CIRCULAR
Cooperativas N° 167
Santiago, 26 de diciembre de 2016.

Compendio de Normas Contables y Circular N° 108. Rectifica instrucciones.

    Mediante la presente Circular se introducen los siguientes cambios en las instrucciones específicas que se indican:

    1. En el Compendio de Normas Contables:

a)  Se sustituye la expresión "Remanente por distribuir" por "Remanente
    del ejercicio anterior", las veces que aparece en los Capítulos G-4,
    H-1 y H-3.

b)  En el N° 2 del título II del Capítulo H-3, se ajusta la descripción
    de la línea 2500.2, rectificando la referencia a las líneas 3.900.1 y
    3900.2 por las líneas 3700.1 y 3700.2.

c)  En el mismo N° 2 antes mencionado, se modifica la descripción de la
    línea 3700.1, eliminando la referencia a la reserva legal.

    2. En el Anexo N° 12 de la Circular N° 108:

a)  Se corrige el valor indicado para el filler en el registro tipo 1 del
    archivo C62. Debe ser de dos bytes, reservados para la eventualidad
    de agregar dos campos en el futuro sin alterar el largo de los
    registros.

b)  Se ajusta a 94 bytes la dimensión de los registros del archivo C63.

c)  Para mantener la numeración correlativa, se rectifica el número que
    le corresponde al filler en los registros tipo 4, 5 y 6 del archivo
    C60 y en el registro tipo 3 del archivo C62.

    Se reemplazan las siguientes hojas del Compendio de Normas Contables:
N°s. 2 y 3 del Capítulo G-4; N°s. 1 y 2 del Anexo N° 1 del Capítulo H-1; y, N°s. 7, 12 y 14 del Capítulo H-3. Asimismo, se sustituyen las hojas N°s. 1, 54, 55, 65, 68, 70 y 71 del Texto Actualizado de la Circular N° 108, por las que se acompañan.

    Saludo atentamente a Ud.,
    ERIC PARRADO HERRERA
    Superintendente de Bancos e
    Instituciones Financieras
 
Capítulo G-4
Hoja 2

4    Reajustes de las cuotas de participación

La aplicación de un reajuste a las cuotas de participación requiere armonizar los criterios de contabilidad financiera con las disposiciones legales y reglamentarias relacionadas con el movimiento de las cuentas patrimoniales.

Para ese efecto, las Cooperativas deberán reajustar las cuentas que deben considerarse en el cálculo del valor de las cuotas de participación, contabilizándolas contra una cuenta del patrimonio, cuyo saldo se computará junto con el resultado del ejercicio para determinar el remanente o déficit de un período.

Dado que dicho reajuste no responde a la aplicación de corrección monetaria y teniendo en cuenta las disposiciones que se refieren a aportes y devoluciones de capital, el reajuste se calculará por la variación de la Unidad de Fomento.

5    Tratamiento de los remanentes o pérdidas acumuladas

5.1  Al inicio de cada ejercicio anual

Al inicio de cada ejercicio anual se saldará la cuenta correspondiente al reajuste indicado en N° 4, contra el resultado del ejercicio anterior, obteniéndose el remanente o déficit de dicho ejercicio para los efectos reglamentarios.

El remanente del ejercicio anterior se presentará en los Estados de Situación Financiera correspondientes al nuevo ejercicio como "Remanente del ejercicio anterior", hasta la fecha de la decisión de la Junta General de Socios. No obstante, en caso de que la cooperativa arrastre pérdidas acumuladas, el remanente debe aplicarse para absorber dicha pérdida, caso en que el remanente del ejercicio anterior corresponderá sólo a la diferencia si la pérdida queda completamente absorbida.

Por su parte, el saldo que corresponda a un déficit del ejercicio anterior, debe incluirse en la cuenta de pérdidas acumuladas. Si la cooperativa mantuviera pérdidas acumuladas anteriores, con ello se incrementará el monto de la pérdida cuya absorción queda sujeta a lo que acuerde la Junta General de Socios.

5.2  Por los acuerdos de la Junta General de Socios

Una vez celebrada la Junta General de Socios, deberán reconocerse contablemente las decisiones sobre el destino del remanente o la absorción de pérdidas, cuando corresponda.

