Artículo 30. Para la elaboración del Estudio de Costos, la Empresa Concesionaria respectiva deberá proporcionar toda la información necesaria y pertinente que requiera el Consultor directamente, o a través de la Comisión.
    El Consultor deberá guardar reserva de la información entregada por la Empresa Concesionaria que no tenga el carácter de pública en conformidad a la legislación vigente.