CIRCULAR
Bancos N° 3.588
Santiago, 25 de septiembre de 2015

COMPENDIO DE NORMAS CONTABLES. Capítulos A-1, B-1, B-3 y C-3.

Modifica instrucciones específicas que se indican.

    Con el objeto de actualizar o precisar algunas instrucciones, por medio de esta Circular se introducen los siguientes cambios menores en el Compendio de Normas Contables, por las razones que en cada caso se indican:

A)  Se suprime el N° 6 del Capítulo A-1, por tratarse de un texto meramente informativo sobre el carácter transitorio de algunas normas que se incluyeron en su oportunidad en el Compendio.

B)  Para salvar una discordancia entre lo indicado los numerales 3.1 y 3.2 del Capítulo B-1, se reemplaza la letra a) del segundo párrafo del numeral 3.2, por la siguiente: "a) los créditos hipotecarios para vivienda cuya morosidad sea inferior a 90 días, salvo que el deudor tenga otro crédito del mismo tipo con mayor morosidad;"

C)  Debido a que las disposiciones sobre "Cartas de garantía interbancarias" se derogaron  mediante la Circular N° 3.549 de 30 de abril de 2013, se suprime el literal e) del N° 2 del Capítulo B-3, cambiándose el orden correlativo de las letras siguientes. El  mismo cambio se efectúa en el cuadro del N° 3 de este Capítulo.

D)  En el N° 2 del título II del Capítulo C-3 se rectifica el texto en que se describe el contenido del ítem 1304.9.01, reemplazándose la expresión "1304.1, 1304.1 ó 1304.4", por "1304.1, 1304.2, 1304.4 o 1304.5".

E)  Modificaciones en las líneas o ítems de la estructura de información contable para la esta Superintendencia:

i)  Se agrega el siguiente ítem, para la eventualidad de que un banco emita tarjetas con provisión de fondos:

    2100.2.07 Tarjetas de pago con provisión de fondos
ii)  Se suprimen las siguientes líneas e ítems en la información complementaria consolidada e individual:

Consolidada  Individual

        8316        9316    Cartas de garantía interbancarias
        8618.1      9618.1    Créditos para estudios superiores Ley N° 20.027
        8618.9      9618.9    Otros
        8626        9626    Cartas de garantía interbancarias
        8628.1      9628.1    Créditos para estudios superiores Ley N° 20.027
        8628.9      9628.9    Otros
        8636        9636    Cartas de garantía interbancarias
        8638.1      9638.1    Créditos para estudios superiores Ley N° 20.027
        8638.9      9638.9    Otros
        8646        9646    Cartas de garantía interbancarias
        8648.1      9648.1    Créditos para estudios superiores Ley N° 20.027
        8648.9      9648.9    Otros
        8666        9666    Cartas de garantía interbancarias
        8668.1      9668.1    Créditos para estudios superiores Ley N° 20.027
        8668.9      9668.9    Otros

    Los cambios en la estructura de la información contable señalados en  la letra E) precedente, tendrán efecto a contar del 31 de octubre próximo.

    Se reemplazan las siguientes hojas del Compendio de Normas Contables por las que se acompañan: N° 3 del Capítulo A-1; N° 13 del Capítulo B-1; N°s. 1 y 2 del Capítulo B-3; y, N°s. 11, 24, 30, 66, 68, 69, 76, 78 y 79 del Capítulo C-3. Además, debe eliminarse la hoja N° 4 del Capítulo A-1.

    Saludo atentamente a Ud.,

    ERIC PARRADO HERRERA
    Superintendente de Bancos e
    Instituciones Financieras
 
Capítulo A-1
Hoja 3

Del mismo modo, las instrucciones relativas a la aplicación de criterios contables dispuestos por esta Superintendencia, al igual que los estándares de contabilidad financiera en general, en ningún caso pretenden regular o uniformar la contabilidad interna de los bancos (libros, planes de cuenta, etc.), asunto que es tratado en el Capítulo D-1.

