APRUEBA PLAN NACIONAL DE EMERGENCIA

    Núm. 1.434 exento.- Santiago, 29 de junio de 2017.

    Vistos:

    Lo dispuesto en la Constitución Política de la República de Chile; la Ley N° 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley N° 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.415 Orgánica Constitucional sobre Estados de Excepción Constitucional; la Ley N° 19.175 Orgánica Constitucional sobre Gobiernos Regionales y Administración Regional; decreto N° 104 de 28 de enero de 1977, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del título I de la Ley N° 16.282; la Ley N° 16.282 que fija disposiciones permanentes para casos de sismos o catástrofes; la Ley N° 19.095 que modifica Ley N° 16.282, en lo relativo a normas para casos de sismos y Catástrofes; la Ley N° 20.304 sobre operación de embalses frente a alertas y emergencias de crecidas y otras medidas que indica; la Ley N° 20.444 que crea el Fondo Nacional de la Reconstrucción y establece mecanismos de incentivo tributario a las donaciones efectuadas en caso de catástrofe; la Ley N° 19.061 que establece normas sobre fomento a obras de riego en zonas afectadas por sismos o catástrofes; la Ley N° 20.478 sobre recuperación y continuidad en condiciones críticas y de emergencia del sistema público del sistema público de telecomunicaciones; la Ley N° 19.886 de bases sobre contratos de suministros y prestación de servicios; el decreto con fuerza de ley N° 725 de 11 de diciembre de 1967, que aprueba el Código Sanitario, del Ministerio del Interior; el decreto supremo N° 156 de 12 de marzo de 2002, que aprueba el Plan Nacional de Protección Civil, del Ministerio del Interior; el decreto supremo N° 38 de 11 de enero de 2011, que modifica decreto supremo N° 156, de 2002, y determina constitución de los Comités de Operaciones de Emergencia, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; el decreto supremo N° 697 de 3 de junio de 2015, que modifica decreto supremo N° 156, de 2002, y reemplaza la Encuesta Familiar Única por la Ficha Básica de Emergencia; el decreto supremo N° 26 de 11 de enero de 1966, que designa al Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada como representante oficial de Chile ante el Sistema Internacional de Alarma Tsunami del Pacífico y crea un Sistema Nacional de Maremotos, del Ministerio de Defensa; el decreto supremo N° 68 de 28 de enero de 2009, que establece un sistema de coordinación permanente de procesos de monitoreo sísmico y volcánico, del Ministerio del Interior; el decreto supremo N° 138 de 6 de febrero de 2010, que aprueba reglamento de Ley N° 20.304, sobre operación de embalses frente a alertas y emergencias de crecidas y otras medidas que indica, del Ministerio de Obras Públicas; el decreto N° 708 de 2 de octubre de 1989, que reorganiza el Servicio de Búsqueda y Salvamento Aéreo (SAR), del Ministerio de Defensa; el decreto supremo N° 1.512 de 24 de octubre de 2016, que aprueba la Política Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; el decreto supremo N° 733 de 11 de junio de 1982, que deroga decretos supremos Nos 1.027 de 1976 y 1.040 de 1979, y aprueba normas que indica, del Ministerio de Agricultura; la resolución exenta N° 2.415 de 20 de febrero de 2014, que aprueba el Manual de Procedimientos de la Utilización de Recursos y los Bienes en caso de Emergencia o Catástrofe, de la Subsecretaría del Interior; la resolución exenta N° 1.067 de 30 de octubre de 2015, que aprueba el Plan Estratégico Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres 2015-2018, de la Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; la resolución exenta N° 931 de 3 de noviembre de 2015, que aprueba el Plan Nacional de Emergencias, de la Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; y la resolución N° 1.600 del año 2008 de la Contraloría General de la República.

    Considerando:

    1. Que, la Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior y Seguridad Publica, ONEMI, es el órgano técnico del Estado de Chile que tiene por misión asesorar, guiar, coordinar, evaluar y controlar el ejercicio eficiente y eficaz de la gestión permanente del Estado de Chile en la planificación y coordinación de los recursos públicos y privados destinados a la prevención y atención de emergencias, desastres y catástrofes de origen natural o provocados por la acción humana.
    2. Que, ante la necesidad de contar con un instrumento de nivel nacional que establezca las acciones de respuesta, ante situaciones de emergencia, desastres y catástrofes; basadas en el marco legal vigente, los roles, funciones, capacidades y competencias de organismos del Sistema Nacional de Protección Civil.

    Apruébase, el Plan Nacional de Emergencia, como un instrumento de carácter indicativo y general, que establece las acciones de respuesta, ante situaciones de emergencia, desastre y catástrofe, roles, funciones, capacidades y competencias de los organismos del Sistema Nacional de Protección Civil.

    Decreto:

    Artículo primero: Apruébese el "Plan Nacional de Emergencia" de la Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que se adjunta al presente decreto.

    Artículo segundo: El "Plan Nacional de Emergencia" que se aprueba por el presente decreto es el siguiente:

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    1. Introducción

    1.1. Presentación

    El Plan Nacional de Emergencia constituye un instrumento de carácter indicativo y general, que forma parte del Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, conformado por el presente plan y el Plan Estratégico Nacional Para la Gestión del Riesgo de Desastres (PENGRD); además de la formulación de Planes Nacionales Específicos de Emergencia por Variable de Riesgo y Planes Nacionales de Contingencia. De esta manera los planes mencionados se configuran como un instrumento integral para la Gestión del Riesgo de Desastre.
    El presente Plan establece la coordinación general del Sistema Nacional de Protección Civil (SNPC) frente a emergencias, desastres y catástrofes, acontecidas en el territorio nacional, estableciendo, indicando y orientando las acciones de respuestas en las fases operativas de alertamiento, respuesta y rehabilitación; basadas en el marco legal vigente y las competencias técnicas de los organismos e instituciones del SNPC.

    1.2. Antecedentes

    El Marco de Sendai para la Reducción de Riesgo de Desastres 2015-2030, plantea en la Prioridad 4, a nivel nacional y local: "Preparar o examinar y actualizar periódicamente los planes, políticas y programas de preparación y contingencia para casos de desastre". Considerando esta indicación, en esta misma línea, el PENGRD plantea la formulación del formato del Plan Nacional de Emergencia, validado por la Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior y Seguridad Pública ONEMI.
    El Plan Nacional de Protección Civil (decreto supremo N°156/2002 del Ministerio del Interior) tiene como objetivo general: Disponer de una planificación multisectorial en materia de Protección Civil, de carácter indicativo, destinada al desarrollo de acciones permanentes para la prevención y atención de emergencias y/o desastres en el país, a partir de una visión integral de manejo de riesgos. Debido a la orientación amplia en términos de prevención y respuesta del Plan Nacional de Protección Civil y la necesidad de contar con un instrumento de carácter operativo en términos de respuesta a nivel nacional, se configura la formulación del Plan Nacional de Emergencia.

    1.3. Objetivos

    1.3.1. Objetivo General

    Establecer las acciones de respuesta en las distintas fases operativas, ante situaciones de emergencia, desastre o catástrofe, con el objetivo de brindar protección a las personas, sus bienes y medio ambiente, en el territorio nacional, a través de la coordinación del Sistema Nacional de Protección Civil.

    1.3.2. Objetivos Específicos

1.  Determinar la cobertura, amplitud y alcance del Plan.
2.  Establecer el sistema de alertamiento y niveles de activación del plan.
3.  Identificar los sistemas de comunicación e información a la comunidad y medios de comunicación.
4.  Establecer la coordinación interinstitucional en función de la definición de los mandos, roles, funciones y fases operativas.
5.  Identificar los roles, funciones y capacidades de organismos pertenecientes al Sistema Nacional de Protección Civil y de cooperación internacional, que responden en una emergencia, desastre o catástrofe.
6.  Indicar el sistema de evaluación de daños y necesidades.

    1.4. Cobertura, Amplitud y Alcance

    . Cobertura: contempla todo el territorio nacional, definido en su extensión continental, insular y antártica.
    . Amplitud: considera a todos los organismos que forman parte del SNPC, entendidos como: sector público, sector privado, organismos de voluntariado y organizaciones de la sociedad civil, que posean capacidad técnica, humana, material y/o financiera, experiencia, competencia, o que por mandato legal puedan y/o deban participar de la respuesta a emergencias, desastres o catástrofes.
    . Alcance: desde una perspectiva multiamenaza contempla emergencias, desastres y catástrofes ocurridas en el territorio nacional, estableciendo acciones de respuesta de manera general, basadas en el marco legal vigente y los acuerdos técnicos establecidos para estos efectos.

    1.5. Relación con Otros Planes

    Debido al carácter general del Plan Nacional de Emergencia su activación y ejecución implica necesariamente la activación y ejecución de planes complementarios y específicos en los niveles nacional, regional, provincial y comunal. Estos planes corresponden a los siguientes:

    . Planes de Emergencia: Instrumentos complementarios con una perspectiva multiamenaza, que establecen las acciones de respuesta frente a una situación de emergencia, desastre o catástrofe, a través de la activación y coordinación de los organismos e instituciones del Sistema de Protección Civil; en los niveles regionales, provinciales y comunales.
    . Planes Específicos de Emergencia por Variable de Riesgo: Instrumentos específicos que establecen las acciones de respuesta, frente a una situación de emergencia, desastre o catástrofe, derivada de una variable de riesgo específica y conocida, que es caracterizada y diferenciada de otros eventos, a partir de los antecedentes proporcionados por organismos técnicos competentes. Este instrumento establece la activación y coordinación de los organismos e instituciones del Sistema de Protección Civil, que tienen competencia (legal y/o técnica) en la variable de riesgo abordada en los niveles nacional, regional, provincial y comunal. La ejecución de estos planes está vinculada a los planes de emergencia de los niveles respectivos.
    . Planes de Contingencia: Instrumentos complementarios y específicos a una planificación de respuesta, en que se establecen coordinaciones operacionales vinculadas a un evento específico, con una duración (temporalidad o vigencia) y cobertura territorial determinada por la existencia o permanencia de éste (evento) en los niveles nacional, regional, provincial y comunal. La ejecución de estos planes está vinculada a los planes de emergencia de los niveles respectivos.
    . Planes de Emergencia Sectorial: Instrumentos complementarios y específicos que establecen las acciones de respuesta, frente a una situación de emergencia, desastre o catástrofe, por parte del sector respectivo, a partir de la determinación de acciones de manera interna (institucional) y externa (interinstitucional), en función de los recursos disponibles; en los niveles nacional y regional principalmente. La ejecución de estos planes se encuentra vinculada a los Planes de Emergencia y/o a los Planes Específicos de Emergencia por Variable de Riesgo de los niveles respectivos, en relación a las acciones adoptadas por el sector, y su relación con otros organismos del SNPC.

    2. Marco Conceptual y Legal

    2.1. Marco Conceptual

    2.1.1. Contexto del Plan en el Ciclo de Manejo del Riesgo

    El Ciclo de Manejo del Riesgo contempla tres fases: Prevención, Respuesta y Recuperación (ver figura N°1), dentro de las cuales, el Plan Nacional de Emergencia responde, en gran medida, a la fase de Respuesta y en menor medida a la interface correspondiente a la etapa de Alerta/Alarma y a la fase de Recuperación (Etapa de Rehabilitación).

