APRUEBA PLAN Y PROGRAMA DE ESTUDIOS DEL INSTITUTO PROFESIONAL DUOC-UC, SEDE SAN BERNARDO, COMUNA DE SAN BERNARDO, PARA FINES QUE INDICA. CARRERA DE TÉCNICO EN ELECTRICIDAD Y AUTOMATIZACIÓN INDUSTRIAL
Núm. 18.948 exenta.- Santiago, 9 de junio de 2017.
Visto:
Lo dispuesto en el D.F.L. Nº4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; en el decreto supremo Nº 327, de 1997, del Ministerio de Minería; en el decreto supremo Nº 92, de 1983, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; en la Ley Nº 18.410, de 1985, Orgánica de esta Superintendencia; en la resolución exenta Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
1º Que mediante carta ingresada a SEC con fecha 08.03.2016, el Subdirector Escuela de Ingeniería Duoc-UC, todas las Sedes, solicita la aprobación del Plan y Programa de Estudios de la carrera de Técnico en Electricidad y Automatización Industrial, con el fin de que sus titulados obtengan la Licencia de Instalador Eléctrico, Clase B, sin más trámite.
2º Que mediante oficio Ord. Nº 4.972, de fecha 27.04.2016, esta Superintendencia informó al Sr. Matías Díaz, Subdirector Escuela de Ingeniería Duoc-UC, del Instituto Profesional Duoc-UC, todas las Sedes, con autonomía otorgada por el Ministerio de Educación según Decreto Nº 7.169/1995, y con aprobación del Consejo de Acreditación del Área de Tecnología Duoc-UC, del Programa de Estudios de la carrera de Técnico en Electricidad y Automatización Industrial, que realizado el análisis y la revisión del Plan y Programas de Estudios de la citada carrera, éste estaba incompleto, motivo por el cual no cumplía con algunas materias dispuestas en el artículo 11º, "Conocimientos Medios", del D.S. Nº 92, de 1983, modificado por el D.S. Nº 239, de 1983, por el D.S. Nº 258, de 1984, y por el D.S. Nº 68, de 1989, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Sin embargo, para concluir el trámite de aprobación, se debía corregir con las observaciones señaladas en el citado oficio.
3º Que mediante carta de fecha 03.10.2016, el Sr. Jaime Retamal Pinto, Director Escuela de Ingeniería Duoc-UC, del Instituto Profesional Duoc-UC, todas las Sedes, informó a esta Superintendencia haber subsanado las falencias del Plan y Programa de Estudios de la carrera Técnico en Electricidad y Automatización Industrial, indicadas en el oficio Ord. Nº 4.972, de fecha 27.04.2016, de SEC.
4º Que mediante oficio Ord. Nº 15.786, de fecha 09.11.2016, esta Superintendencia informó al Sr. Jaime Retamal Pinto, Director Escuela de Ingeniería Duoc-UC, del Instituto Profesional Duoc-UC, todas las Sedes, que los antecedentes remitidos por el mencionado establecimiento educacional estaban incompletos para las Sedes San Joaquín, San Bernardo, Maipú, Plaza Norte y Valparaíso, motivo por el cual, y para efectos de realizar un adecuado análisis de dicho plan y programa de estudios, se debía corregir las observaciones que allí se indicaban.
5º Que mediante carta de fecha 30.11.2016, el Sr. Santiago Marín Cruchaga, Director Área de Escuelas, Ingeniería, Construcción y Recursos Naturales del Instituto Profesional Duoc-UC, todas las Sedes, informó a esta Superintendencia haber subsanado las falencias del Plan y Programa de Estudios de la carrera Técnico en Electricidad y Automatización Industrial, indicadas en el oficio Ord. Nº 15.786, de fecha 09.11.2016, de SEC.
6º Que mediante oficio Ord. Nº 695, de fecha 13.01.2017, esta Superintendencia informó al Sr. Santiago Marín Cruchaga, Director Área de Escuelas, Ingeniería, Construcción y Recursos Naturales del Instituto Profesional Duoc-UC, todas las Sedes, que los antecedentes remitidos por el mencionado establecimiento educacional no daban cumplimiento a la totalidad de las observaciones consignadas en el punto 2 del oficio Ord. Nº 15.786, de fecha 09.11.2016, y que mientras no se corrijan las observaciones citadas en dicho oficio, esta Superintendencia se encuentra impedida de aprobar el referido plan y programa de estudios de la carrera Técnico en Electricidad y Automatización Industrial, para las Sedes de Valparaíso, Maipú y Plaza norte.