4.  Alcance de las normas de este Compendio

Las disposiciones de este Compendio que se refieran a operaciones que los bancos no pueden realizar según las disposiciones legales o reglamentarias vigentes, deben entenderse referidas a los criterios que han de seguirse para los estados financieros consolidados con entidades del país o del exterior que podrían realizar esas operaciones.

En todo caso, las filiales bancarias fiscalizadas por esta Superintendencia deben aplicar los mismos criterios contables que su matriz en todo lo que se refiere a valoración y reconocimiento de resultados (no así, claro está, en materia de formatos de estados financieros, estructura de información mensual para la SBIF o criterios de revelación en notas, que en este Compendio están tratadas sólo para las empresas bancarias). Lo mismo ocurre con las sociedades de apoyo al giro fiscalizadas por esta Superintendencia, en cuanto a que deben aplicar los criterios contables establecidos en este Compendio, en lo que sea pertinente.

Para tratar las diferencias de criterios contables que pudieren existir con las filiales no fiscalizadas por esta Superintendencia o con las sucursales en el exterior, es obligación de los bancos obtener oportunamente de sus subsidiarias toda la información necesaria para homologar los criterios contables para efectos de la consolidación.

5.  Situación de los PCGA chilenos mencionados en estas normas

El presente Compendio se refiere a los PCGA chilenos que a¬ún no han sido emitidos por el Colegio de Contadores de Chile A.G. La aplicación de los nuevos criterios contables en lo que ese Colegio se encuentra todavía trabajando a la fecha de emisión de las presentes normas, dependerá, en consecuencia, de la finalización de ese trabajo. No obstante, los criterios que deberán aplicarse para la preparación de los estados financieros son conocidos de antemano, puesto que el proyecto de nuevas normas locales persigue la adopción integral de los criterios internacionales acordados por el IASB.

Capítulo B-1
Hoja 13

   

3.2  Cartera en incumplimiento

La cartera en incumplimiento comprende todas las colocaciones y el 100% del monto de los créditos contingentes, de los deudores que al cierre de un mes presenten un atraso igual o superior a 90 días en el pago de intereses o capital de algún crédito. También incluirá a los deudores a los que se les otorgue un crédito para dejar vigente una operación que presentaba más de 60 días de atraso en su pago, como asimismo a aquellos deudores que hayan sido objeto de reestructuración forzosa o condonación parcial de una deuda.

Podrán excluirse de la cartera en incumplimiento: a) los créditos hipotecarios para vivienda, cuya morosidad sea inferior a 90 días, salvo que el deudor tenga otro crédito del mismo tipo con mayor morosidad; y, b) los créditos para financiamiento de estudios superiores de la Ley  N° 20.027, que aún no presenten las condiciones de incumplimiento señaladas en la Circular N° 3.454 de 10 de diciembre de 2008.

Todos los créditos del deudor deberán mantenerse en la Cartera en Incumplimiento hasta tanto no se observe una normalización de su capacidad o conducta de pago, sin perjuicio de proceder al castigo de cada crédito en particular que cumpla la condición señalada en el título II del Capítulo B-2. Para remover a un deudor de la Cartera en Incumplimiento, una vez superadas las circunstancias que llevaron a clasificarlo en esta cartera según las presentes normas, deberán cumplirse al menos las siguientes condiciones copulativas:

    i)  Ninguna obligación del deudor presenta un atraso en su
          pago superior a 30 días corridos.
    ii)  No se le han otorgado nuevos refinanciamientos para pagar
          sus obligaciones.
    iii) Al menos uno de los pagos efectuados incluye amortización
          de capital.
    iv)  Si el deudor tuviere algún crédito con pagos parciales en
          periodos inferiores a seis meses, ya ha efectuado dos
          pagos.
    v)  Si el deudor debe pagar cuotas mensuales por uno o más
          créditos, ha pagado cuatro cuotas consecutivas.
    vi)  El deudor no aparece con deudas directas impagas en la
          información que refunde esta Superintendencia, salvo por
          montos insignificantes.