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    2.1.2. Fases Operativas

    Corresponden a las etapas o estados diferenciados en el proceso de operaciones en emergencia, desastre o catástrofe. Si bien estas fases en la realidad no se encuentran completamente separadas, para efectos de planificación se requiere establecer una diferenciación y alcance entre cada una. Para la ejecución del presente plan se establecen las siguientes fases operativas:

    . Fase Operativa - Alertamiento: conceptualmente corresponde a una fase intermedia entre la preparación y respuesta. Se define como un estado declarado de atención, con el fin de tomar las precauciones específicas, debido a la probable y cercana ocurrencia de un evento o incidente.
    . Fase Operativa - Respuesta: El enfoque del presente plan se centra específicamente en la fase de respuesta. Conceptualmente existe una diferenciación entre las fases de respuesta y rehabilitación, sin embargo en la realidad esta separación no se conforma como tal, razón por la cual, existen etapas de transición entre la culminación de una y el inicio de otra. Esta fase considera las siguientes etapas:

      . Activación y despliegue de recursos y capacidades: etapa de la respuesta, basada en la evaluación de la situación y priorización de requerimientos para su activación a partir de la solicitud, despliegue, registro y asignación de recursos y capacidades.
      . Coordinación de acciones de respuesta: acciones fundamentales del proceso de respuesta, basada en un proceso de administración de emergencias, desastres o catástrofes.
      . Desmovilización: etapa que desactiva de manera gradual y sistemática el despliegue de recursos y capacidades, y su respectiva coordinación.
      . Fase Operativa - Rehabilitación: constituye una fase de transición en la culminación de las acciones de respuesta e inicio de las acciones de rehabilitación. Para un adecuado desarrollo de esta fase, debe establecerse una coordinación entre organismos públicos, sectoriales, privados y de voluntariado. Esta fase considera las siguientes etapas:
      . Medidas de rehabilitación: Conjunto de decisiones y acciones orientadas a la recuperación y restablecimiento gradual de las condiciones de vida, infraestructura crítica y seguridad de las zonas afectadas.
      . Restablecimiento de servicios básicos: Si bien corresponde a una medida de rehabilitación, debido a su importancia se indica como una etapa de esta fase. Considera una recuperación, en el más corto plazo disponible.
      . Priorización y asignación de recursos en rehabilitación: Está determinado principalmente, a través de la evaluación de daños y necesidades.

    2.1.3. Mandos

    Los mandos se definen en función de las competencias, capacidades y atribuciones técnicas y/o administrativas, que posean los organismos que participan en la respuesta ante emergencias, desastres o catástrofes. Cada uno de los organismos involucrados mantiene su estructura jerárquica y administrativa, por lo cual no se subordinan y obedecen a sus propias autoridades. En el contexto de la coordinación de operaciones en emergencias, desastres o catástrofes se pueden identificar tres tipos de mando:

    . Mando Técnico: es ejercido por el organismo o institución que tiene relación directa con el evento o incidente en desarrollo, ya sea por disposiciones legales y/o competencia y capacidad técnica. Su principal función es entregar las directrices y estrategias técnico-operativas que permitan responder adecuadamente al incidente o evento.
    . Mando de Coordinación: es ejercido por los Directores de Protección Civil en función de la jurisdicción territorial-administrativa respectiva (nacional, regional, provincial y comunal). Su principal función es la coordinación de las instituciones y los recursos destinados para la respuesta a eventos o incidentes y la relación con la autoridad de Gobierno Interior. El Mando de Coordinación es ejercido por:

      . Director Nacional de ONEMI
      . Director Regional de ONEMI
      . Director Provincial de Protección Civil y Emergencia
      . Director o Encargado Comunal de Protección Civil y Emergencia

    . Mando de Autoridad: es ejercido por las autoridades de Gobierno Interior (o en quien se delegue esta función) en relación a la jurisdicción territorial-administrativa respectiva (nacional, regional, provincial y comunal). Su principal función es facilitar y apoyar las acciones de respuesta, a través de la toma de decisiones, basadas en orientaciones del mando de coordinación y mando técnico, bajo el amparo de leyes y normativas vigentes. El Mando de Autoridad es ejercido por:

      . Ministro del Interior y Seguridad Pública
      . Subsecretario del Interior
      . Intendente Regional
      . Gobernador
      . Alcalde

    La integración de los Mandos se establece, a través del Mando Conjunto, que corresponde a la expresión en terreno del Comité de Operaciones de Emergencia (ver capítulo 6.1.). Se configura como una instancia operativa, basada en el establecimiento de objetivos comunes.

    2.2. Marco Legal

    A continuación se presenta el marco legal vigente en relación a la planificación en emergencias, desastres y catástrofes (ver tabla N°1):

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          Tabla N° 1: Marco Legal
    Fuente: Adaptado de Plan Estratégico Nacional Para la Gestión del Riesgo de Desastres

    3. Levantamiento de Capacidades

    3.1. Roles, Funciones y Capacidades de Organismos Pertenecientes al Sistema Nacional de Protección Civil.

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    Tabla N° 2: Roles, Funciones y Capacidades de Organismos Pertenecientes al SNPC

    3.2. Capacidades Externas

    3.2.1. Cooperación Internacional

    La cooperación internacional ante emergencias, desastres y catástrofes para el país, se remite al "Plan de Respuesta Interagencial Ante Emergencias y Desastres" del Sistema de Naciones Unidas (SNU) en Chile, cuyo objetivo es definir el conjunto de acciones que deberá emprender el SNU en Chile, en caso de la ocurrencia de un desastre natural y/o antrópico, para así apoyar al Estado en la reducción de la pérdida de vidas humanas y bienes materiales, y la prestación de ayuda humanitaria de manera oportuna y efectiva a las víctimas de los desastres.

    3.2.1.1. Activación del Plan

    La activación del Plan se configura ante desastres naturales y/o antrópicos, dependiendo de la magnitud e intensidad que haya generado el evento o que por sus características de desarrollo pueda generar en el país.
    La aplicación del Plan considera a todas las agencias del SNU en Chile, que tienen responsabilidades funcionales y/o por mandato en emergencias y desastres.
    La responsabilidad de la activación del Plan recae en el Coordinador Residente a solicitud del Ministro de Relaciones Exteriores y el Equipo Para el Manejo de Desastres de las Naciones Unidas (UNDMT), que a su vez es apoyado técnicamente por el Equipo Técnico de Emergencia de las Naciones Unidas (UNETE).

    3.2.1.2. Solicitud Gubernamental de Ayuda Internacional

    La ejecución del Plan depende de los siguientes supuestos:

    . Es responsabilidad del Estado prestar ayuda humanitaria a las personas afectadas por las emergencias, desastres o catástrofes que ocurran en territorio chileno.
    . La solicitud de ayuda internacional al SNU en Chile se solicita, a través de la Cancillería.
    . El Estado declara mediante decreto supremo (firmado por el Presidente de la República y los Ministros del Interior y de Defensa Nacional) el Estado de Emergencia o Catástrofe (en términos de orden y seguridad).
    . En caso que no se declare Estado de Emergencia o Catástrofe y no exista reacción de las autoridades frente a una emergencia, el UNDMT en virtud de su mandato humanitario puede decidir activar el plan.
    . Que el Estado no solicite ayuda a la comunidad internacional, dificultando así la realización de un llamado a los donantes para la recaudación de fondos.
    . La existencia de recursos necesarios para la ejecución del plan.

    Para llevar a cabo la solicitud gubernamental de ayuda internacional se definen los siguientes responsables:

    . Coordinador Residente (RC): es el líder del UNDMT, responsable de movilizar recursos a nivel nacional e internacional y de informar a la Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios (OCHA) sobre los acontecimientos desde el inicio del desastre o catástrofe.
    . Equipo para el Manejo de Desastres de las Naciones Unidas (UNDMT): es la estructura organizacional prevista del SNU para la atención de desastres y catástrofes. Respalda y ayuda al Coordinador Residente en el ejercicio de sus funciones como representante del SNU. El equipo está integrado por representantes de: ACNUR, BANCO MUNDIAL, CEPAL, UNDSS, FAO, OACNUDH, OIM, OIT, ONUSIDA, OPS/OMS, PMA, PNUD, UIT, UNESCO, UNFPA y UNICEF.
    . Equipo Técnico de Emergencia de las Naciones Unidas (UNETE): estará conformado por los puntos focales de las Agencias, Fondos y Programas del SNU. Su función es apoyar e incrementar la capacidad de respuesta del SNU frente a la ocurrencia de desastres o catástrofes.

    Principales acciones a desarrollar en desastres o catástrofes: 

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Tabla N° 3: Acciones y Responsables Plan de Respuesta Interagencial Ante Emergencias y Desastres
          Fuente: Sistema de Naciones Unidas en Chile, 2011.

    4. Activación del Plan y Sistema de Alertas

    4.1. Niveles de Impacto

    Los niveles de activación para la respuesta están en función de los daños causados, su magnitud, impacto y capacidad de respuesta. Para lo cual, existe una clasificación de los niveles de impacto (ver tabla Nº 4). De acuerdo a esta clasificación el Plan se activa a partir de una situación de emergencia, desastre o catástrofe, es decir, a partir del Nivel III.   

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          Tabla N° 4: Niveles de impacto

    Los niveles de impacto determinan la activación de los Comités de Operaciones de Emergencia (COE), como órganos coordinadores de las acciones de respuesta y rehabilitación ante emergencias, desastres y catástrofes; a través de un procedimiento de convocatoria establecido en los planes de emergencia respectivos (ver tabla N° 5). Para el caso del PNE corresponde la activación del Comité Nacional de Operaciones de Emergencia, sin perjuicio de que se puedan constituir Comités de Operaciones de Emergencia (COE) Comunales, Provinciales y Regionales, de las jurisdicciones afectadas.   

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    Tabla Nº 5 Activación COE a Partir de Niveles de Impacto

    4.2. Activación del Plan

    La activación del plan se establece a partir de las siguientes consideraciones:

    . Eventos o incidentes que por sus características impliquen una convocatoria de Mesa Técnica (ver detalle en capítulo 6.2.).
    . Eventos o incidentes que por sus características impliquen una convocatoria del Comité Nacional de Operaciones de Emergencia (ver detalle en capítulo 6.1.). Sin perjuicio de que se convoquen los COE comunales, provinciales y regionales, además de la respectiva activación de los planes de emergencia de las jurisdicciones afectadas.

    4.3. Sistema de Alertas

    4.3.1. Tipos de Alerta

    El Sistema de Alertas del SNPC se establece, a través del Plan Nacional de Protección Civil, que determina tres tipos de alerta:

    . Alerta Verde: instancia primaria, que implica la vigilancia permanente de las distintas áreas y escenarios de riesgos, para advertir con la máxima prontitud una situación de riesgo presente en el país. De manera particular se establece la Alerta Temprana Preventiva, que constituye un estado de reforzamiento de las condiciones de vigilancia y atención, mediante el monitoreo preciso y riguroso de las condiciones de riesgo advertidas, como también de una probable amenaza en curso, y las respectivas condiciones de vulnerabilidad asociadas a esa amenaza, para actuar oportunamente, tanto para controlar la ocurrencia, como en caso de derivar en un evento mayor.
    . Alerta Amarilla: se establece cuando una amenaza crece en extensión y severidad y se evalúa que no podrá ser controlada con los recursos locales habituales, debiendo alistarse los recursos necesarios para intervenir, de acuerdo a la evolución del evento o incidente.
    . Alerta Roja: Se establece cuando una amenaza crece en extensión y severidad, requiriéndose la movilización de todos los recursos necesarios y disponibles, para la atención y control del evento o incidente.