7º Que mediante oficio Ord. Nº 1.702, de fecha 01.02.2017, esta Superintendencia informó al Sr. Jaime Retamal Pinto, Director Escuela de Ingeniería Duoc-UC, del Instituto Profesional Duoc-UC, todas las Sedes, que las Sedes San Joaquín, San Bernardo, Puente Alto, Valparaíso y Concepción, cumplen con los requisitos de conocimientos exigidos para un instalador Clase B.
8º Que mediante carta de fecha 01.02.2017, el Sr. Santiago Marín Cruchaga, Director Área de Escuelas, Ingeniería, Construcción y Recursos Naturales del Instituto Profesional Duoc-UC, todas las Sedes, informó a esta Superintendencia haber subsanado definitivamente las falencias del Plan y Programa de Estudios de la carrera Técnico en Electricidad y Automatización Industrial, señaladas en el oficio Ord. Nº 695, de fecha 13.01.2017, de SEC.
9º Que mediante oficio Ord. Nº 1.984, de fecha 07.02.2017, esta Superintendencia informó al Sr. Santiago Marín Cruchaga, Director Área de Escuelas, Ingeniería, Construcción y Recursos Naturales del Instituto Profesional Duoc-UC, todas las Sedes, que las Sedes Plaza Norte y Maipú cumplen con los requisitos de conocimientos exigidos para un instalador Clase B.
10º Que según Informe Técnico de Terreno, de fecha 10.04.2017, profesional de la Superintendencia SEC Central realizó visita inspectiva al Instituto Profesional Duoc-UC, Sede San Bernardo, y comprobó que éste cuenta con la infraestructura e implementación suficiente para impartir y cumplir con el Plan y Programa de Estudios de la carrera Técnico en Electricidad y Automatización Industrial.
Resuelvo:
1º Acéptase el Plan y Programa de Estudios de la carrera Técnico en Electricidad y Automatización Industrial, impartida por el Instituto Profesional Duoc-UC, Sede San Bernardo, ubicado en calle Freire Nº 857, comuna de San Bernardo, para efectos de que sus titulados puedan obtener la Licencia de Instalador Eléctrico Clase B.
2º Esta Superintendencia efectuará visitas inspectivas periódicas al establecimiento educacional que imparte dicha carrera, para fiscalizar el cumplimiento del programa aprobado y la permanencia de la infraestructura requerida para impartir la enseñanza, registrando dichas inspecciones en un libro de visitas, foliado y con copia, el cual deberá estar a disposición de los funcionarios de la SEC.
3º Para la obtención de licencia de instalador eléctrico en la clase señalada, por parte de los interesados, el Instituto Profesional Duoc-UC, Sede San Bernardo, deberá dejar establecido en los certificados de título que emita, que éste se obtuvo en conformidad al correspondiente Plan y Programa de Estudios de la carrera Técnico en Electricidad y Automatización Industrial, impartido por ese establecimiento educacional. Un ejemplar del plan y programa respectivo se mantendrá en poder de esta Superintendencia, junto con los demás antecedentes que sirven de fundamento a esta resolución.
4º El Instituto Profesional Duoc-UC, Sede San Bernardo, deberá informar a esta Superintendencia en el mes de abril de cada año, el listado de los docentes que impartirán las materias contenidas en el correspondiente Plan y Programa de Estudios de la carrera Técnico en Electricidad Industrial mención Instalaciones Eléctricas, como asimismo, cualquier modificación que se efectúe al citado plan y programa y de estudios de la referida carrera, a fin de efectuar la correspondiente evaluación por parte de este Organismo.
5º La presente resolución entrará en vigencia a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, por cuenta del interesado, y mantendrá su validez mientras el programa aprobado no sea modificado.
Anótese, notifíquese y publíquese.- Luis Ávila Bravo, Superintendente de Electricidad y Combustibles.