La condición del numeral iii) no se aplica en el caso de deudores que solamente tienen créditos para financiamiento de estudios superiores de acuerdo con la Ley N° 20.027.

Capítulo B-3
Hoja 1

Capítulo B-3

CRÉDITOS CONTINGENTES

1.  Créditos contingentes

Para efecto de las presentes normas, se entienden como créditos contingentes las operaciones o compromisos en que el banco asume un riesgo de crédito al obligarse ante terceros, frente a la ocurrencia de un hecho futuro, a efectuar un pago o desembolso que deberá ser recuperado de sus clientes.

2.  Tipos de créditos contingentes

Según el tipo de compromiso que el banco asume, los distintos tipos de créditos contingentes que se consideran para estas normas son los siguientes:

a)  Avales y fianzas

Comprende los avales, fianzas y cartas de crédito stand by a que se refiere el Capítulo 8-10 de la Recopilación Actualizada de Normas. Además, comprende las garantías de pago de los compradores en operaciones de factoraje, según lo indicado en el Capítulo 8-38 de esa Recopilación.

b)  Cartas de crédito del exterior confirmadas

Corresponde a las cartas de crédito confirmadas por el banco.

c)  Cartas de crédito documentarias

Incluye las cartas de créditos documentarias emitidas por el banco, que aún no han sido negociadas.

d)  Boletas de garantía

Corresponde a las boletas de garantía enteradas con pagaré a que se refiere el Capítulo 8-11 de la Recopilación Actualizada de Normas.

Capítulo B-3
Hoja 2

e)  Líneas de crédito de libre disposición

Considera los montos no utilizados de líneas de crédito que permiten a los clientes hacer uso del crédito sin decisiones previas por parte del banco (por ejemplo, con el uso de tarjetas de crédito o sobregiros pactados en cuentas corrientes).

f)  Otros compromisos de crédito

Comprende los montos no colocados de créditos comprometidos, que deben ser desembolsados en una fecha futura acordada o cursados al ocurrir los hechos previstos contractualmente con el cliente, como ocurre en el caso de líneas de crédito irrevocables vinculadas al estado de avance de proyectos (en que para efectos de provisiones debe considerarse tanto la exposición bruta a que se refiere el N° 3 como los incrementos futuros del monto de las garantías asociadas a los desembolsos comprometidos), o de los créditos para estudios superiores a que se refiere la Ley N° 20.027.

g)  Otros créditos contingentes

Incluye cualquier otro tipo de compromiso del banco que pudiere existir y que puede dar origen a un crédito efectivo al producirse ciertos hechos futuros. En general, comprende operaciones infrecuentes tales como la entrega en prenda de instrumentos del banco para garantizar el pago de operaciones de crédito entre terceros u operaciones con derivados contratados por cuenta de terceros que pueden implicar una obligación de pago y no se encuentran cubiertos con depósitos.

3.  Exposición al riesgo de crédito

Para calcular las provisiones según lo indicado en el Capítulo B-1, el monto de la exposición que debe considerarse será equivalente al porcentaje de los montos de los créditos contingentes que se indica a continuación:

       

No obstante, cuando se trate de operaciones efectuadas con clientes que tengan créditos en incumplimiento según lo indicado en el Capítulo B-1, dicha exposición será siempre equivalente al 100% de sus créditos contingentes.