    4.3.2. Amplitud y Cobertura

    La Amplitud y Cobertura dependen directamente de la emergencia o desastre que haya determinado su declaración.

    . Amplitud: corresponde a los organismos del SNPC que pertenecen al área afectada, o aquellos organismos involucrados en la atención de una emergencia o desastre.
    . Cobertura: corresponde al área o extensión geográfica afectada o que pudiese ser afectada por una emergencia o desastre. Obedece a la división político-administrativa del país (nacional, regional, provincial, comunal).

    4.3.3. Declaración de Alertas

    La declaración o establecimiento de una alerta está sujeta a las siguientes consideraciones:

    . La declaración de alertas del SNPC se sustentan, principalmente, en organismos científicos y/o técnicos, que son responsables de entregar a ONEMI la información que respalde su declaración.
    . Para un mismo evento o incidente, puede establecerse una Alerta Roja, sin mediar una Alerta Amarilla.
    . Pueden existir 2 alertas del mismo tipo y misma cobertura, pero que respondan a distintas variables de riesgo, por lo cual, su amplitud puede variar independiente de que su cobertura sea la misma.
    . Una Alerta Amarilla puede movilizar recursos, si se adscribe a procedimientos, protocolos u otro instrumento, de evaluación técnica que justifique y permita la movilización de recursos.

    La declaración o establecimiento de una alerta está sujeta a la evaluación de pertinencia, ya sea que se realice en el nivel regional o en el nivel nacional, deberá siempre ser coordinada por ambos niveles (ver tabla Nº 6):   

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          Tabla N° 6: Declaración de Alertas - Sistema Nacional de Alertas

    5. Comunicación e Información

    5.1. Flujos de Comunicación e información

    Con el objetivo de establecer un modelo simplificado y coherente de flujos de comunicación e información (ver figura Nº 2) en condición de emergencia, desastre y/o catástrofe, se indican las siguientes orientaciones generales:

    . Cobertura: nacional, regional, provincial y comunal.
    . Amplitud:

      . COE (nacional, regional, provincial y comunal): su gestión se enmarca en las sesiones convocadas por la autoridad respectiva.
      . Organismos del Sistema de Protección Civil (nacionales, regionales, provinciales y comunales, según corresponda): científico, técnicos, sectoriales, fuerzas armadas, policías, de voluntariado, empresas u otros. Su gestión es permanente durante la emergencia, desastre o catástrofe.
      . Direcciones Regionales de ONEMI (CAT Regional).
      . ONEMI Nacional (CAT Nacional).
      . Direcciones Comunales y Provinciales de Protección Civil y Emergencia.

    . Flujos de comunicación e información entre el nivel comunal y provincial: a nivel comunal los organismos e instituciones del Sistema Comunal de Protección Civil (SCPC) mantienen flujos de comunicación e información hacia el COE Comunal, entregando información técnica de las acciones de respuesta en desarrollo, capacidades, recursos involucrados, decisiones y requerimientos, entre otros. A su vez, el COE Comunal mantiene flujos de comunicación e información bidireccional con el COE Provincial, en relación a las decisiones adoptadas, acciones en curso y directrices, entre otros. Por otra parte, el levantamiento de información, evaluación de daños y necesidades (con apoyo de los instrumentos del Plan DEDO$), es consolidado por la Dirección Comunal de Emergencia, que mantiene flujos de comunicación e información con la Dirección Provincial de Emergencia. Existe un vínculo entre el COE Comunal y la Dirección Comunal de Emergencia, toda vez que es responsabilidad de esta última consolidar e informar hacia el nivel provincial.
    . Flujos de comunicación e información entre el nivel provincial y regional: a nivel provincial los organismos e instituciones (que tienen representatividad a nivel provincial) del Sistema Provincial de Protección Civil (SPPC) mantienen flujos de comunicación e información hacia el COE Provincial, entregando información técnica de las acciones en desarrollo, capacidades, recursos involucrados, decisiones y requerimientos, entre otros. A su vez el COE Provincial mantiene flujos de comunicación e información bidireccional con el COE Regional, en relación a las decisiones adoptadas, acciones en curso y directrices, entre otros. Por otra parte, el levantamiento de información, evaluación de daños y necesidades (con apoyo de los instrumentos del Plan DEDO$), es consolidado por la Dirección Provincial de Emergencia, que mantiene flujos de comunicación e información con la Dirección Regional de ONEMI. Existe un vínculo entre el COE Provincial y la Dirección Provincial de Emergencia, toda vez que es responsabilidad de esta última consolidar e informar hacia el nivel regional.
    . Flujos de comunicación e información entre el nivel regional y nacional: a nivel regional los organismos e instituciones del Sistema Regional de Protección Civil (SRPC) mantienen flujos de comunicación e información hacia el COE Regional, entregando información técnica de las acciones de respuesta en desarrollo, capacidades, recursos involucrados, decisiones y requerimientos, entre otros. A su vez el COE Regional mantiene flujos de comunicación e información bidireccional con el COE Nacional, en relación a las decisiones adoptadas, acciones en curso y directrices, entre otros. Por otra parte, el levantamiento de información, evaluación de daños y necesidades (con apoyo de los instrumentos del Plan DEDO$), es consolidado por la Dirección Regional de ONEMI, que mantiene flujos de comunicación e información con ONEMI Nacional. Existe un vínculo entre el COE Regional y la Dirección Regional de ONEMI, toda vez que es responsabilidad de esta última consolidar e informar hacia el nivel nacional.
    . Flujos de comunicación e información en el nivel nacional: a nivel nacional los organismos e instituciones del Sistema Nacional de Protección Civil (SNPC) mantienen flujos de comunicación e información hacia el COE Nacional, entregando información técnica de las acciones de respuesta en desarrollo, recursos, decisiones y requerimientos, entre otros, por parte de sus representaciones a nivel regional y provincial (si aplica). Existe un vínculo entre el COE Nacional y ONEMI Nacional (CAT Nacional), toda vez que es responsabilidad de esta última consolidar la información emanada del nivel regional.
    . Flujos de comunicación e información entre niveles regionales, en coordinación con el nivel Nacional: En caso de que se requiera un flujo de comunicación e información entre niveles regionales, que se vean afectados por un desastre o catástrofe en común, éste debe coordinarse con ONEMI Nacional, con el objetivo de mantener un orden en las comunicaciones y flujos de información.   

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          Figura Nº 2: Esquema General de Flujos de Comunicación e Información

    Independientemente de la estructura presentada, los organismos del Sistema de Protección Civil (nacional, regional, provincial y comunal), poseen flujos de comunicación e información interinstitucionales, de acuerdo a protocolos, procedimiento u otro tipo de acuerdo establecido para estos efectos.
    De manera independiente a la estructura presentada, en condiciones de emergencia, desastre o catástrofe, existen flujos de comunicación entre el nivel comunal y regional, sin mediar el nivel provincial; respondiendo de esta manera a la necesidad de activar los flujos de comunicación e información entre el nivel comunal y regional.

    5.2. Telecomunicaciones

    Debido a que la ONEMI es el organismo del Estado encargado de la coordinación del SNPC frente a emergencias, desastres y catástrofes, y a la existencia de distintos servicios de telecomunicaciones (indicados en la Ley N° 18.168 General de Telecomunicaciones), para acotar el sistema de telecomunicaciones en emergencias, desastres y catástrofes, se expone el Sistema de Telecomunicaciones administrado por la ONEMI. Sin perjuicio de considerar la existencia y operatividad de otros Sistemas de Telecomunicaciones, frente a emergencias, desastres y catástrofes, que son administrados por otros organismos del SNPC.

    5.2.1. Sistema de Telecomunicaciones

    ONEMI cuenta con un sistema de comunicaciones bajo el concepto de la redundancia y misión crítica, con tecnologías propias, arrendadas comerciales y sistemas de misión crítica colaborativas (principalmente con Ejército y Carabineros de Chile) con organismos del Sistema Nacional de Protección Civil, compuestas por tecnologías alámbricas, inalámbricas y satelitales que se respaldan entre ellas, generando una red de comunicaciones redundante con cobertura Regional y Nacional.
    El sistema de Telecomunicaciones cuenta con las siguientes tecnologías:

    . Red MPLS (Multi Protocol Label Switching): para la comunicación entre el nivel nacional (ONEMI Central) y las regiones (Direcciones Regionales de ONEMI - CAT Regionales), cuenta con servicios de datos (internet e intranet), telefonía (Telefonía IP y Análoga), sistemas de video conferencia, respaldo satelital y líneas de telefonía análoga de contingencia.
    . Red de Radio Comunicación: para la comunicación entre el nivel nacional (ONEMI Central) y regiones (Direcciones Regionales de ONEMI - CAT Regionales) con tecnologías inalámbricas HF, HF ALE (propia) y red HF colaborativa con el Ejército, denominada Red Torrente; sistema VHF (análogo y digital) y un sistema de radio de misión crítica APCO P25 (P25), correspondiente a la red colaborativa con Carabineros de Chile. Adicionalmente, se han incorporado a Radioaficionados con su Red HF Nacional y VHF local para reforzar la red troncal y regional, y enlazar las comunas y lugares remotos, generando una red de radio comunicación con cobertura Regional y Nacional. Para incluir el territorio insular a esta red, se han instalado estaciones radiotransmisores de HF en Isla de Pascua y en Juan Fernández.
    . Plataforma Satelital: correspondiente a un servicio de telefonía satelital de emergencia (Iridium) con 88 teléfonos satelitales operativos, para la utilización de las autoridades nacionales y regionales; servicio de internet y telefonía satelital (BGAN), y una red de datos satelital con el Ejército VSAT (HUB, Segmento Satelital compartido y estaciones remotas), que es utilizada como respaldo a red principal MPLS. Actualmente, se dispone del segmento satelital en coordinación con el Ejército, ya que para su utilización se requiere de su infraestructura (instalación de 17 estaciones remotas de comunicaciones satelitales en las 15 Regiones y ONEMI Central).
    . Telefonía: para la comunicación entre el nivel nacional (ONEMI Central) y las regiones (Direcciones Regionales de ONEMI - CAT Regionales) se cuenta con sistemas de telefonía móvil, telefonía fija IP privada y análoga a red pública de telefonía, telefonía satelital con proveedores comerciales y una red de telefonía análoga de anexos del Ejército, extendidos hacia las regiones (Direcciones Regionales de ONEMI), Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de Chile (SHOA) y el CSN (Centro Sismológico Nacional de la Universidad de Chile).

    El Sistema de Telecomunicaciones en emergencias, desastres y catástrofes, se resume en la siguiente tabla:

    .

          Tabla N° 7: Sistema de Telecomunicaciones
-----------------------------------------
1    Centro Móvil de Operaciones de Emergencia (MEOC): puesto de comunicación móvil y desplegable a nivel nacional, dotadas de tecnología de telecomunicaciones (radial, telefonía e internet satelital y sistema de respaldo energético).

