Artículo 5°.- Con el fin de controlar y proteger a la población animal, el reglamento deberá establecer lo siguiente:
1) Requisitos de las campañas de educación en tenencia responsable de animales para toda la comunidad.
2) Condiciones para el desarrollo de programas para prevenir el abandono de animales e incentivar la reubicación y cuidado responsable de éstos.
3) Condiciones para el desarrollo de programas de esterilización masiva y obligatoria de animales, con el objeto de promover su bienestar y salud, y evitar consecuencias dañinas para la salud y seguridad de las personas y del medio ambiente.
4) Sistemas de registro e identificación de animales.
5) Sistemas para desincentivar la crianza y reproducción indiscriminada de animales.