Capítulo C-3
Hoja 11

2000  PASIVOS

2100  DEPOSITOS Y OTRAS OBLIGACIONES A LA VISTA
2100.1  Cuentas corrientes
        2100.1.01 Cuentas corrientes de bancos del país
        2100.1.02 Cuentas corrientes de bancos del exterior
        2100 1 09 Cuentas corrientes de otras personas jurídicas
        2100.1.10 Cuentas corrientes de personas naturales
2100.2  Otros depósitos y cuentas a la vista
        2100.2.01 Vales vista
        2100.2.04 Cuentas de depósito a la vista
        2100.2.07 Tarjetas de pago con provisión de fondos
2100.3  Otras obligaciones a la vista
        2100.3.01 Depósitos por consignaciones judiciales
        2100.3.02 Boletas de garantía pagaderas a la vista
        2100.3.11 Recaudaciones y cobranzas efectuadas por enterar
        2100.3.21 Pagos por efectuar por venta de instrumentos financieros
        2100.3.25 Retornos de exportaciones por liquidar
        2100.3.26 Ordenes de pago pendientes
        2100.3.51 Amortizaciones extraordinarias letras de crédito
        2100.3.61 Pagos a cuenta de créditos por liquidar
        2100.3.81 Saldos inmovilizados artículo 156 LGB
        2100.3.82 Depósitos a plazo vencidos
        2100.3.83 Cupones de bonos y letras de crédito vencidos
        2100.3.90 Otras obligaciones a la vista

2130  OPERACIONES CON LIQUIDACION EN CURSO
        2130.0.01 Pagos de contrapartes por liquidar - bancos
        2130.0.09 Divisas pendientes de transferencia - bancos
        2130.0.11 Pagos de contrapartes por liquidar - otros
        2130.0.19 Divisas pendientes de transferencia - otros

2160  CONTRATOS DE RETROCOMPRA Y PRÉSTAMOS DE VALORES
2160.1  Operaciones con bancos del país
        2160.1.01 Contratos de retrocompra - otros bancos
        2160.1.02 Contratos de retrocompra – Banco Central
        2160.1.51 Obligaciones por préstamos de valores
2160.2  Operaciones con otras entidades
        2160.2.01 Contratos de retrocompra
        2160.2.51 Obligaciones por préstamos de valores

2200  DEPOSITOS Y OTRAS CAPTACIONES A PLAZO
2200.1  Depósitos a plazo
2200.2  Cuentas de ahorro a plazo
        2200.2.01 Cuentas de ahorro con giro diferido
        2200.2.02 Cuentas de ahorro con giro incondicional
2200.9  Otros saldos acreedores a plazo
        2200.9.01 Boletas de garantía pagaderas con 30 días de aviso
        2200.9.90 Otros

Capítulo C-3
Hoja 24

1304.9  Otros créditos y cuentas por cobrar
Incluye otros créditos y cuentas por cobrar, separados según:

          1304.9.01 Créditos complementarios
          En este ítem se informarán los créditos cursados para la adquisición, ampliación, reparación o construcción de la vivienda, complementarios a los otorgados mediante los mutuos hipotecarios incluidos en las líneas 1304.1, 1304.2, 1304.4 o 1304.5.

          1304.9.11 Créditos de enlace
          En este ítem se informarán los créditos de enlace otorgados previos al perfeccio-namiento de los mutuos hipotecarios antes mencionados.

          1304.9.81 Cuentas por cobrar a deudores para vivienda
          En este ítem se informarán las cuentas por cobrar a deudores de créditos para vivienda o contrapartes de operaciones de leasing para vivienda.

1305 COLOCACIONES DE CONSUMO

Comprende todos los créditos otorgados a personas naturales que pueden ser destinados por el deudor a la adquisición de bienes de consumo o servicios, con excepción de los préstamos estudiantiles (línea 1302.6). Incluye los préstamos de distinto tipo (en cuotas o rotativos), como asimismo los saldos provenientes de la utilización de tarjetas de crédito o sobregiros en cuentas corrientes de personas naturales. Además, las colocaciones de consumo comprenden las operaciones de leasing de consumo y otras cuentas por cobrar. Cualquier crédito otorgado para pagar o reestructurar todo o parte de los créditos antes descritos, debe incluirse también en este rubro.

No se incluyen dentro de las colocaciones de consumo aquellos créditos que se otorgan para financiar una actividad empresarial de cualquier magnitud que desarrolla o desarrollará el deudor.