    5.2.2. Niveles de Conectividad

    El despliegue del Sistema de Telecomunicaciones utiliza dos niveles de conectividad:

    a) Conectividad Nivel 1: corresponde a una conectividad local o regional que cubre cada una de las regiones (ver figura N° 3). 

    .

          Figura N°3: Conectividad Nivel 1

    b) Conectividad Nivel 2: El segundo nivel de conectividad con cobertura Regional y Nacional, Regional con radio comunicación y un enlace Nacional a través de un sistema principal de datos MPLS vía fibra óptica y respaldo satelital (ver figura N° 4). 

    .

          Figura N° 4: Conectividad Nivel 2

    5.3. Información a la Comunidad y Medios de Comunicación

    La información a la comunidad y medios de comunicación debe ser validada por los organismos que tienen competencia directa respecto del incidente o evento acontecido, oportuno en relación a la disponibilidad de ésta, para una adecuada toma de decisiones y progresivo en el tiempo, en relación a la evolución del evento o incidente y las acciones de respuesta adoptadas. Considerando lo anterior, la definición de la información está sujeta a los siguientes parámetros:

    . Temporalidad: este parámetro está directamente asociado a la información disponible y de acuerdo a los tiempos en que se desarrolla el evento o incidente. La información se entregará de manera secuencial:

      I.  De manera preliminar se deberá entregar información del tipo de evento o incidente y su ubicación geográfica aproximada.
      II.  La afectación aproximada a personas, evaluación preliminar de daños a infraestructura crítica, continuidad de servicios básicos y cursos de acción en desarrollo.
      III. Mayor detalle de la afectación a personas, evaluación de daños a viviendas e infraestructura crítica, continuidad de servicios básicos y cursos de acción en desarrollo.
      IV.  Información consolidada de la afectación a personas, evaluación de daños a viviendas e infraestructura crítica, restablecimiento de servicios básicos y medidas de rehabilitación.

      Los tiempos de entrega de información se limitan específicamente a la activación de protocolos y/o procedimientos de información pública establecidos para estos efectos. La primera información corresponde a un reporte o informe (emitido de acuerdo a protocolo y/o procedimiento) del evento o incidente, Posteriormente se emitirán reportes o comunicados de prensa, sujetos a la disponibilidad y análisis de información.
      La recopilación de datos e información debe emanar de organismos, instituciones y/o empresas, entre otros, que formen parte del SNPC y que puedan entregar información validada y confiable.

    . Vocería Nivel Nacional: será ejercida por la Autoridad de Gobierno Interior respectiva (Ministro del Interior, Subsecretario del Interior), Director Nacional de ONEMI y complementada por los organismos técnicos; sin perjuicio, de que la Autoridad de Gobierno Interior delegue tal función. Con el objetivo de mantener una vocería integrada, la información difundida responde a las decisiones, acuerdos y compromisos establecidos en las instancias de coordinación de respuesta a emergencia. De igual manera, para mantener una coherencia en la difusión de la información, las vocerías sectoriales deben alinearse a las decisiones adoptadas.
      En los niveles regionales debe establecerse una coordinación con el nivel nacional en relación a las vocerías, con el objetivo de establecer una coherencia en la información entregada a la comunidad. Esta coordinación se establece a través de los flujos de comunicación e información indicados en el capítulo 5.1.
    . Medio de difusión: el medio de difusión de la información debe ser redundante, a través reportes y/o informes publicados en portal web de ONEMI, y/o de organismos autorizados para la publicación de este tipo de información u otro medio de difusión oficial disponible, puntos de prensa e información publicada en redes sociales (por ejemplo Twitter). Los medios de difusión se limitan específicamente a la activación de protocolos y/o procedimientos de información pública establecidos para estos efectos.

    La información a la comunidad y medios de comunicación se esquematiza de la siguiente manera (ver figura N° 5): 

    .

          Figura Nº 5: Información a la Comunidad y Medios de Comunicación

    6. Coordinación del Sistema Nacional de Protección Civil

    6.1. Comité Nacional de Operaciones de Emergencia

    El decreto supremo N° 38/2011, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, determina la constitución de los Comités de Operaciones de Emergencia (COE), estableciendo un Comité Nacional de Operaciones de Emergencia (Comité Nacional) y sus respectivos integrantes.

    6.1.1. Activación y Convocatoria

    La activación se realizará de acuerdo a un nivel de impacto IV considerando:

    . Una situación que sobrepasa la capacidad regional de respuesta, requiriendo la asistencia del nivel nacional (ver capítulo 4.1.).
    . El procedimiento de activación del Plan (ver capítulo 4.2.).

    La convocatoria se realizará de acuerdo al protocolo establecido en ONEMI Central.

    6.1.2. Auto Convocatoria:

    Corresponde al proceso, realizado por los integrantes del Comité Nacional, de acudir al Centro de Operaciones de Emergencia, sin mediar un proceso de convocatoria. Se genera a partir de:

    . La ocurrencia de un sismo de intensidad Mercalli VII o superior percibido en la Región Metropolitana.
    . La ocurrencia de un apagón eléctrico (Blackout), que afecte el Sistema Interconectado Central.
    . La ocurrencia de un evento o incidente que altere gravemente el funcionamiento de las comunicaciones.

    Los suplentes del COE Nacional deberán permanecer en estado de alerta, en caso de que se requiera su presencia. En ausencia del representante titular, confirmada previamente, el suplente deberá auto convocarse en el Centro de Operaciones de Emergencia.

    6.1.3. Centro de Operaciones de Emergencia:

    El Centro de Operaciones de Emergencia corresponde al lugar físico predefinido, para el funcionamiento del Comité Nacional de Operaciones de Emergencia. Debe contar con los espacios de reunión e instalaciones técnicas necesarias para facilitar la coordinación de los distintos organismos, centralizar la recopilación, análisis y evaluación de la información, difundir la información consolidada a las autoridades, organismos técnicos, de respuesta y medios de comunicación, entre otros.
    El lugar de convocatoria del Comité Nacional de Operaciones de Emergencia será:

    . Dependencias de ONEMI Nacional: Beauchef N°1671, Comuna de Santiago.

    En caso de que las instalaciones de la ONEMI se encuentren inhabilitadas, el Centro de Operaciones de Emergencia alternativo, estará ubicado en:

    . Comando de Telecomunicaciones del Ejército de Chile: Las Perdices N°700, Peñalolén.

    6.1.4. Diagrama de Flujo de Procesos

    Los procesos generales adoptados por el COE Nacional (ver figura N°6), para la gestión de la respuesta en desastres, corresponden a los siguientes:

    a. Levantamiento de información y evaluación de daños: acción que se realiza por los niveles territoriales comunal, provincial y regional, y es consolidada por los CAT Regionales y CAT Nacional respectivamente, mediante los instrumentos normalizados del SNPC. El levantamiento de información y evaluación de daños que se realiza en el territorio, es complementado por las instituciones y organismos pertenecientes al COE Nacional y otros organismos del SNPC convocados de acuerdo a la amenaza en curso.
    b. Priorización de las acciones de respuesta: se establecen a partir de la evaluación de la afectación y daños provocados, versus la definición de requerimientos y disponibilidad de recursos y capacidades.
    c. Decisiones para la atención de la emergencia y la reevaluación y readecuación de las decisiones adoptadas, para mejorar la intervención: considera la asignación de responsables y plazos, la activación y despliegue de recursos y capacidades para la coordinación de las acciones de respuesta, como base para la reevaluación y readecuación de las acciones de respuesta.
    d. Entrega de información a la comunidad y medios de comunicación: se contempla como un proceso constante, que permite disminuir los niveles de incertidumbre en la población, respecto de la coordinación de acciones de respuesta que realiza el COE Nacional.   

    .

          Figura N° 6: Diagrama de Flujo de Procesos COE

    6.2. Mesas Técnicas

    Es una instancia menor al COE en términos de convocatoria e integrantes, se constituyen a nivel nacional y regional (de acuerdo a procedimientos establecidos para su funcionamiento) y su principal objetivo es analizar emergencias potenciales, en curso o ya ocurridas, con el propósito de establecer y coordinar acciones de mitigación, siempre apoyando las decisiones regionales.

    6.2.1. Activación y Convocatoria

    Considera los siguientes aspectos:

    . Emergencias potenciales, en curso o ya ocurridas, que puedan generar afectación, afecten o hayan afectado a la población, servicios básicos, infraestructura critica, bienes y medio ambiente, entre otros.
    . En el nivel nacional, el Director Nacional de ONEMI define la convocatoria de Mesas Técnicas y los organismos e instituciones convocados. En el nivel regional, el Director Regional de ONEMI convocará a los organismos con representación regional de acuerdo a la convocatoria de la Mesa Técnica Nacional.
    . En el nivel nacional, el Jefe del Centro Nacional de Alerta Temprana (CAT Nacional) propone al Director Nacional de ONEMI la realización de Mesas Técnicas (de acuerdo al evento, incidente y/o variable de riesgo) y los integrantes de los organismos a convocar.

    6.2.2. Diagrama de Flujo de Procesos

    Los procesos generales adoptados por las Mesas Técnicas, corresponden a los siguientes:

    a. Levantamiento y análisis de información: proviene principalmente de la información levantada por los distintos niveles territoriales (comunal, provincial y regional) y consolidada por el CAT Nacional, a través de los instrumentos normalizados del SNPC, además de la información proporcionada por los organismos e instituciones pertenecientes a la Mesa Técnica. Contempla el análisis de la emergencia, su afectación y daños ocasionados.
    b. Priorización de acciones de mitigación: se establecen a partir del levantamiento de información y análisis de la emergencia, determinando la priorización de acciones de mitigación, asignando responsables y plazos.
    c. Apoyo en requerimientos y coordinación: contempla el apoyo a los requerimientos regionales (alternativamente, en caso de ser necesario se activan y despliegan recursos y capacidades) y la coordinación de las acciones de mitigación.
    d. Reevaluación y readecuación de acciones de mitigación: contempla todas las etapas anteriores, como mejora y corrección de procesos.
    e. Entrega de información a la comunidad y medios de comunicación: proceso alternativo, con el objetivo de disminuir los niveles de incertidumbre en la población, respecto de las acciones de mitigación y coordinación entre la Mesa Técnica y el nivel regional y/o provincial afectado.

    A continuación, se presenta de manera esquemática, los principales procesos que contempla la coordinación de las Mesas Técnicas (ver figura N° 7).   

    .

          Figura N° 7: Diagrama de Flujo de Procesos Mesas Técnicas

    6.3. Coordinación: Fase Operativa – Alertamiento

    . Sistema Nacional de Alertas

    Corresponde a una etapa de interfase entre la preparación y la respuesta. El alertamiento, establecido en el Sistema Nacional de Alertas (ver capítulo 4.3.), se basa en la información proporcionada por los organismos técnicos que mantienen una vigilancia permanente, a través del monitoreo de amenazas y/o condiciones de riesgo.

    . Alertamiento Organismos Técnicos

    La coordinación de esta etapa se realiza en base a lo establecido en el marco regulatorio del SNPC y en los acuerdos interinstitucionales establecidos mediante protocolos u otro instrumento que permita definir este tipo de alertamiento.
    De manera específica, para el nivel nacional, los organismos técnicos responsables de la declaración, actualización o cancelación de alertas técnicas por variable de riesgo específicas, está definida de la siguiente manera:   

    .

