CIRCULAR
Bancos N° 3.588
Santiago, 25 de septiembre de 2015
COMPENDIO DE NORMAS CONTABLES. Capítulos A-1, B-1, B-3 y C-3.
Modifica instrucciones específicas que se indican.
Con el objeto de actualizar o precisar algunas instrucciones, por medio de esta Circular se introducen los siguientes cambios menores en el Compendio de Normas Contables, por las razones que en cada caso se indican:
A) Se suprime el N° 6 del Capítulo A-1, por tratarse de un texto meramente informativo sobre el carácter transitorio de algunas normas que se incluyeron en su oportunidad en el Compendio.
B) Para salvar una discordancia entre lo indicado los numerales 3.1 y 3.2 del Capítulo B-1, se reemplaza la letra a) del segundo párrafo del numeral 3.2, por la siguiente: "a) los créditos hipotecarios para vivienda cuya morosidad sea inferior a 90 días, salvo que el deudor tenga otro crédito del mismo tipo con mayor morosidad;"
C) Debido a que las disposiciones sobre "Cartas de garantía interbancarias" se derogaron mediante la Circular N° 3.549 de 30 de abril de 2013, se suprime el literal e) del N° 2 del Capítulo B-3, cambiándose el orden correlativo de las letras siguientes. El mismo cambio se efectúa en el cuadro del N° 3 de este Capítulo.
D) En el N° 2 del título II del Capítulo C-3 se rectifica el texto en que se describe el contenido del ítem 1304.9.01, reemplazándose la expresión "1304.1, 1304.1 ó 1304.4", por "1304.1, 1304.2, 1304.4 o 1304.5".
E) Modificaciones en las líneas o ítems de la estructura de información contable para la esta Superintendencia:
i) Se agrega el siguiente ítem, para la eventualidad de que un banco emita tarjetas con provisión de fondos:
2100.2.07 Tarjetas de pago con provisión de fondos
ii) Se suprimen las siguientes líneas e ítems en la información complementaria consolidada e individual:
Consolidada Individual
8316 9316 Cartas de garantía interbancarias
8618.1 9618.1 Créditos para estudios superiores Ley N° 20.027
8618.9 9618.9 Otros
8626 9626 Cartas de garantía interbancarias
8628.1 9628.1 Créditos para estudios superiores Ley N° 20.027
8628.9 9628.9 Otros
8636 9636 Cartas de garantía interbancarias
8638.1 9638.1 Créditos para estudios superiores Ley N° 20.027
8638.9 9638.9 Otros
8646 9646 Cartas de garantía interbancarias
8648.1 9648.1 Créditos para estudios superiores Ley N° 20.027
8648.9 9648.9 Otros
8666 9666 Cartas de garantía interbancarias
8668.1 9668.1 Créditos para estudios superiores Ley N° 20.027
8668.9 9668.9 Otros
Los cambios en la estructura de la información contable señalados en la letra E) precedente, tendrán efecto a contar del 31 de octubre próximo.
Se reemplazan las siguientes hojas del Compendio de Normas Contables por las que se acompañan: N° 3 del Capítulo A-1; N° 13 del Capítulo B-1; N°s. 1 y 2 del Capítulo B-3; y, N°s. 11, 24, 30, 66, 68, 69, 76, 78 y 79 del Capítulo C-3. Además, debe eliminarse la hoja N° 4 del Capítulo A-1.
Saludo atentamente a Ud.,
ERIC PARRADO HERRERA
Superintendente de Bancos e
Instituciones Financieras
Capítulo A-1
Hoja 3
Del mismo modo, las instrucciones relativas a la aplicación de criterios contables dispuestos por esta Superintendencia, al igual que los estándares de contabilidad financiera en general, en ningún caso pretenden regular o uniformar la contabilidad interna de los bancos (libros, planes de cuenta, etc.), asunto que es tratado en el Capítulo D-1.
4. Alcance de las normas de este Compendio
Las disposiciones de este Compendio que se refieran a operaciones que los bancos no pueden realizar según las disposiciones legales o reglamentarias vigentes, deben entenderse referidas a los criterios que han de seguirse para los estados financieros consolidados con entidades del país o del exterior que podrían realizar esas operaciones.