    1305.1 Créditos de consumo en cuotas

    1305.3 Deudores en cuentas corrientes
    En esta línea se presentan los saldos vigentes de los sobregiros en cuenta corriente a que se refiere el Capítulo 8-1 de la Recopilación Actualizada de Normas, clasificados como colocaciones de consumo.

    1305.4 Deudores por tarjetas de crédito

          1305.4.01 Créditos por tarjetas de crédito
          Corresponde a los saldos originados por el uso de tarjetas de crédito cuyos titulares no son empresas, con excepción de los que se informan en el ítem siguiente.

          1305.4.02 Utilizaciones de tarjetas de crédito por cobrar
          Incluye los saldos por el uso de tarjetas de crédito cuyos titulares no son empresas y que aún no han sido pagados por el banco emisor. No obstante, si la obligación del banco se solucionara después de la fecha en que vencen los estados de cuenta del cliente, los importes incluidos en ese estado deben reflejarse en el ítem 1305.4.01 anterior.

Capítulo C-3
Hoja 30

2000    PASIVOS

2100    DEPOSITOS Y OTRAS OBLIGACIONES A LA VISTA
En este rubro se incluirán todas las obligaciones a la vista, con excepción de las cuentas de ahorro a plazo, que por sus características especiales no se consideran a la vista. Se entiende que son obligaciones a la vista aquellas cuyo pago pudo ser requerido en el período, es decir, no se consideran a la vista aquellas operaciones que pasan a ser exigibles el día siguiente del cierre.

    2100.1 Cuentas corrientes
    En esta línea se presentan los saldos de las cuentas corrientes bancarias. Aquellas cuentas corrientes con saldos deudores se incluyen en las respectivas líneas correspondientes a créditos comerciales (1302.3) y de consumo (1305.3), o en los ítems 1270.1.14 ó 1270.2.04, si se tratara de cuentas de bancos. Las cuentas corrientes se separarán entre:
 
                2100.1.01 Cuentas corrientes de bancos del país
        2100.1.02 Cuentas corrientes de bancos del exterior
        2100 1 09 Cuentas corrientes de otras personas
                                jurídicas
        2100.1.10 Cuentas corrientes de personas naturales

    2100.2 Otros depósitos y cuentas a la vista

          2100.2.01 Vales vista

          2100.2.04 Cuentas de depósito a la vista
          Comprende las cuentas a la vista en general, incluidas las reguladas por el Banco Central de Chile como "Cuentas de ahorro a la vista".

          2100.2.07 Tarjetas de pago con provisión de fondos

      2100.3 Otras obligaciones a la vista
      En esta línea se incluyen las demás obligaciones a la vista, en que se detallará:

          2100.3.01 Depósitos por consignaciones judiciales
          2100.3.02 Boletas de garantía pagaderas a la vista
          2100.3.11 Recaudaciones y cobranzas efectuadas por enterar
          2100.3.21 Pagos por efectuar por venta de instrumentos financieros
          2100.3.25 Retornos de exportaciones por liquidar
          2100.3.26 Ordenes de pago pendientes
          2100.3.51 Amortizaciones extraordinarias de letras de crédito
          2100.3.61 Pagos a cuenta de créditos por liquidar
          2100.3.81 Saldos inmovilizados artículo 156 LGB
          2100.3.82 Depósitos a plazo vencidos
          2100.3.83 Cupones de bonos y letras de crédito vencidos
          2100.3.90 Otras obligaciones a la vista

Capítulo C-3
Hoja 66

    8214 Colocaciones para vivienda
    8214.1 Préstamos con letras de crédito
    8214.2 Préstamos con mutuos hipotecarios endosables
    8214.3 Otros créditos con mutuos para vivienda
    8214.4 Préstamos con mutuos financiados con bonos hipotecarios
    8214.8 Operaciones de leasing para vivienda
    8214.9 Otros créditos y cuentas por cobrar
    8215 Colocaciones de consumo
    8215.1 Créditos de consumo en cuotas
    8215.6 Deudores en cuentas corrientes
    8215.7 Deudores por tarjetas de crédito
    8215.8 Operaciones de leasing de consumo
    8215.9 Otros créditos y cuentas por cobrar