    Tabla N° 8: Alertamiento Organismos Técnicos

    Independiente de los protocolos establecidos, con el objetivo de considerar variables de riesgo, eventos o incidentes, no contempladas bajo estos acuerdos (por ejemplo: un alertamiento por amenaza antrópica), puede activarse el Sistema Nacional de Alertas, basado en antecedentes técnicos proporcionados por organismos competentes, que permitan justificar la declaración de alerta respectiva.

    6.4. Coordinación: Fase Operativa – Respuesta

    6.4.1. Levantamiento de información

    El levantamiento de información constituye una etapa fundamental, en el desarrollo de las acciones de respuesta. Su acción está determinada por los flujos de comunicación e información entre los distintos niveles territoriales y organismos del SNPC que participan de las acciones de respuesta. El desarrollo de esta acción se define en el capítulo 5.1.
    De esta manera el levantamiento de información requiere de un registro normalizado de daños y necesidades que se sustenta en el Sistema de Evaluación de Daños y Necesidades. El desarrollo de esta acción se define en el capítulo 7.1.
    A partir de lo anterior, el levantamiento de información en los distintos niveles territoriales es el siguiente:

    . Nivel Comunal: La Dirección Comunal de Protección Civil y Emergencia, realiza un levantamiento de información mediante los Informes Normalizados de Estado de Situación e Informes Normalizados de Respaldo. Estos informes son remitidos a la Dirección Provincial de Emergencia y Protección Civil para su consolidación.
    . Nivel Provincial: la Dirección Provincial de Emergencia y Protección Civil elabora un informe de estado de situación consolidado provincial, a partir de la información enviada por las comunas afectadas de la jurisdicción respectiva. Este informe consolidado (contiene adjunto los informes normalizados) es remitido a la Dirección Regional de ONEMI para su consolidación y análisis, como uno de los insumos para la toma de decisiones y acciones de coordinación y respuesta a ejecutar.
    . Nivel Regional: la Dirección Regional de ONEMI elabora un informe de estado de situación consolidado regional, a partir de la información enviada por dos o más provincias afectadas. Este informe consolidado (contiene adjunto los informes normalizados) es remitido a ONEMI Central para su consolidación y análisis, como uno de los insumos para la toma de decisiones y la definición de acciones de coordinación respectivas.
    . Nivel Nacional: ONEMI Central elabora un consolidado nacional de la información remitida por las Direcciones Regionales de ONEMI de las regiones afectadas.

    Independiente del levantamiento de información realizado, a través del Plan DEDO$, organismos sectoriales y de primera respuesta del SNPC también poseen instrumentos propios para el levantamiento de información, que permiten la realización de evaluaciones sectoriales y de primera respuesta, que aportan a un análisis integrado en la conformación de los COE respectivos.

    6.4.2. Activación y Despliegue de Recursos y Capacidades

    El proceso de activación y despliegue de recursos y capacidades responde a los siguientes aspectos:

    a) Evaluación actual de la situación:

        . Realizada a partir del levantamiento de información con instrumentos normalizados (Plan DEDO$) de organismos técnicos, sectoriales y de primera respuesta.
        . Realizada por los COE (Comunal, Provincial, Regional y Nacional) a partir del análisis y evaluación de la información levantada.
        . Realizada por los organismos del Sistema de Protección Civil (Comunal, Provincial, Regional y Nacional) de primera respuesta, organismos técnicos, organismos sectoriales, entre otros, que desarrollan o apoyan acciones de respuesta, entregando esta información a los Centros de Alerta Temprana de ONEMI (CAT Nacional y CAT Regionales).

    b) Priorización de requerimientos: realizada a partir del análisis realizado por los COE (Comunal, Provincial, Regional y Nacional) organismos sectoriales, organismos técnicos y de primera respuesta, principalmente. De acuerdo a su urgencia, importancia, disponibilidad, estado, autonomía, distancia geográfica, entre otros.
    c) Solicitud de recursos y capacidades: acción realizada a partir de los instrumentos diseñados para estos efectos, de acuerdo al marco legal y normativo vigente, además de disposiciones específicas para llevarlos a cabo. Para dar curso a este proceso deben considerarse al menos los siguientes aspectos:

      . Personal, organismo o institución que lo solicita.
      . Fecha y hora de solicitud.
      . Tipo de recurso y capacidad.
      . Especificaciones técnicas del recurso y/o capacidad.
      . Estado del recurso y/o capacidad
      . Fecha y hora requerida.
      . Medio de transporte (terrestre, aéreo y/o marítimo).

    d) Arribo del recurso y/o capacidad: como parte de este proceso debe contemplarse la fecha y hora estimada de arribo, punto de llegada y medio de transporte (terrestre, aéreo y/o marítimo). La entrega de recursos y/o capacidades, en los distintos niveles (regional, provincial y comunal) se realiza a través de los procedimientos específicos establecidos en instructivos, procedimientos y protocolos aprobados y validados, de acuerdo al marco regulatorio y legal vigente, para llevar a cabo esta acción.
    e) Registro y asignación: forma parte de las coordinaciones establecidas entre los organismos que desarrollan y/o apoyan acciones de respuesta. Luego del arribo del recurso y/o capacidad debe ser registrado y posteriormente asignado, de acuerdo a la definición establecida por los organismos técnicos, sectoriales y de primera respuesta, entre otros, para el desempeño de labores o tareas, considerando al menos los siguientes aspectos:
      . Ubicación del área de trabajo, descanso y seguridad.
      . Periodos operativos o turnos de trabajo.
      . Procedimientos de seguridad, equipamiento de seguridad, etc.

    6.4.3. Coordinación de Acciones de Respuesta

    Para una coordinación efectiva de acciones de respuesta en emergencias, desastres o catástrofes, se define un sistema de Mando y Control, con los siguientes componentes:

    a) Estructura de Mando y Control: se divide en tres niveles (estratégico, táctico y operativo), con decisiones y plazos. 

      .

          Tabla N° 9: Estructura de Mando y Control

    b) Niveles de respuesta: se basan en los niveles de impacto y capacidad de respuesta de los niveles territoriales respectivos, relacionándolos a niveles de coordinación, clasificación y nivel de comando y control, asociada a esta estructura.   

    .

          Tabla N° 10: Niveles de respuesta

    c) Procesos asociados al Mando y Control:

    . Recopilación e intercambio de información: este proceso se sustenta en los flujos de comunicación e información (ver capítulo 5.1.). Para su desarrollo se definen las siguientes acciones:

      . El levantamiento de información de la afectación y solicitud de recursos y capacidades, a nivel comunal es realizada por equipos municipales, a través de la aplicación de instrumentos del Plan DEDO$ (el Ministerio de Desarrollo Social se coordina con municipios para la aplicación de la FIBE). Esta información es remitida a las Direcciones Provinciales de Protección Civil y Emergencia para su consolidación, a partir de los instrumentos y procedimientos establecidos.
      . El levantamiento de información y solicitudes de recursos y capacidades realizadas a nivel comunal, es consolidada por el nivel provincial, a través de las Direcciones Provinciales de Protección Civil y Emergencia (comunas de la jurisdicción respectiva).
      . Las Direcciones Regionales de ONEMI, a través de los CAT regionales consolidan y cursan las solicitudes de recursos y capacidades, a través de los instrumentos y procedimientos establecidos para esta acción.
      . ONEMI Central, a través de su Centro Nacional de Alerta Temprana consolida la información emanada de las Direcciones Regionales de ONEMI y cursa las solicitudes de recursos y capacidades hacia la Subsecretaría de Interior, a través de los instrumentos y procedimientos establecidos.
      . Los organismos sectoriales realizan el levantamiento de información de las áreas de competencia respectiva, de acuerdo a sus instrumentos, procedimientos internos y protocolos interinstitucionales establecidos. La consolidación de esta información es presentada en los COE respectivos.
      . Los organismos científico-técnicos recopilan información de acuerdo a sus procedimientos internos y protocolos interinstitucionales establecidos para estos efectos. La consolidación de esta información es presentada, de acuerdo a los protocolos y procedimientos establecidos, en los COE respectivos.
      . Los organismos de primera respuesta realizan el levantamiento de información de acuerdo a sus instrumentos y procedimientos internos. La consolidación de esta información es presentada en los COE respectivos.

    La recopilación e intercambio de información responde a los planes de emergencia, de los respectivos Sistemas de Protección Civil (Comunal, Provincial, Regional y Nacional) procedimientos y protocolos establecidos para estos efectos. De igual manera la solicitud de recursos y capacidades responde a los instrumentos mencionados y al marco legal que regula el proceso.

    . Evaluación de la Situación: se realiza conforme a los niveles de Mando. 

    .

          Tabla N° 11: Evaluaciones de la Situación

    . Planificación Coordinada: se realiza a través de la activación y ejecución de la planificación de respuesta existente, en las zonas afectadas.

      . Planes de emergencia: regionales, provinciales y comunales.
      . Planes de emergencia sectorial: de nivel nacional y regional (principalmente).
      . Planes de emergencia por variable de riesgo: nacionales, regionales, provinciales y comunales. Correspondientes a la(s) variable(s) de riesgo que justifica su activación y ejecución.
      . Planes de contingencia: nacionales, regionales, provinciales y comunales. Correspondientes a contingencias específicas y programadas.
      . Protocolos y procedimientos: institucionales (internos) e interinstitucionales (acuerdos entre instituciones u organismos).
      . Otro tipo de planificación existente, que permita otorgar una respuesta eficaz.

    . Toma de Decisiones: este proceso se realiza en los tres niveles de Mando, de acuerdo a sus niveles de respuesta (ver tabla N°10). En esta misma línea, el mando de coordinación táctica, asociado a los COE en sus distintos niveles (nacional, regional, provincial y comunal), establece un enfoque integral en la toma de decisiones, basado en el marco legal que respalda las coordinaciones establecidas (según decreto supremo N°38/2011, Ministerio del Interior y Seguridad Pública), a partir del levantamiento de información, alcances técnicos, competencias y responsabilidades de los integrantes de los respectivos comités, sumado a los antecedentes, alcances, cursos de acción y directrices entregadas por el Mando de Coordinación Operativa, principalmente por el Mando Conjunto en Terreno.
      De manera específica, la activación y convocatoria de las mesas técnicas nacionales y regionales (ver capítulo 6.2.), será de acuerdo a los procedimientos establecidos para estos efectos, como una instancia previa a la activación de un COE (si corresponde), para el análisis de emergencias potenciales, en desarrollo o ya ocurridas, para coordinar acciones de mitigación y para la toma de decisiones dentro del alcance definido para estas instancias.
    . Implementación de las Decisiones: este proceso considera las siguientes acciones desarrolladas en el presente plan.

      . Activación y despliegue de recursos y capacidades, ver capítulo 6.4.2.
      . Entrega de información a la comunidad y medios de comunicación, ver capítulo 5.3.
      . Aplicación de medidas de rehabilitación, ver capítulo 6.5.1.

    . Retroalimentación y Control: Este proceso considera las siguientes acciones.