En todo caso, las filiales bancarias fiscalizadas por esta Superintendencia deben aplicar los mismos criterios contables que su matriz en todo lo que se refiere a valoración y reconocimiento de resultados (no así, claro está, en materia de formatos de estados financieros, estructura de información mensual para la SBIF o criterios de revelación en notas, que en este Compendio están tratadas sólo para las empresas bancarias). Lo mismo ocurre con las sociedades de apoyo al giro fiscalizadas por esta Superintendencia, en cuanto a que deben aplicar los criterios contables establecidos en este Compendio, en lo que sea pertinente.
Para tratar las diferencias de criterios contables que pudieren existir con las filiales no fiscalizadas por esta Superintendencia o con las sucursales en el exterior, es obligación de los bancos obtener oportunamente de sus subsidiarias toda la información necesaria para homologar los criterios contables para efectos de la consolidación.
5. Situación de los PCGA chilenos mencionados en estas normas
El presente Compendio se refiere a los PCGA chilenos que a¬ún no han sido emitidos por el Colegio de Contadores de Chile A.G. La aplicación de los nuevos criterios contables en lo que ese Colegio se encuentra todavía trabajando a la fecha de emisión de las presentes normas, dependerá, en consecuencia, de la finalización de ese trabajo. No obstante, los criterios que deberán aplicarse para la preparación de los estados financieros son conocidos de antemano, puesto que el proyecto de nuevas normas locales persigue la adopción integral de los criterios internacionales acordados por el IASB.
Capítulo B-1
Hoja 13

3.2 Cartera en incumplimiento
La cartera en incumplimiento comprende todas las colocaciones y el 100% del monto de los créditos contingentes, de los deudores que al cierre de un mes presenten un atraso igual o superior a 90 días en el pago de intereses o capital de algún crédito. También incluirá a los deudores a los que se les otorgue un crédito para dejar vigente una operación que presentaba más de 60 días de atraso en su pago, como asimismo a aquellos deudores que hayan sido objeto de reestructuración forzosa o condonación parcial de una deuda.
Podrán excluirse de la cartera en incumplimiento: a) los créditos hipotecarios para vivienda, cuya morosidad sea inferior a 90 días, salvo que el deudor tenga otro crédito del mismo tipo con mayor morosidad; y, b) los créditos para financiamiento de estudios superiores de la Ley N° 20.027, que aún no presenten las condiciones de incumplimiento señaladas en la Circular N° 3.454 de 10 de diciembre de 2008.
Todos los créditos del deudor deberán mantenerse en la Cartera en Incumplimiento hasta tanto no se observe una normalización de su capacidad o conducta de pago, sin perjuicio de proceder al castigo de cada crédito en particular que cumpla la condición señalada en el título II del Capítulo B-2. Para remover a un deudor de la Cartera en Incumplimiento, una vez superadas las circunstancias que llevaron a clasificarlo en esta cartera según las presentes normas, deberán cumplirse al menos las siguientes condiciones copulativas:
i) Ninguna obligación del deudor presenta un atraso en su
pago superior a 30 días corridos.
ii) No se le han otorgado nuevos refinanciamientos para pagar
sus obligaciones.
iii) Al menos uno de los pagos efectuados incluye amortización
de capital.
iv) Si el deudor tuviere algún crédito con pagos parciales en
periodos inferiores a seis meses, ya ha efectuado dos
pagos.
v) Si el deudor debe pagar cuotas mensuales por uno o más
créditos, ha pagado cuatro cuotas consecutivas.
vi) El deudor no aparece con deudas directas impagas en la
información que refunde esta Superintendencia, salvo por
montos insignificantes.
La condición del numeral iii) no se aplica en el caso de deudores que solamente tienen créditos para financiamiento de estudios superiores de acuerdo con la Ley N° 20.027.
Capítulo B-3
Hoja 1
Capítulo B-3
CRÉDITOS CONTINGENTES
1. Créditos contingentes
Para efecto de las presentes normas, se entienden como créditos contingentes las operaciones o compromisos en que el banco asume un riesgo de crédito al obligarse ante terceros, frente a la ocurrencia de un hecho futuro, a efectuar un pago o desembolso que deberá ser recuperado de sus clientes.