    INFORMACION SOBRE CONTINGENCIAS, COMPROMISOS Y RESPONSABILIDADES:

    8310 CREDITOS CONTINGENTES
    8311 Avales y fianzas
    8311.1 Avales y fianzas en moneda chilena
    8311.2 Avales y fianzas en moneda extranjera
    8312 Cartas de crédito del exterior confirmadas
    8314 Cartas de créditos documentarias emitidas
    8315 Boletas de garantía
    8315.1 Boletas de garantía en moneda chilena
    8315.2 Boletas de garantía en moneda extranjera
    8317 Líneas de crédito con disponibilidad inmediata
    8318 Otros compromisos de crédito
    8318.1 Créditos para estudios superiores Ley N° 20.027
    8318.9 Otros
    8319 Otros créditos contingentes

    8320 OPERACIONES POR CUENTA DE TERCEROS
    8321 Cobranzas
    8321.2 Cobranzas del país
    8323 Colocación o venta de instrumentos financieros
    8323.1 Colocación de emisiones de valores de oferta pública
    8323.5 Venta de letras de crédito de operaciones del banco
    8323.6 Venta de otros instrumentos
    8325 Activos financieros transferidos administrados por el banco
    8325.1 Activos cedidos a Compañías de Seguros
    8325.2 Activos securitizados
    8325.3 Otros activos cedidos a terceros
    8329 Recursos de terceros gestionados por el banco
    8329.1 Activos financieros gestionados a nombre de terceros
    8329.2 Otros activos gestionados a nombre de terceros
    8329.3 Activos financieros adquiridos a nombre propio
    8329.4 Otros activos adquiridos a nombre propio

Capítulo C-3
Hoja 68

    CARTERAS CORRESPONDIENTES A CRÉDITOS CONTINGENTES:

    8610 CARTERA NORMAL EVALUACION INDIVIDUAL
    8611 Avales y fianzas
    8612 Cartas de crédito del exterior confirmadas
    8614 Cartas de crédito documentarias emitidas
    8615 Boletas de garantía
    8617 Líneas de crédito con disponibilidad inmediata
    8618 Otros compromisos de crédito
    8619 Otros créditos contingentes

    8620 CARTERA SUBESTANDAR EVALUACION INDIVIDUAL
    8621 Avales y fianzas
    8622 Cartas de crédito del exterior confirmadas
    8624 Cartas de crédito documentarias emitidas
    8625 Boletas de garantía
    8627 Líneas de crédito con disponibilidad inmediata
    8628 Otros compromisos de crédito
    8629 Otros créditos contingentes

    8630 CARTERA EN INCUMPLIMIENTO EVALUACION INDIVIDUAL
    8631 Avales y fianzas
    8632 Cartas de crédito del exterior confirmadas
    8634 Cartas de crédito documentarias emitidas
    8635 Boletas de garantía
    8637 Líneas de crédito con disponibilidad inmediata
    8638 Otros compromisos de crédito
    8639 Otros créditos contingentes

    8640 CARTERA NORMAL EVALUACION GRUPAL
    8641 Avales y fianzas
    8642 Cartas de crédito del exterior confirmadas
    8644 Cartas de crédito documentarias emitidas
    8645 Boletas de garantía
    8647 Líneas de crédito con disponibilidad inmediata
    8648 Otros compromisos de crédito
    8649 Otros créditos contingentes

    8660 CARTERA EN INCUMPLIMIENTO EVALUACION GRUPAL
    8661 Avales y fianzas
    8662 Cartas de crédito del exterior confirmadas
    8664 Cartas de crédito documentarias emitidas
    8665 Boletas de garantía
    8667 Líneas de crédito con disponibilidad inmediata
    8668 Otros compromisos de crédito
    8669 Otros créditos contingentes