      . Nivel Nacional: a través de ONEMI Central (CAT Nacional) se consolida la información, levantada a partir del Sistema de Evaluación de Daños y Necesidades (ver capítulo 7.1.) y cursa hacia el Ministerio del Interior y Seguridad Pública requerimientos de recursos y capacidades requeridos desde el Nivel Regional. Estas acciones se sustentan en los procedimientos, protocolos e instructivos establecidos, de acuerdo al marco legal vigente.
      . Nivel Regional: a través de las Direcciones Regionales de ONEMI (CAT Regionales) consolida información, levantada a partir del Sistema de Evaluación de Daños y Necesidades y cursa requerimientos de recursos y capacidades emanados de los Niveles Provincial y Comunal.
      . COE (nacional, regional, provincial y comunal): establecen la coordinación táctica y enfoque integral de la toma de decisiones y su control.

    6.4.4. Desmovilización

    La desmovilización corresponde al proceso de retorno ordenado, coordinado, seguro y eficiente de los recursos (humanos, técnicos y materiales) dispuestos en un incidente o evento. Esta etapa aplica para los organismos que son movilizados para participar de la respuesta y que cuentan con un plan o procedimiento de desmovilización.
    Para llevar a cabo este proceso se deben considerar las siguientes acciones:

    a) Cada organismo debe disponer de un plan o procedimiento de desmovilización y personal instruido para llevar a cabo el proceso.
    b) El plan o procedimiento de desmovilización debe establecer las condiciones de seguridad en que debe retirarse el personal que participó de las operaciones de respuesta.
    c) El plan o procedimiento de desmovilización debe establecer claramente las condiciones de seguridad en que deben ser retirados y ubicados todos los equipamientos, materiales, maquinaria y herramientas en los lugares respectivos.
    d) El plan o procedimiento de desmovilización debe establecer con la debida anticipación los puntos y horarios de partida.
    e) El plan o procedimiento de desmovilización debe establecer el reabastecimiento, reemplazo y/o reparación de equipamiento, para otorgar plena operatividad de éstos.

    6.5. Coordinación: Fase Operativa – Rehabilitación

    6.5.1. Medidas de Rehabilitación

    Las medidas de rehabilitación corresponden al conjunto de acciones destinadas a la recuperación y restablecimiento gradual de las condiciones de vida, infraestructura crítica y seguridad de las zonas afectadas.
    Estas medidas se soportan en la evaluación de daños y necesidades levantadas, a través de los instrumentos normalizados del Plan DEDO$, instrumentos administrados por organismos sectoriales, municipalidades, gobernaciones, etc.
    Las medidas de rehabilitación se desarrollan a partir de una planificación y coordinación intersectorial, establecida en los Planes Sectoriales de Emergencia, en conjunto con los gobiernos regionales, gobernaciones, municipios, empresas y organismos del SNPC.
    Las medidas de rehabilitación, consideran una gradualidad en su implementación y deben contemplar al menos los siguientes aspectos:

    a) Restablecimiento de servicios básicos: corresponde a una de las principales acciones a desarrollar en la fase de rehabilitación, respondiendo principalmente al daño causado a la infraestructura respectiva, los recursos y capacidades con que se cuente para su rehabilitación. Su restablecimiento responde a la planificación ante emergencias y desastres y evaluación de la situación con que cuente la empresa proveedora del servicio, las coordinaciones y planificación establecida con la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) y la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) y otros organismos sectoriales vinculados.
    b) Restablecimiento de infraestructura crítica: a cargo de los responsables de la administración del sistema afectado (sistema de salud, educación, energético, sanitario, aeroportuario, transporte, etc.).
    c) Seguridad de zonas afectadas: a cargo de Carabineros de Chile y Policía de Investigaciones de Chile. En caso de declaración de Estado de Excepción Constitucional, se regirá de acuerdo a lo establecido en decreto supremo respectivo, y la coordinación estará a cargo del Jefe de la Defensa Nacional designado.
    d) Restablecimiento de las telecomunicaciones: su alcance está sujeto principalmente a la Ley 20.478 "Sobre Recuperación y Continuidad en Condiciones Críticas y de Emergencia del Sistema Público de Telecomunicaciones", en relación al desarrollo del plan de resguardo de la infraestructura crítica de telecomunicaciones del país, cuyo objetivo es asegurar la continuidad de las comunicaciones en situaciones de emergencia, desastre o catástrofe, además de la facilitación de información sobre fallas significativas en los sistemas de telecomunicaciones y la transmisión o retransmisión de los mensajes de alerta.

    6.6. Coordinación en Estado de Excepción Constitucional

    En relación al marco legal vigente y su aplicación bajo un Estado de Excepción Constitucional, la gestión institucional de los organismos del SNPC será la misma, manteniéndose las funciones de las autoridades respectivas. Sin embargo, la coordinación se realizará con el Jefe de la Defensa Nacional designado mediante la declaración de Estado de Excepción Constitucional, a través de decreto supremo firmado por el Presidente de la República y los Ministros del Interior y Seguridad Pública y de Defensa Nacional.
    Los Estados de Excepción Constitucional considerados en el presente plan son los siguientes:

    . Estado de Emergencia: las facultades conferidas al Presidente de la República podrán ser delegadas, total o parcialmente, en los Jefes de la Defensa Nacional que designe. No puede extenderse por más de 15 días, sin perjuicio de que el Presidente de la República pueda prorrogarlo por igual periodo (para sucesivas prórrogas se requiere el acuerdo del Congreso Nacional). Se deben determinar las zonas afectadas por la emergencia.
    . Estado de Catástrofe: las facultades conferidas al Presidente de la República podrán ser delegadas, total o parcialmente, en los Jefes de la Defensa Nacional que designe. No puede extenderse por más de 90 días, sin perjuicio de que el Presidente de la República pueda prorrogarlo por igual periodo, si se mantienen las circunstancias que lo originaron. Se deben determinar las zonas afectadas por la catástrofe.

    Para los Estados de Excepción indicados, los Jefes de la Defensa Nacional tendrán las facultades delegadas total o parcialmente por el Presidente de la República, a través del decreto supremo respectivo, en el que se establecerán las medidas de orden y seguridad.

    7. Sistema Decreto 1633 EXENTO,
INTERIOR
Art. primero
D.O. 28.07.2021
de Evaluación de Daños y Necesidades.
     
    Una vez acaecida una emergencia, desastre o catástrofe, es necesario evaluar los daños y necesidades de la población. El objetivo del sistema de evaluación de daños y necesidades es normalizar el registro de información de emergencia en todo el país manejando documentos simples, de un formato único, que permitan dar respuesta a las interrogantes fundamentales que surgen al ocurrir un evento destructivo a nivel local y determinar el impacto de un evento destructivo en una comunidad.
    La evaluación de daños y necesidades se realiza a través de los siguientes instrumentos:
     
    a. Informe ALFA:
     
    Los informes ALFA son documentos que deben realizar las autoridades correspondientes a nivel local, para el registro de información útil para la toma de decisiones, en especial las necesidades de la población. Su formato permite registrar la identificación del evento destructivo y la evaluación de necesidades.
    Excepcionalmente, cuando la emergencia supere el nivel regional, estos formularios pueden ser generados desde el nivel regional.
    Cabe tener presente que los recursos para atender la emergencia, dispuestos por los niveles superiores, se canalizan siempre hacia el nivel comunal, el que administra estos recursos, al igual que aquellos suministrados por la propia Municipalidad.
    El formato y diseño de este instrumento es realizado por Onemi, quien deberá aprobar a través de un acto administrativo el formato del informe ALFA y su Guía de Aplicación, debiendo ser comunicado y difundido a todas las Municipalidades, Delegaciones Presidenciales Provinciales, Delegaciones Presidenciales Regionales y Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
    Sin perjuicio de lo expuesto en este punto, en caso que la emergencia supere el nivel regional por su impacto o afectación, la Onemi podrá evaluar las necesidades de la población conforme a los instrumentos técnicos, tecnológicos y/o administrativos que tenga disponibles. Lo mismo aplica en caso de decretarse una Alerta Temprana Preventiva y no exista afectación, pero exista alta probabilidad de ella.
     
    b. Ficha Básica de Emergencia (FIBE) y Ficha Básica de Emergencia Hídrica (FIBEH):
     
    La Ficha Básica de Emergencia (FIBE) es un instrumento de catastro que se aplica en terreno en la o las áreas afectadas como consecuencia de una emergencia, para identificar a los afectados y sus grupos familiares. A su vez, la Ficha Básica de Emergencia Hídrica (FIBEH) es un instrumento de catastro que se aplica en terreno en la o las áreas afectadas como consecuencia del déficit hídrico, para identificar a los afectados y sus grupos familiares.
    El propósito de estos instrumentos es normalizar el proceso de identificación de daños en personas, bienes y la satisfacción de necesidades mínimas que permitan superar la situación, ante la ocurrencia de una emergencia, desastre o catástrofe determinada.
    La aplicación de estos instrumentos se da como un proceso continuo en el tiempo, permitiendo la actualización y mejoramiento de la información en un momento determinado. El uso de ellos dependerá de la afectación del evento pudiendo ser aplicado a nivel comunal, provincial y regional.
    Corresponde al Ministerio de Desarrollo Social y Familia, a través de la Subsecretaría de Servicios Sociales, la confección y elaboración de la FIBE y de la FIBEH, cuyos formatos y Guías de Aplicación serán confeccionados y aprobados mediante acto administrativo, los cuales deberán ser comunicados a todas las municipalidades, delegaciones presidenciales regionales y provinciales, a la Onemi o su sucesor legal, al Ministerio del Interior y Seguridad Pública, otros ministerios y a los servicios públicos relacionados.
    A nivel comunal, será la municipalidad respectiva quien deberá desplegar las acciones necesarias para el levantamiento de la información a través de la FIBE. En aquellas emergencias derivadas por déficit hídrico, el municipio deberá aplicar la FIBEH en coordinación con el Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
    Ante la ocurrencia de un evento destructivo de nivel provincial, que requiera la conformación de equipos de trabajo a nivel provincial para apoyar la gestión de evaluación de daños y necesidades en las comunas afectadas, el funcionario o funcionaria designado por el Director o Directora Regional de la Onemi velará para que estos equipos trabajen coordinadamente con las municipalidades y ocupen los formatos FIBE y FIBEH según lo dispuesto en el párrafo anterior.
    Ante la ocurrencia de un evento destructivo de nivel regional, que requiera la conformación de equipos de trabajo a nivel regional para apoyar la gestión de evaluación de daños y necesidades en las comunas afectadas, el Director o Directora Regional de Onemi en conjunto con el Secretario o Secretaria Regional Ministerial de Desarrollo Social y Familia velarán por que estos equipos trabajen coordinadamente con las municipalidades y apliquen la FIBE y FIBEH, según corresponda.

    8. Readecuación del Plan

    El proceso de readecuación del plan contempla las siguientes etapas:

    8.1. Implementación

    El proceso de implementación contempla las siguientes actividades:

    . Divulgación del Plan: considera la divulgación oficial a todos los organismos e instituciones del SNPC (públicas, privadas y de voluntariado), en todos sus niveles (Nacional, Regional, Provincial y Comunal).
    . Definición de un plan de capacitación: orientado en una primera etapa a las autoridades, organismos técnicos, de respuesta y coordinación del Sistema de Protección Civil; para incluir en una segunda etapa sector privado, académico, investigación y voluntariado.