2. Tipos de créditos contingentes
Según el tipo de compromiso que el banco asume, los distintos tipos de créditos contingentes que se consideran para estas normas son los siguientes:
a) Avales y fianzas
Comprende los avales, fianzas y cartas de crédito stand by a que se refiere el Capítulo 8-10 de la Recopilación Actualizada de Normas. Además, comprende las garantías de pago de los compradores en operaciones de factoraje, según lo indicado en el Capítulo 8-38 de esa Recopilación.
b) Cartas de crédito del exterior confirmadas
Corresponde a las cartas de crédito confirmadas por el banco.
c) Cartas de crédito documentarias
Incluye las cartas de créditos documentarias emitidas por el banco, que aún no han sido negociadas.
d) Boletas de garantía
Corresponde a las boletas de garantía enteradas con pagaré a que se refiere el Capítulo 8-11 de la Recopilación Actualizada de Normas.
Capítulo B-3
Hoja 2
e) Líneas de crédito de libre disposición
Considera los montos no utilizados de líneas de crédito que permiten a los clientes hacer uso del crédito sin decisiones previas por parte del banco (por ejemplo, con el uso de tarjetas de crédito o sobregiros pactados en cuentas corrientes).
f) Otros compromisos de crédito
Comprende los montos no colocados de créditos comprometidos, que deben ser desembolsados en una fecha futura acordada o cursados al ocurrir los hechos previstos contractualmente con el cliente, como ocurre en el caso de líneas de crédito irrevocables vinculadas al estado de avance de proyectos (en que para efectos de provisiones debe considerarse tanto la exposición bruta a que se refiere el N° 3 como los incrementos futuros del monto de las garantías asociadas a los desembolsos comprometidos), o de los créditos para estudios superiores a que se refiere la Ley N° 20.027.
g) Otros créditos contingentes
Incluye cualquier otro tipo de compromiso del banco que pudiere existir y que puede dar origen a un crédito efectivo al producirse ciertos hechos futuros. En general, comprende operaciones infrecuentes tales como la entrega en prenda de instrumentos del banco para garantizar el pago de operaciones de crédito entre terceros u operaciones con derivados contratados por cuenta de terceros que pueden implicar una obligación de pago y no se encuentran cubiertos con depósitos.
3. Exposición al riesgo de crédito
Para calcular las provisiones según lo indicado en el Capítulo B-1, el monto de la exposición que debe considerarse será equivalente al porcentaje de los montos de los créditos contingentes que se indica a continuación:
No obstante, cuando se trate de operaciones efectuadas con clientes que tengan créditos en incumplimiento según lo indicado en el Capítulo B-1, dicha exposición será siempre equivalente al 100% de sus créditos contingentes.
Capítulo C-3
Hoja 11
2000 PASIVOS
2100 DEPOSITOS Y OTRAS OBLIGACIONES A LA VISTA
2100.1 Cuentas corrientes
2100.1.01 Cuentas corrientes de bancos del país
2100.1.02 Cuentas corrientes de bancos del exterior
2100 1 09 Cuentas corrientes de otras personas jurídicas
2100.1.10 Cuentas corrientes de personas naturales
2100.2 Otros depósitos y cuentas a la vista
2100.2.01 Vales vista
2100.2.04 Cuentas de depósito a la vista
2100.2.07 Tarjetas de pago con provisión de fondos
2100.3 Otras obligaciones a la vista
2100.3.01 Depósitos por consignaciones judiciales
2100.3.02 Boletas de garantía pagaderas a la vista
2100.3.11 Recaudaciones y cobranzas efectuadas por enterar
2100.3.21 Pagos por efectuar por venta de instrumentos financieros
2100.3.25 Retornos de exportaciones por liquidar
2100.3.26 Ordenes de pago pendientes
2100.3.51 Amortizaciones extraordinarias letras de crédito
2100.3.61 Pagos a cuenta de créditos por liquidar
2100.3.81 Saldos inmovilizados artículo 156 LGB
2100.3.82 Depósitos a plazo vencidos
2100.3.83 Cupones de bonos y letras de crédito vencidos
2100.3.90 Otras obligaciones a la vista
2130 OPERACIONES CON LIQUIDACION EN CURSO
2130.0.01 Pagos de contrapartes por liquidar - bancos
2130.0.09 Divisas pendientes de transferencia - bancos
2130.0.11 Pagos de contrapartes por liquidar - otros
2130.0.19 Divisas pendientes de transferencia - otros
2160 CONTRATOS DE RETROCOMPRA Y PRÉSTAMOS DE VALORES
2160.1 Operaciones con bancos del país
2160.1.01 Contratos de retrocompra - otros bancos
2160.1.02 Contratos de retrocompra – Banco Central
2160.1.51 Obligaciones por préstamos de valores
2160.2 Operaciones con otras entidades
2160.2.01 Contratos de retrocompra
2160.2.51 Obligaciones por préstamos de valores
2200 DEPOSITOS Y OTRAS CAPTACIONES A PLAZO
2200.1 Depósitos a plazo
2200.2 Cuentas de ahorro a plazo
2200.2.01 Cuentas de ahorro con giro diferido
2200.2.02 Cuentas de ahorro con giro incondicional
2200.9 Otros saldos acreedores a plazo
2200.9.01 Boletas de garantía pagaderas con 30 días de aviso
2200.9.90 Otros
Capítulo C-3
Hoja 24
1304.9 Otros créditos y cuentas por cobrar
Incluye otros créditos y cuentas por cobrar, separados según:
1304.9.01 Créditos complementarios
En este ítem se informarán los créditos cursados para la adquisición, ampliación, reparación o construcción de la vivienda, complementarios a los otorgados mediante los mutuos hipotecarios incluidos en las líneas 1304.1, 1304.2, 1304.4 o 1304.5.