Capítulo C-3
Hoja 69

    INFORMACION SOBRE MOROSIDAD DE CREDITOS:

    8910 CARTERA CON MOROSIDAD DE 90 DIAS O MAS
    8911 Adeudado por bancos
    8911.1 Bancos del país
    8911.2 Bancos del exterior
    8913 Colocaciones comerciales
    8913.1 Préstamos comerciales
    8913.4 Créditos de comercio exterior
    8913.5 Deudores en cuentas corrientes
    8913.6 Operaciones de factoraje
    8913.7 Préstamos estudiantiles
    8913.8 Operaciones de leasing comercial
    8913.9 Otros créditos y cuentas por cobrar
    8914 Colocaciones para vivienda
    8914.1 Préstamos con letras de crédito
    8914.2 Préstamos con mutuos hipotecarios endosables
    8914.3 Otros créditos con mutuos para vivienda
    8914.4 Préstamos con mutuos financiados con bonos hipotecarios
    8914.8 Operaciones de leasing para vivienda
    8914.9 Otros créditos y cuentas por cobrar
    8915 Colocaciones de consumo
    8915.1 Créditos de consumo en cuotas
    8915.6 Deudores en cuentas corrientes
    8915.7 Deudores por tarjetas de crédito
    8915.8 Operaciones de leasing de consumo
    8915.9 Otros créditos y cuentas por cobrar

Capítulo C-3
Hoja 76

    9214 Colocaciones para vivienda
    9214.1 Préstamos con letras de crédito
    9214.2 Préstamos con mutuos hipotecarios endosables
    9214.3 Otros créditos con mutuos para vivienda
    9214.4 Préstamos con mutuos financiados con bonos hipotecarios
    9214.8 Operaciones de leasing para vivienda
    9214.9 Otros créditos y cuentas por cobrar
    9215 Colocaciones de consumo
    9215.1 Créditos de consumo en cuotas
    9215.6 Deudores en cuentas corrientes
    9215.7 Deudores por tarjetas de crédito
    9215.8 Operaciones de leasing de consumo
    9215.9 Otros créditos y cuentas por cobrar

    INFORMACION SOBRE CONTINGENCIAS, COMPROMISOS Y RESPONSABILIDADES:

    9310  CREDITOS CONTINGENTES
    9311  Avales y fianzas
    9311.1  Avales y fianzas en moneda chilena
    9311.2  Avales y fianzas en moneda extranjera
    9312  Cartas de crédito del exterior confirmadas
    9314  Cartas de créditos documentarias emitidas
    9315  Boletas de garantía
    9315.1  Boletas de garantía en moneda chilena
    9315.2  Boletas de garantía en moneda extranjera
    9317  Líneas de crédito con disponibilidad inmediata
    9318  Otros compromisos de crédito
    9318.1  Créditos para estudios superiores Ley N° 20.027
    9318.9  Otros
    9319  Otros créditos contingentes

    9320  OPERACIONES POR CUENTA DE TERCEROS
    9321  Cobranzas
    9321.1  Cobranzas del exterior
    9321.2  Cobranzas del país
    9323  Colocación o venta de instrumentos financieros
    9323.1  Colocación de emisiones de valores de oferta pública
    9323.5  Venta de letras de crédito de operaciones del banco
    9323.6  Venta de otros instrumentos
    9325  Activos financieros transferidos administrados por el banco
    9325.1  Activos cedidos a Compañías de Seguros
    9325.2  Activos securitizados
    9325.3  Otros activos cedidos a terceros
    9329  Recursos de terceros gestionados por el banco
    9329.1  Activos financieros gestionados a nombre de terceros
    9329.2  Otros activos gestionados a nombre de terceros
    9329.3  Activos financieros adquiridos a nombre propio
    9329.4  Otros activos adquiridos a nombre propio

Capítulo C-3
Hoja 78

    CARTERAS CORRESPONDIENTES A CRÉDITOS CONTINGENTES:

    9610 CARTERA NORMAL EVALUACION INDIVIDUAL
    9611 Avales y fianzas
    9612 Cartas de crédito del exterior confirmadas
    9614 Cartas de crédito documentarias emitidas
    9615 Boletas de garantía
    9617 Líneas de crédito con disponibilidad inmediata
    9618 Otros compromisos de crédito
    9619 Otros créditos contingentes

    9620 CARTERA SUBESTANDAR EVALUACION INDIVIDUAL
    9621 Avales y fianzas
    9622 Cartas de crédito del exterior confirmadas
    9624 Cartas de crédito documentarias emitidas
    9625 Boletas de garantía
    9627 Líneas de crédito con disponibilidad inmediata
    9628 Otros compromisos de crédito
    9629 Otros créditos contingentes

    9630 CARTERA EN INCUMPLIMIENTO EVALUACION INDIVIDUAL
    9631 Avales y fianzas
    9632 Cartas de crédito del exterior confirmadas
    9634 Cartas de crédito documentarias emitidas
    9635 Boletas de garantía
    9637 Líneas de crédito con disponibilidad inmediata
    9638 Otros compromisos de crédito
    9639 Otros créditos contingentes

    9640 CARTERA NORMAL EVALUACION GRUPAL
    9641 Avales y fianzas
    9642 Cartas de crédito del exterior confirmadas
    9644 Cartas de crédito documentarias emitidas
    9645 Boletas de garantía
    9647 Líneas de crédito con disponibilidad inmediata
    9648 Otros compromisos de crédito
    9649 Otros créditos contingentes

    9660 CARTERA EN INCUMPLIMIENTO EVALUACION GRUPAL
    9661 Avales y fianzas
    9662 Cartas de crédito del exterior confirmadas
    9664 Cartas de crédito documentarias emitidas
    9665 Boletas de garantía
    9667 Líneas de crédito con disponibilidad inmediata
    9668 Otros compromisos de crédito
    9669 Otros créditos contingentes

Capítulo C-3
Hoja 79

    OTRA INFORMACION:

    9721 AMORTIZACION ANTICIPADA DE LETRAS DE CREDITO POR EFECTUAR

    9722 SOLICITUDES DE GIRO DE CUENTAS DE AHORRO POR CUMPLIR

    9811 LINEAS DE CREDITO DISPONIBLES A FAVOR DEL BANCO
    9811.1 Líneas de crédito en el exterior
    9811.2 Líneas de crédito en el país

    9812 BONOS INSCRITOS NO COLOCADOS

    9813 LETRAS DE CREDITO DE PROPIA EMISION ADQUIRIDAS

    9910 CARTERA CON MOROSIDAD DE 90 DIAS O MAS
    9911 Adeudado por bancos
    9911.1 Bancos del país
    9911.2 Bancos del exterior
    9913 Colocaciones comerciales
    9913.1 Préstamos comerciales
    9913.4 Créditos de comercio exterior
    9913.5 Deudores en cuentas corrientes
    9913.6 Operaciones de factoraje
    9913.7 Préstamos estudiantiles
    9913.8 Operaciones de leasing comercial
    9913.9 Otros créditos y cuentas por cobrar
    9914 Colocaciones para vivienda
    9914.1 Préstamos con letras de crédito
    9914.2 Préstamos con mutuos hipotecarios endosables
    9914.3 Otros créditos con mutuos para vivienda
    9914.4 Préstamos con mutuos financiados con bonos hipotecarios
    9914.8 Operaciones de leasing para vivienda
    9914.9 Otros créditos y cuentas por cobrar
    9915 Colocaciones de consumo
    9915.1 Créditos de consumo en cuotas
    9915.6 Deudores en cuentas corrientes+
    9915.7 Deudores por tarjetas de crédito
    9915.8 Operaciones de leasing de consumo
    9915.9 Otros créditos y cuentas por cobrar