    8.2. Revisión Periódica

    El proceso de revisión periódica contempla las siguientes actividades:

    . Revisión institucional del Plan: considera la revisión por divisiones, departamentos y unidades con competencia técnica, de acuerdo a la planificación establecida por ONEMI.
    . Revisión interinstitucional del Plan: considera la revisión del Plan por grupos o mesas de trabajo interinstitucionales, de acuerdo a la programación definida por ONEMI en coordinación con la Subsecretaría de Interior.
    . Evaluación anual del Plan, a través de la realización de simulaciones y simulacros, acorde a la planificación prevista por la unidad técnica respectiva (ONEMI).

    8.3. Actualización

    Con el objetivo de mantener el control de los cambios y mejoras realizadas al Plan, se deben precisar las actualizaciones al documento, mediando el acto administrativo respectivo (decreto exento), a través del cuadro presentado en el anexo 9.1.

    9. METODOLOGÍAS Decreto 1633 EXENTO,
INTERIOR
Art. segundo
D.O. 28.07.2021
PARA LA PLANIFICACIÓN EN GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES (GRD).
     
    1. Metodología AIDEP para el Diagnóstico de la Realidad de Riesgos y Recursos.
     
    La GRD debe estar sustentada en el desarrollo adecuado de la identificación de riesgos y de recursos de una unidad geográfica. Este proceso se basa en cinco elementos que comprenden una metodología base para el análisis de la realidad, que además considera una permanente retroalimentación. La metodología implica la realización de acciones necesarias que permiten realizar adecuadamente el diagnóstico y que le dan nombre a la citada metodología, las cuales se detallan a continuación:
     
    a. Análisis Histórico. (A)
    b. Investigación Empírica. (I)
    c. Discusión. (D)
    d. Elaboración de Mapas y Cartografías. (E)
    e. Planificación en GRD. (P)
     
    En el marco de la GRD, la participación y compromiso de la sociedad en su conjunto, deben constituir una estrategia clave a considerar en los distintos programas de trabajo.
    Se debe ir gradualmente motivando un compromiso nacional para fomentar una cultura preventiva, por medio de una metodología interactiva y gestión participativa en todos y cada uno de los niveles político-administrativos, como un reconocimiento expreso a la capacidad de las personas para ser partícipes en la generación de sus propios procesos de desarrollo.
    Esta participación debe constituir un proceso en sí mismo, que parte en el nivel local y bajo la conducción del Municipio, como instancia administrativa más cercana a las personas.
    La percepción del riesgo en la población en su entorno y los recursos que dispone para enfrentarlo, deben ser fuente de información sustantiva a considerar en la GDR, la que, sumada a los antecedentes validados aportados por el ámbito científico y técnico, servirán de base diagnóstica para la planificación de acuerdo a las específicas realidades locales.
     
    2. Metodología Acceder para la Planificación de Respuesta a Emergencias.
     
    Acceder es una metodología simple, de fácil manejo, estructurada en una sola hoja, destinada a elaborar una planificación para situaciones de emergencia, considerando los principios de apoyo mutuo y escalabilidad de recursos que sustentan al Sistema Nacional, a partir de una adecuada coordinación.
    La metodología cubre por etapas, las acciones y medidas fundamentales a tener en cuenta en la acción de respuesta, con lo que se conforma el acróstico Acceder, son:
     
    a. Alarma. (A)
    b. Comunicación. (C)
    c. Coordinación. (C)
    d. Evaluación Primaria (E)
    e. Decisiones (D)
    f. Evaluación Secundaria. (E)
    g. Readecuación del Plan. (R)
     
    El Acceder permite a los administradores de emergencias recordar fácilmente los aspectos que siempre deberán estar presentes en un plan de respuesta y que necesariamente requieren una adecuada preparación para su efectiva articulación.
    Al estructurar un plan de respuesta, el Comité de GRD que corresponda, debe tener presente los siguientes elementos:
     
    a. Alarma.
     
    Ocurrido un evento destructivo, éste debe ser de conocimiento de un organismo o institución responsable de atender ese tipo de situaciones. Por lo tanto, los sistemas de atención y aviso de la ocurrencia de emergencias deben ser conocidos por la comunidad para que ésta las comunique oportunamente al organismo responsable.
    El organismo de primera respuesta, con el propósito de optimizar el uso de sus recursos, procederá a validar la información y despachar los recursos. Los organismos de primera respuesta contarán con procedimientos normalizados para validar alarmas, de no ser así, en el proceso de elaboración del plan específico de respuesta, quedarán establecidos.
     
    b. Comunicación.
     
    El plan debe reflejar claramente las relaciones de comunicaciones entre los organismos y servicios involucrados. Esta cadena de comunicación se inicia con el organismo que recibe la alarma y comienza a extenderse a los organismos de primera respuesta, involucrando escalonadamente a otros organismos superiores y a los medios de comunicación social, de acuerdo al nivel de impacto del evento.
    Dentro del manejo de información es necesario considerar dos áreas de trabajo; la interna, es decir, la correspondiente a toda aquella información que es propia de cada institución, para coordinar sus recursos y acciones; y, la externa, que es toda aquella información que es traspasada de un organismo a otro, a través de la cadena de comunicaciones, con el objetivo de lograr una mejor toma de decisiones de respuesta en los niveles que corresponda, como igualmente informar adecuada y oportunamente a la opinión pública.
    Es necesario mantener un listado de los organismos, instituciones y servicios considerados en el plan. Este listado debe contener los nombres de los responsables institucionales frente al plan y su forma de ubicación las 24 horas del día.
     
    c. Coordinación.
     
    Para cada organismo, institución y servicio identificado en el plan, deben establecerse previamente sus roles y las funciones específicas de cada rol al ser activada esta planificación. Por otra parte, es fundamental que durante una situación de emergencia se establezca un Mando Técnico Conjunto, a través del cual cada uno cumpla con su respectivo rol.
    En la planificación se debe considerar la coordinación y comunicación entre los organismos, como también las relaciones intersectoriales e interinstitucionales con los niveles superiores.
     
    d. Evaluación Primaria.
     
    En esta fase se debe establecer una valoración de las consecuencias producidas por la emergencia. Constituye una tarea destinada a objetivar las reales dimensiones del problema. Para tal efecto, el presente plan dispone el Sistema de Evaluación de Daños y Necesidades, el que apunta a objetivar respuestas para consultas claves para dimensionar y localizar el daño y la afectación, con énfasis en que la evaluación debe estar centrada en las personas.
    Como primera tarea es necesario clasificar el tipo de emergencia y su manifestación, lo que determinará las acciones y recursos que se destinen.
    Luego se determinan los daños, es decir, los perjuicios o efectos nocivos ocasionados por la emergencia. Lo anterior se constata con efectos sobre las personas (heridos, damnificados, etc.); en la infraestructura (caída de puentes, edificios, cortes de caminos, etc.) y servicios básicos (suspensión de energía eléctrica, comunicaciones, agua, etc.); y en el medioambiente (contaminación del agua, polvo en suspensión, etc.).
    De acuerdo al tipo de emergencia y los daños registrados, se generan necesidades que deben ir satisfaciéndose progresivamente para restablecer la normalidad del área afectada.
    La disponibilidad de recursos humanos, materiales y financieros al momento de ocurrir una emergencia, asociada a los daños y necesidades, determina la capacidad de respuesta.
     
    e. Decisiones.
     
    De acuerdo a los daños, y a las respectivas necesidades evaluadas, el Mando de Autoridad adoptará las decisiones de atención y normalización de la situación en el menor plazo posible, en función de los antecedentes provistos por los Mandos Técnicos y de Coordinación, así como por los miembros de los Comités de GRD en el nivel respectivo.
    La prioridad en la toma de decisión debe considerar al menos, de acuerdo al tipo de emergencia: la disposición de evacuaciones, información a la comunidad, acciones para superar la emergencia, habilitación de albergues, restitución de servicios básicos y conectividad, y asignación de tareas especiales.
     
    f. Evaluación Secundaria.
     
    La evaluación secundaria o complementaria, tiene por objetivo obtener antecedentes más acabados sobre el impacto de la emergencia. Esta evaluación incluye un seguimiento a la comunidad afectada, y una profundización sobre los daños a la infraestructura, los servicios y el medioambiente. De acuerdo con los antecedentes que se recopilen, se adoptarán nuevas decisiones en función de normalizar la situación del área afectada. También en esta etapa se evalúa la efectividad de las decisiones adoptadas a partir de la primera evaluación.
     
    g. Reformulación de Planes.
     
    Esta fase, a cargo del Comité de GRD, permite extraer lecciones a aprender, con el objeto de incorporar medidas correctivas y perfeccionar la planificación.
    La metodología Acceder debe ser utilizada para elaborar el Plan de Emergencia, en todos los niveles.
    Se debe tener siempre presente que el núcleo o soporte clave de una respuesta eficiente a emergencias, es la evaluación oportuna de la misma, para disponer las acciones y recursos que sean necesarios para el control de la situación.




    9.1. Cuadro de Control de Cambios   

    .

    9.2. Terminología

    A

    Afectados: Nº de personas que con ocasión de una emergencia o desastre ven perturbado directamente su quehacer habitual, afectando su calidad de vida. Especialmente aplicable en casos de cortes de energía eléctrica, teléfono, agua y aislamiento.

    Amenaza: Fenómeno de origen natural (geológico, hidrometeorológico, otros), biológico o antrópico, que puede ocasionar pérdidas, daños y trastornos a la población, infraestructura, servicios, medios de vida o medio ambiente.
    Se pueden clasificar según su origen en, naturales, biológicas o antrópicas. Así también, se evalúan en función de su intensidad o magnitud, frecuencia, duración, probabilidad y ubicación espacial, según el fenómeno a caracterizar. Se considera un factor externo, presente en el entorno per se, ajeno a la intervención del ser humano.

    Alarma: Es la primera acción de respuesta y corresponde al aviso cierto, de la inminencia o presencia de una amenaza. La alarma, implica a su vez, una señal por medio de la cual se informa a la comunidad con instrucciones específicas, y a los organismos del sistema de protección civil que activen procedimientos ad-hoc a la situación de emergencia.

    Alerta: Concepto asociado a la fase de Prevención del Ciclo de Manejo del Riesgo, se define como un estado declarado de atención, con el fin de tomar precauciones específicas, debido a la probable y cercana ocurrencia de un evento o incidente adverso. Se tipifican tres tipos de alerta según gravedad e intensidad del evento o incidente ocurrido; Alerta temprana preventiva (alerta verde), Alerta Amarilla, Alerta Roja.

    Albergados: Nº de personas que con ocasión de una emergencia o desastre habitan temporalmente en un lugar especialmente habilitado para la atención de éstos.
    Ayuda Mutua: Es la prestación de asistencia humana, técnica y material entre entidades miembros del Sistema de Protección Civil, tanto para la acción preventiva mancomunada, como frente a una emergencia que sobrepase las posibilidades individuales de operación, o amenace con hacerlo.

    C

    Catástrofe: Es una situación, que por sus efectos, resultan insuficientes los medios y recursos del nivel nacional, siendo requerido el aporte de la comunidad internacional.