1304.9.11 Créditos de enlace
En este ítem se informarán los créditos de enlace otorgados previos al perfeccio-namiento de los mutuos hipotecarios antes mencionados.
1304.9.81 Cuentas por cobrar a deudores para vivienda
En este ítem se informarán las cuentas por cobrar a deudores de créditos para vivienda o contrapartes de operaciones de leasing para vivienda.
1305 COLOCACIONES DE CONSUMO
Comprende todos los créditos otorgados a personas naturales que pueden ser destinados por el deudor a la adquisición de bienes de consumo o servicios, con excepción de los préstamos estudiantiles (línea 1302.6). Incluye los préstamos de distinto tipo (en cuotas o rotativos), como asimismo los saldos provenientes de la utilización de tarjetas de crédito o sobregiros en cuentas corrientes de personas naturales. Además, las colocaciones de consumo comprenden las operaciones de leasing de consumo y otras cuentas por cobrar. Cualquier crédito otorgado para pagar o reestructurar todo o parte de los créditos antes descritos, debe incluirse también en este rubro.
No se incluyen dentro de las colocaciones de consumo aquellos créditos que se otorgan para financiar una actividad empresarial de cualquier magnitud que desarrolla o desarrollará el deudor.
1305.1 Créditos de consumo en cuotas
1305.3 Deudores en cuentas corrientes
En esta línea se presentan los saldos vigentes de los sobregiros en cuenta corriente a que se refiere el Capítulo 8-1 de la Recopilación Actualizada de Normas, clasificados como colocaciones de consumo.
1305.4 Deudores por tarjetas de crédito
1305.4.01 Créditos por tarjetas de crédito
Corresponde a los saldos originados por el uso de tarjetas de crédito cuyos titulares no son empresas, con excepción de los que se informan en el ítem siguiente.
1305.4.02 Utilizaciones de tarjetas de crédito por cobrar
Incluye los saldos por el uso de tarjetas de crédito cuyos titulares no son empresas y que aún no han sido pagados por el banco emisor. No obstante, si la obligación del banco se solucionara después de la fecha en que vencen los estados de cuenta del cliente, los importes incluidos en ese estado deben reflejarse en el ítem 1305.4.01 anterior.
Capítulo C-3
Hoja 30
2000 PASIVOS
2100 DEPOSITOS Y OTRAS OBLIGACIONES A LA VISTA
En este rubro se incluirán todas las obligaciones a la vista, con excepción de las cuentas de ahorro a plazo, que por sus características especiales no se consideran a la vista. Se entiende que son obligaciones a la vista aquellas cuyo pago pudo ser requerido en el período, es decir, no se consideran a la vista aquellas operaciones que pasan a ser exigibles el día siguiente del cierre.
2100.1 Cuentas corrientes
En esta línea se presentan los saldos de las cuentas corrientes bancarias. Aquellas cuentas corrientes con saldos deudores se incluyen en las respectivas líneas correspondientes a créditos comerciales (1302.3) y de consumo (1305.3), o en los ítems 1270.1.14 ó 1270.2.04, si se tratara de cuentas de bancos. Las cuentas corrientes se separarán entre:
2100.1.01 Cuentas corrientes de bancos del país
2100.1.02 Cuentas corrientes de bancos del exterior
2100 1 09 Cuentas corrientes de otras personas
jurídicas
2100.1.10 Cuentas corrientes de personas naturales
2100.2 Otros depósitos y cuentas a la vista
2100.2.01 Vales vista
2100.2.04 Cuentas de depósito a la vista
Comprende las cuentas a la vista en general, incluidas las reguladas por el Banco Central de Chile como "Cuentas de ahorro a la vista".
