MODIFICA LA RESOLUCIÓN N° 1.002, DE 2011, DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, SOBRE ORGANIZACIÓN Y ATRIBUCIONES DE LAS CONTRALORÍAS REGIONALES
    Santiago, 10 de agosto de 2017.- Con esta fecha se ha resuelto lo siguiente:
    Núm. 29.
    Vistos:
    Lo dispuesto en la Constitución Política de la República; en la ley Nº 10.336, de Organización y Atribuciones de esta Contraloría General; en el artículo 18 del decreto ley Nº 575, de 1974; en la resolución Nº 1.002, de 2011, sobre Organización y Atribuciones de las Contralorías Regionales, y sus modificaciones, todas de la Contraloría General de la República; y en lo dispuesto en la resolución Nº 1.600, de 2008, de este origen, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
    Considerando:
    a. Que uno de los objetivos estratégicos de la Contraloría General de la República, que se encuentra contenido en el Plan Estratégico 2017-2020, aprobado por la resolución exenta Nº 6.143, de 2016, de este origen, consiste en apoyar el fortalecimiento del sector público, colaborando en el desarrollo de capacidades institucionales de dicho sector.
    b. Que, dentro de las acciones que apuntan al cumplimiento de dicho objetivo, se ha identificado en diversos municipios el interés en someter algunos de los actos que emiten a un examen previo de juridicidad en esta Entidad de Control, no obstante encontrarse la generalidad de sus actos exentos por la ley de la toma de razón.
    c. Que, con el propósito de implementar esta iniciativa en todo el territorio del país, se ha estimado conveniente conferir a los Contralores Regionales la facultad para suscribir los convenios en los que se acuerde la mencionada revisión previa de juridicidad con los municipios.
    Resuelvo:
    Artículo único.- Modifíquese la resolución Nº 1.002, de 2011, de la Contraloría General de la República, sobre Organización y Atribuciones de las Contralorías Regionales, en el sentido de agregar en su artículo 9º la siguiente letra o):
    "o) Suscribir convenios con municipalidades que se encuentren dentro de su cobertura, para la revisión previa de juridicidad de los actos que dicten, conforme a las orientaciones que imparta el Contralor General y a lo que se pacte en dichos convenios; y aprobar mediante resolución tales convenios.".


    Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- Jorge Bermúdez Soto, Contralor General de la República.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Verónica Orrego Ahumada, Secretaria General, Contraloría General de la República.