    Capacidad de Respuesta: Es la capacidad de articulación y gestión de los recursos humanos, materiales, técnicos y financieros, con que cuenta una comunidad en un territorio determinado, de acuerdo a lo establecido en un plan de emergencia o respuesta ante situaciones de emergencia o desastre.

    Ciclo de Manejo del Riesgo: Modelo de acción, que sistematiza las acciones a implementar frente a los riesgos en diferentes instancias, en relación a la ocurrencia de un evento o incidente adverso. Las etapas del ciclo de manejo del riesgo, pueden ser sintetizadas en tres grandes fases: Fase de Prevención, Fase de Respuesta y Fase de Recuperación.

    Centro de Acopio y Distribución: Corresponde al espacio físico en donde se implementan sistemas de bodega para el almacenamiento, organización y posterior distribución de elementos de primera necesidad, tales como alimentos, abrigo, viviendas de emergencia, entre otros.

    D

    Damnificados: Nº de personas que han sufrido, en su persona, los familiares que viven a sus expensas, sus bienes y/o en su condición de habitabilidad, daños evaluables y cuantificables provocados directamente por una emergencia o desastre. También se consideran damnificadas las personas que por la misma causa, hayan perdido su fuente laboral, ocupación o empleo.

    Daños: Corresponde a los perjuicios o efectos nocivos cuantificables, ocasionados por la emergencia. Lo anterior puede incluir efectos en la propia comunidad, en la infraestructura, las comunicaciones y otros.

    Desaparecidos: Nº de personas que con ocasión de una emergencia o desastre no han sido ubicadas o presuntivamente han fallecido y no han podido ser calificadas como tales, por las instancias correspondientes.

    E

    Emergencia: Es un evento o incidente causado por la naturaleza o por la actividad humana que produce una alteración en un sistema, pero que no excede o supera su capacidad de respuesta.

    Etapa de Prevención: Son todas aquellas actividades destinadas a suprimir o evitar, en forma definitiva, que sucesos naturales o generados por la actividad humana causen daño.

    Etapa de Mitigación: Son todas aquellas actividades tendientes a reducir o aminorar el riesgo, reconociendo que en ocasiones es imposible evitar la ocurrencia de un evento.

    Etapa de Preparación: Conjunto de medidas y acciones previas al evento o incidente destructivo, destinadas a reducir al mínimo la pérdida de vidas humanas, y otros daños, organizando las medidas y procedimientos de respuesta y rehabilitación para que éstas sean oportunas y eficaces.

    Etapa de Rehabilitación: Consiste en la recuperación, en el corto plazo, de los servicios básicos e inicio de la reparación del daño físico, social y económico. Apunta a proveer a las comunidades afectadas de al menos seis elementos sustantivos: alimento, agua, abrigo, luz, refugio y comunicación.

    Etapa de Reconstrucción: Consiste en la reparación y/o reemplazo, a mediano y largo plazo, de la infraestructura dañada y en la restauración y/o perfeccionamiento de los sistemas de producción.

    Evento o Incidente: Acontecimiento, ya sea de origen natural o producto de la acción humana, que requiere de una respuesta para proteger la vida, los bienes y el medio ambiente.

    Exposición: Está definida por la localización de la población, infraestructura, servicios, medios de vida, medio ambiente u otros elementos presentes en un área de impacto producto de la manifestación de una o varias amenazas.
    Permite identificar los elementos susceptibles de ser afectados, emplazados en áreas de amenaza. Es un sine qua non3 para expresar el riesgo de desastres, transformándose en la componente que permite que la interrelación entre amenaza y vulnerabilidad se traduzca en un determinado riesgo. Debe considerarse en su descripción, el tiempo de exposición y la tipología de los elementos expuestos.

    F

    Fase de Prevención: Concepto asociado al Ciclo de Manejo del Riesgo, involucra todas aquellas actividades previas a la ocurrencia de un evento o incidente adverso, a fin de evitarlo o suprimirlo definitivamente y, de no ser posible, reducir al máximo los efectos que sobre las personas, los bienes y el ambiente pueda llegar a provocar. Considera las etapas de prevención propiamente tal, mitigación y preparación.

    Fase de Respuesta: Corresponde a las actividades propias de atención y control de un evento o incidente destructivo. Estas actividades se llevan a cabo inmediatamente de iniciado u ocurrido el evento o incidente y tienen por objetivo salvar vidas, reducir el impacto en la comunidad afectada y disminuir las pérdidas.

    Fase de Recuperación: Son las actividades destinadas a recuperar, en una primera etapa, las condiciones básicas de vida, y en una segunda etapa, volver al estado de desarrollo previo y, si es posible, superar ese nivel. Considera las etapas de Rehabilitación y Reconstrucción.

    G

    Gestión Integral del Riesgo: Enfoque y práctica sistemática de gestionar la incertidumbre para minimizar los daños y las pérdidas potenciales. Este enfoque abarca la evaluación y análisis del riesgo (interrelación e interacción entre amenazas y vulnerabilidades), como también la ejecución de estrategias y acciones específicas para controlar, reducir y transferir el riesgo.

    Gestión Correctiva o Compensatoria: Concepto asociado a la Gestión del Riesgo, entendida como la acción que pretende reducir los niveles existentes de riesgo, revirtiendo procesos negativos consolidados en el tiempo o interviniendo en la vulnerabilidad, que por lo general requieren de una alta inversión económica.

    Gestión Prospectiva: Concepto asociado a la Gestión del Riesgo, entendido como la acción que busca evitar y controlar el riesgo de nuevos desarrollos. Requieren de un alto grado de conciencia, preocupación y compromiso con la reducción del riesgo.

    H

    Heridos: Nº de personas que con ocasión de una emergencia o desastre son atendidas en los servicios de salud.
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3    Condición sin la cual no.

    I

    Impactos: Corresponde a los cambios o modificaciones que, a partir del evento o incidente adverso, se producen en las condiciones de vida de las personas, en sus interacciones habituales, su entorno, su habitabilidad, su lugar de trabajo, su estado psicológico, vale decir, los desequilibrios que se producen en su habitualidad, los que no siempre pueden ser cuantificados.

    M

    Manejo del Evento o Incidente: Concepto asociado a la ocurrencia de una emergencia, implica la tipificación del evento, la aplicación de procedimientos específicos de contención, control y extinción por parte de los organismos especializados y la aplicación de planes de contingencia específicos. Lo anterior implica el monitoreo del estado de situación del evento, evaluando y analizando la capacidad de respuesta respecto a los recursos involucrados, la definición de nuevos cursos de acción si fuese procedente acorde al control o avance del evento, el establecimiento de las zonas de gestión operativas y otras acciones que permitan un correcto y efectivo manejo de la situación.

    Manejo de la Emergencia: Corresponde al desarrollo de una gestión integral que involucra el control del evento, sus impactos en la población, bienes y entorno, el establecimiento de alertas, la evacuación, la coordinación y movilidad de recursos, la evaluación de daños y necesidades y la permanente información a la autoridad superior y a la comunidad, entre otras acciones.

    Muertos: Nº de personas que con ocasión de una emergencia o desastre fallecen y han sido plenamente identificadas como tales por los organismos competentes.

    N

    Necesidades: Este aspecto apunta directamente a satisfacer las demandas de las personas de acuerdo a la situación creada. Pueden generarse necesidades de primeros auxilios, albergues, habilitación de rutas alternativas, rescate, traslado a centros asistenciales, entre otros. La prioridad debe centrarse en las necesidades básicas de vida de las personas: techo, alimentación, luz, agua y abrigo.

    P

    Protección Civil: Sistema por el que cada país proporciona protección a las personas, sus bienes y el medio ambiente ante situaciones de emergencia, desastre o catástrofe.

    Plan DEDO$: Método que permite a las autoridades y administradores de situaciones de emergencia recordar, en forma simple, los elementos claves que se deben tener en cuenta para una efectiva y eficiente toma de decisiones ante la ocurrencia de una emergencia, desastre o catástrofe. Implica la evaluación de los daños, la evaluación de las necesidades, la toma de decisiones, la oportunidad en el tiempo de ejecución de acciones y los recursos involucrados.

    R

    Recursos de Emergencia: Todo elemento, acción, situación o instancia del Sistema de Protección Civil que es utilizado en las Fases de Respuesta y Rehabilitación con el fin de atender a la comunidad afectada, contener y controlar el evento o incidente ocurrido. Pueden clasificarse en Recursos Humanos, Financieros, Técnicos y Materiales.

    Resiliencia: Da cuenta de un proceso dinámico asociado a la capacidad de un sistema y de sus componentes, tales como población, infraestructura, servicios, medios de vida o medio ambiente entre otros, para anticipar, resistir4, absorber, adaptar y recuperarse de los efectos de un evento, de manera integral, oportuna y eficaz, incluso garantizando la preservación, restauración o mejora de sus estructuras y funciones básicas.
    Permite dimensionar la habilidad de un sistema con la cual una comunidad se recupera inmediatamente posterior a la ocurrencia de un evento, y cómo supera el estado existente previo al desastre. Cuentan para la evaluación de la resiliencia aspectos como la redundancia, rapidez, robustez y habilidad5.

    Riesgo: Es la potencialidad de experimentar daños y pérdidas de vidas humanas, sociales, económicas o ambientales en un área particular y durante un periodo de tiempo definido, como consecuencia de la interacción dinámica entre alguna amenaza y la vulnerabilidad de los elementos expuestos a ésta.
    Puede clasificarse como riesgo intensivo (se producen grandes pérdidas por ocurrencia de eventos de gran intensidad y baja frecuencia); o riesgo extensivo (pérdidas provocadas por un gran número de eventos de menor magnitud, pero de alta frecuencia en el tiempo).

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4    Se relaciona con la "coping capacity" o afrontamiento. Capacidad de las personas, organizaciones y sistemas utilizando las habilidades y los recursos disponibles, para manejar condiciones adversas, riesgos o desastres.
5    De la traducción del concepto "resourcefullness", que tiene relación con la capacidad de tratar con habilidad y prontitud nuevas situaciones, dificultades.

    S

    Sistema Nacional de Protección Civil: Es la organización de diversos organismos bajo la coordinación de la Oficina Nacional de Emergencia -ONEMI- del Ministerio del Interior y Seguridad pública, que comparten la meta de contribuir a la seguridad de las personas, sus bienes y el medio ambiente. Sistema que coordina recursos humanos, económicos y técnicos estableciendo protocolos de coordinación.

    U

    Uso Escalonado de Recursos: Se refiere al empleo racional y ordenado de medios disponibles para una efectiva y eficiente acción integral en Protección Civil.

    V

    Vulnerabilidad: Características o condiciones propias de la población, infraestructura, servicios, medios de vida o medio ambiente, que los hacen susceptibles a sufrir trastornos, daños o pérdidas, por el impacto de una determinada amenaza.
    Pueden clasificarse según diferentes tipologías tales como, socio-demográficas, económicas, físicas, ambientales, psicológicas, entre otras. Se consideran un factor intrínseco del elemento a analizar, sobre el cual se puede realizar gestión para reducirla. En términos simples, da cuenta de la propensión o predisposición a que un elemento resulte afectado adversamente.




    Anótese, comuníquese y publíquese, Mahmud Aleuy Peña y Lillo, Ministro del Interior y Seguridad Pública (S).
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Luis Correa Bluas, Subsecretario del Interior (S).