2100.2.07 Tarjetas de pago con provisión de fondos
2100.3 Otras obligaciones a la vista
En esta línea se incluyen las demás obligaciones a la vista, en que se detallará:
2100.3.01 Depósitos por consignaciones judiciales
2100.3.02 Boletas de garantía pagaderas a la vista
2100.3.11 Recaudaciones y cobranzas efectuadas por enterar
2100.3.21 Pagos por efectuar por venta de instrumentos financieros
2100.3.25 Retornos de exportaciones por liquidar
2100.3.26 Ordenes de pago pendientes
2100.3.51 Amortizaciones extraordinarias de letras de crédito
2100.3.61 Pagos a cuenta de créditos por liquidar
2100.3.81 Saldos inmovilizados artículo 156 LGB
2100.3.82 Depósitos a plazo vencidos
2100.3.83 Cupones de bonos y letras de crédito vencidos
2100.3.90 Otras obligaciones a la vista
Capítulo C-3
Hoja 66
8214 Colocaciones para vivienda
8214.1 Préstamos con letras de crédito
8214.2 Préstamos con mutuos hipotecarios endosables
8214.3 Otros créditos con mutuos para vivienda
8214.4 Préstamos con mutuos financiados con bonos hipotecarios
8214.8 Operaciones de leasing para vivienda
8214.9 Otros créditos y cuentas por cobrar
8215 Colocaciones de consumo
8215.1 Créditos de consumo en cuotas
8215.6 Deudores en cuentas corrientes
8215.7 Deudores por tarjetas de crédito
8215.8 Operaciones de leasing de consumo
8215.9 Otros créditos y cuentas por cobrar
INFORMACION SOBRE CONTINGENCIAS, COMPROMISOS Y RESPONSABILIDADES:
8310 CREDITOS CONTINGENTES
8311 Avales y fianzas
8311.1 Avales y fianzas en moneda chilena
8311.2 Avales y fianzas en moneda extranjera
8312 Cartas de crédito del exterior confirmadas
8314 Cartas de créditos documentarias emitidas
8315 Boletas de garantía
8315.1 Boletas de garantía en moneda chilena
8315.2 Boletas de garantía en moneda extranjera
8317 Líneas de crédito con disponibilidad inmediata
8318 Otros compromisos de crédito
8318.1 Créditos para estudios superiores Ley N° 20.027
8318.9 Otros
8319 Otros créditos contingentes
8320 OPERACIONES POR CUENTA DE TERCEROS
8321 Cobranzas
8321.2 Cobranzas del país
8323 Colocación o venta de instrumentos financieros
8323.1 Colocación de emisiones de valores de oferta pública
8323.5 Venta de letras de crédito de operaciones del banco
8323.6 Venta de otros instrumentos
8325 Activos financieros transferidos administrados por el banco
8325.1 Activos cedidos a Compañías de Seguros
8325.2 Activos securitizados
8325.3 Otros activos cedidos a terceros
8329 Recursos de terceros gestionados por el banco
8329.1 Activos financieros gestionados a nombre de terceros
8329.2 Otros activos gestionados a nombre de terceros
8329.3 Activos financieros adquiridos a nombre propio
8329.4 Otros activos adquiridos a nombre propio
Capítulo C-3
Hoja 68
CARTERAS CORRESPONDIENTES A CRÉDITOS CONTINGENTES:
8610 CARTERA NORMAL EVALUACION INDIVIDUAL
8611 Avales y fianzas
8612 Cartas de crédito del exterior confirmadas
8614 Cartas de crédito documentarias emitidas
8615 Boletas de garantía
8617 Líneas de crédito con disponibilidad inmediata
8618 Otros compromisos de crédito
8619 Otros créditos contingentes
8620 CARTERA SUBESTANDAR EVALUACION INDIVIDUAL
8621 Avales y fianzas
8622 Cartas de crédito del exterior confirmadas
8624 Cartas de crédito documentarias emitidas
8625 Boletas de garantía
8627 Líneas de crédito con disponibilidad inmediata
8628 Otros compromisos de crédito
8629 Otros créditos contingentes