Para el efecto, la cuenta del remanente del ejercicio anterior quedará saldada al abonarse el pasivo por los intereses al capital y excedentes que se repartirán y, dependiendo del acuerdo de la Junta, las reservas voluntarias o el capital si se capitalizaran intereses al capital o excedentes. Al mismo tiempo, debe revertirse el monto de la provisión de que trata el N° 3, correspondiente al ejercicio anterior.

Capítulo G-4
Hoja 3

6    Presentación en el Estado de  Situación Financiera

Según lo instruido en el Capítulo H-3, el total del patrimonio se desglosa en los conceptos generales que se indican a continuación:

    CAPITAL PAGADO
    Capital aportado
    Deducción por aportes computados para rescates
    RESERVAS (PÉRDIDAS) ACUMULADAS)
        Reserva legal
        Reservas voluntarias
        Pérdidas acumuladas
    REMANENTE DEL EJERCICIO ANTERIOR
    CUENTAS DE VALORACIÓN
    Ajustes de inversiones disponibles para la venta
    Otros resultados integrales acumulados
    RESULTADO DEL EJERCICIO
    REAJUSTE DE CUOTAS DE PARTICIPACION
    PROVISION PARA INTERESES AL CAPITAL Y EXCEDENTES
        Provisión por el remanente del período
        Provisión por el remanente del ejercicio anterior

En relación con lo indicado en el presente Capítulo, la "Deducción por aportes computados para rescates" guarda relación con lo indicado en el N° 1, la "Provisión para intereses al capital y excedentes" corresponde a lo indicado en el N° 3; el "Reajuste de las cuotas de participación" a lo establecido en el N° 4; y, el "Remanente del ejercicio anterior", como asimismo las "Pérdidas acumuladas", a lo señalado en el N° 5.

Capítulo H-1
Anexo N° 1
Hoja 1

ANEXO N° 1

MODELOS DE ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA

A    Modelo para cooperativas que no tienen control en otras entidades

   

Capítulo H-1
Anexo N° 1
Hoja 2

B    Modelo para cooperativas que consolidan

   

Capítulo H-3
Hoja 7

2600            IMPUESTOS CORRIENTES

2650            IMPUESTOS DIFERIDOS

2700            OTROS PASIVOS
2700.1            Documentos y cuentas por pagar
2700.4            Provisión acumulada para rescate de cuotas de
                    contribución
2700.5            Intereses y excedentes por pagar
2700.6            Otras cuentas por pagar a socios
2700.8            Ingresos percibidos por adelantado
2700.9            Otros pasivos

3000            PATRIMONIO

3100            CAPITAL PAGADO
3100.1            Capital aportado
3100.2            Deducción por aportes computados para rescates.
3200            RESERVAS (PÉRDIDAS) ACUMULADAS
3200.1            Reserva legal
3200.2            Reservas voluntarias
3200.9            Pérdidas acumuladas
3300            REMANENTE DEL EJERCICIO ANTERIOR
3400            CUENTAS DE VALORACIÓN
3400.1            Ajustes de inversiones disponibles para la venta
3400.2            Otros resultados integrales acumulados
3500            RESULTADO DEL EJERCICIO
3600            REAJUSTE DE CUOTAS DE PARTICIPACION
3700            PROVISION PARA INTERESES AL CAPITAL Y EXCEDENTES
3700.1            Provisión por el remanente del período
3700.2            Provisión por el remanente del ejercicio anterior

5001            PATRIMONIO DE LOS PROPIETARIOS

3900            INTERES NO CONTROLADOR

5002            TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO

Capítulo H-3
Hoja 12

2200            DEPOSITOS Y OTRAS CAPTACIONES A PLAZO

En este rubro se presentan los saldos de las operaciones de captación en las cuales se ha establecido un plazo al cabo del cual se tornan exigibles. Las captaciones a plazo que se encuentran vencidas y no han sido canceladas ni renovadas deben presentarse en el rubro 2100.

