso de terceros a la propiedad ubicada en calle Andacollo Nº 76 del Cerro Cordillera, de esta comuna, Rol de Avalúo Nº 2224-11, perteneciente a la Sucesión Gallardo Araya Adelaida Margarita, con domicilio desconocido. Si vencido el plazo otorgado, los propietarios del inmueble no hubieren dado cumplimiento al presente decreto, el Alcalde, mediante decreto alcaldicio fundado, podrá declararla propiedad abandonada y, asimismo, podrá realizar mantenciones, higiene y limpieza de la vegetación de los predios, disponer cierros y efectuar las acciones requeridas para mantenerla permanentemente en buen estado. El costo en que el municipio incurra se repetirá en contra del respectivo propietario.
Notifíquese el decreto mediante su publicación en el Diario Oficial, los días 1 o 15 de cada mes o al día siguiente, si fuese inhábil.
Publíquese, incorpórese el presente decreto en la página web de la Municipalidad de Valparaíso.
Anótese, comuníquese, notifíquese, publíquese y archívese.- Jorge Sharp Fajardo, Alcalde de Valparaíso.- Mariella Valdés Ávila, Secretaria Municipal.