8630 CARTERA EN INCUMPLIMIENTO EVALUACION INDIVIDUAL
8631 Avales y fianzas
8632 Cartas de crédito del exterior confirmadas
8634 Cartas de crédito documentarias emitidas
8635 Boletas de garantía
8637 Líneas de crédito con disponibilidad inmediata
8638 Otros compromisos de crédito
8639 Otros créditos contingentes
8640 CARTERA NORMAL EVALUACION GRUPAL
8641 Avales y fianzas
8642 Cartas de crédito del exterior confirmadas
8644 Cartas de crédito documentarias emitidas
8645 Boletas de garantía
8647 Líneas de crédito con disponibilidad inmediata
8648 Otros compromisos de crédito
8649 Otros créditos contingentes
8660 CARTERA EN INCUMPLIMIENTO EVALUACION GRUPAL
8661 Avales y fianzas
8662 Cartas de crédito del exterior confirmadas
8664 Cartas de crédito documentarias emitidas
8665 Boletas de garantía
8667 Líneas de crédito con disponibilidad inmediata
8668 Otros compromisos de crédito
8669 Otros créditos contingentes
Capítulo C-3
Hoja 69
INFORMACION SOBRE MOROSIDAD DE CREDITOS:
8910 CARTERA CON MOROSIDAD DE 90 DIAS O MAS
8911 Adeudado por bancos
8911.1 Bancos del país
8911.2 Bancos del exterior
8913 Colocaciones comerciales
8913.1 Préstamos comerciales
8913.4 Créditos de comercio exterior
8913.5 Deudores en cuentas corrientes
8913.6 Operaciones de factoraje
8913.7 Préstamos estudiantiles
8913.8 Operaciones de leasing comercial
8913.9 Otros créditos y cuentas por cobrar
8914 Colocaciones para vivienda
8914.1 Préstamos con letras de crédito
8914.2 Préstamos con mutuos hipotecarios endosables
8914.3 Otros créditos con mutuos para vivienda
8914.4 Préstamos con mutuos financiados con bonos hipotecarios
8914.8 Operaciones de leasing para vivienda
8914.9 Otros créditos y cuentas por cobrar
8915 Colocaciones de consumo
8915.1 Créditos de consumo en cuotas
8915.6 Deudores en cuentas corrientes
8915.7 Deudores por tarjetas de crédito
8915.8 Operaciones de leasing de consumo
8915.9 Otros créditos y cuentas por cobrar
Capítulo C-3
Hoja 76
9214 Colocaciones para vivienda
9214.1 Préstamos con letras de crédito
9214.2 Préstamos con mutuos hipotecarios endosables
9214.3 Otros créditos con mutuos para vivienda
9214.4 Préstamos con mutuos financiados con bonos hipotecarios
9214.8 Operaciones de leasing para vivienda
9214.9 Otros créditos y cuentas por cobrar
9215 Colocaciones de consumo
9215.1 Créditos de consumo en cuotas
9215.6 Deudores en cuentas corrientes
9215.7 Deudores por tarjetas de crédito
9215.8 Operaciones de leasing de consumo
9215.9 Otros créditos y cuentas por cobrar
INFORMACION SOBRE CONTINGENCIAS, COMPROMISOS Y RESPONSABILIDADES:
9310 CREDITOS CONTINGENTES
9311 Avales y fianzas
9311.1 Avales y fianzas en moneda chilena
9311.2 Avales y fianzas en moneda extranjera
9312 Cartas de crédito del exterior confirmadas
9314 Cartas de créditos documentarias emitidas
9315 Boletas de garantía
9315.1 Boletas de garantía en moneda chilena
9315.2 Boletas de garantía en moneda extranjera
9317 Líneas de crédito con disponibilidad inmediata
9318 Otros compromisos de crédito
9318.1 Créditos para estudios superiores Ley N° 20.027
9318.9 Otros
9319 Otros créditos contingentes
9320 OPERACIONES POR CUENTA DE TERCEROS
9321 Cobranzas
9321.1 Cobranzas del exterior
9321.2 Cobranzas del país
9323 Colocación o venta de instrumentos financieros
9323.1 Colocación de emisiones de valores de oferta pública
9323.5 Venta de letras de crédito de operaciones del banco
9323.6 Venta de otros instrumentos
9325 Activos financieros transferidos administrados por el banco
9325.1 Activos cedidos a Compañías de Seguros
9325.2 Activos securitizados
9325.3 Otros activos cedidos a terceros
9329 Recursos de terceros gestionados por el banco
9329.1 Activos financieros gestionados a nombre de terceros
9329.2 Otros activos gestionados a nombre de terceros
9329.3 Activos financieros adquiridos a nombre propio
9329.4 Otros activos adquiridos a nombre propio
Capítulo C-3
Hoja 78
CARTERAS CORRESPONDIENTES A CRÉDITOS CONTINGENTES:
9610 CARTERA NORMAL EVALUACION INDIVIDUAL
9611 Avales y fianzas
9612 Cartas de crédito del exterior confirmadas
9614 Cartas de crédito documentarias emitidas
9615 Boletas de garantía
9617 Líneas de crédito con disponibilidad inmediata
9618 Otros compromisos de crédito
9619 Otros créditos contingentes
9620 CARTERA SUBESTANDAR EVALUACION INDIVIDUAL
9621 Avales y fianzas
9622 Cartas de crédito del exterior confirmadas
9624 Cartas de crédito documentarias emitidas
9625 Boletas de garantía
9627 Líneas de crédito con disponibilidad inmediata
9628 Otros compromisos de crédito
9629 Otros créditos contingentes
9630 CARTERA EN INCUMPLIMIENTO EVALUACION INDIVIDUAL
9631 Avales y fianzas
9632 Cartas de crédito del exterior confirmadas
9634 Cartas de crédito documentarias emitidas
9635 Boletas de garantía
9637 Líneas de crédito con disponibilidad inmediata
9638 Otros compromisos de crédito
9639 Otros créditos contingentes
9640 CARTERA NORMAL EVALUACION GRUPAL
9641 Avales y fianzas
9642 Cartas de crédito del exterior confirmadas
9644 Cartas de crédito documentarias emitidas
9645 Boletas de garantía
9647 Líneas de crédito con disponibilidad inmediata
9648 Otros compromisos de crédito
9649 Otros créditos contingentes
9660 CARTERA EN INCUMPLIMIENTO EVALUACION GRUPAL
9661 Avales y fianzas
9662 Cartas de crédito del exterior confirmadas
9664 Cartas de crédito documentarias emitidas
9665 Boletas de garantía
9667 Líneas de crédito con disponibilidad inmediata
9668 Otros compromisos de crédito
9669 Otros créditos contingentes
Capítulo C-3
Hoja 79
OTRA INFORMACION:
9721 AMORTIZACION ANTICIPADA DE LETRAS DE CREDITO POR EFECTUAR
9722 SOLICITUDES DE GIRO DE CUENTAS DE AHORRO POR CUMPLIR
9811 LINEAS DE CREDITO DISPONIBLES A FAVOR DEL BANCO
9811.1 Líneas de crédito en el exterior
9811.2 Líneas de crédito en el país
9812 BONOS INSCRITOS NO COLOCADOS
9813 LETRAS DE CREDITO DE PROPIA EMISION ADQUIRIDAS
9910 CARTERA CON MOROSIDAD DE 90 DIAS O MAS
9911 Adeudado por bancos
9911.1 Bancos del país
9911.2 Bancos del exterior
9913 Colocaciones comerciales
9913.1 Préstamos comerciales
9913.4 Créditos de comercio exterior
9913.5 Deudores en cuentas corrientes
9913.6 Operaciones de factoraje
9913.7 Préstamos estudiantiles
9913.8 Operaciones de leasing comercial
9913.9 Otros créditos y cuentas por cobrar
9914 Colocaciones para vivienda
9914.1 Préstamos con letras de crédito
9914.2 Préstamos con mutuos hipotecarios endosables
9914.3 Otros créditos con mutuos para vivienda
9914.4 Préstamos con mutuos financiados con bonos hipotecarios
9914.8 Operaciones de leasing para vivienda
9914.9 Otros créditos y cuentas por cobrar
9915 Colocaciones de consumo
9915.1 Créditos de consumo en cuotas
9915.6 Deudores en cuentas corrientes+
9915.7 Deudores por tarjetas de crédito
9915.8 Operaciones de leasing de consumo
9915.9 Otros créditos y cuentas por cobrar