2200.1            Captaciones de socios
            2200.1.01 Depósitos a plazo
            2200.1.02 Contratos de retrocompra
            2200.1.03 Cuentas de ahorro
2200.2            Captaciones de terceros
            2200.1.01 Depósitos a plazo
            2200.1.02 Contratos de retrocompra
            2200.1.03 Cuentas de ahorro

2300            PRESTAMOS OBTENIDOS
2300.1            Préstamos de bancos del país
2300.2            Financiamientos del sector público
2300.3            Otros créditos obtenidos en el país
2300.4            Préstamos de entidades del exterior

2400            INSTRUMENTOS DE DEUDA EMITIDOS
2400.1            Bonos
2400.2            Letras de crédito

2500            PROVISIONES
2500.1            Provisiones para beneficios y remuneraciones del
                    personal
2500.2            Provisión para intereses al capital y excedentes
                    Corresponde a las contrapartidas de lo informado en
                    las líneas 3700.1 y 3700.2, por los remanentes
                    provisionales o definitivos susceptibles de reparto.
            2500.2.01 Provisión por remanente del ejercicio
            2500.2.02 Provisión por remanente del ejercicio
                                anterior
2500.3            Provisiones por riesgo de créditos contingentes
2500.4            Provisiones adicionales sobre colocaciones
            2500.4.01 De colocaciones comerciales
            2500.4.02 De colocaciones de consumo
            2500.4.03 De colocaciones para vivienda
2500.5            Provisiones por contingencias

2600            IMPUESTOS CORRIENTES

2650            IMPUESTOS DIFERIDOS

2700            OTROS PASIVOS
2700.1            Documentos y cuentas por pagar
                    Incluye obligaciones financieras distintas a las
                    definidas en los rubros anteriores y otras cuentas por
                    pagar.

Capítulo H-3
Hoja 14

3000            PATRIMONIO

3100            CAPITAL PAGADO
3100.1            Capital aportado
3100.2            Deducción por aportes computados para rescates
                    Corresponde al monto de los aportes que se muestran
                    transitoriamente como pasivos (línea 2700.4) por ser
                    condición para pagar los rescates de las cuotas de
                    participación.
3200            RESERVAS (PÉRDIDAS) ACUMULADAS)
3200.1            Reserva legal
3200.2            Reservas voluntarias
3200.9            Pérdidas acumuladas
                    Corresponde al déficit acumulado por absorber con el
                    remanente del ejercicio anual siguiente, o contra las
                    reservas y el capital si ese remanente hubiera sido
                    insuficiente.
3300            REMANENTE DEL EJERCICIO ANTERIOR
                    Corresponde al saldo determinado al inicio de un
                    ejercicio que será saldado una vez que se realice la
                    Junta General de Socios.
3400            CUENTAS DE VALORACIÓN
                    En este rubro se presentan los ajustes a valor
                    razonable de inversiones disponibles para la venta y
                    otros ajustes que debieran reconocerse directamente
                    contra el patrimonio, si fuera el caso.
3400.1            Ajustes de inversiones disponibles para la venta
3400.2            Otros resultados integrales acumulados

3500            RESULTADO DEL EJERCICIO
                    Incluye el resultado neto del ejercicio o periodo
                    informado, equivalente a lo informado con el código 5
                    5020 en el Estado de Resultados.
3600            REAJUSTE DE CUOTAS DE PARTICIPACION
                    Corresponde al reajuste por la variación de la UF del
                    periodo o ejercicio informado y que debe ser
                    considerado para la determinación del remanente o
                    déficit.

3700            PROVISION PARA INTERESES AL CAPITAL Y EXCEDENTES
3700.1            Provisión por el remanente del período
                    Incluye la parte del remanente calculado al cierre del
                    periodo informado, que corresponde al monto máximo
                    podría ser repartido como intereses o excedentes en el
                    año siguiente. El cálculo considera la deducción del
                    reajuste de las cuotas de participación para
                    determinar el remanente y, si fuera el caso, las
                    pérdidas acumuladas que deben absorberse.
3700.2            Provisión por el remanente del ejercicio anterior
                    Incluye la provisión del ejercicio anual anterior que
                    será saldada una vez que se realice la Junta General
                    de Socios.

5001            PATRIMONIO DE LOS PROPIETARIOS

3900            INTERES NO CONTROLADOR

5002            TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO

Cooperativaa
Hoja 1

TEXTO ACTUALIZADO

Disposición: CIRCULAR N° 108 (de 04.06.2003)

Para      : COOPERATIVAS

Materia    : Instrucciones generales para Cooperativas de Ahorro y
            Crédito.
ACTUALIZACIONES:

   

Cooperativaa
Hoja 54

2.  TIPO DE ACTIVO CASTIGADO
    Corresponde al tipo de activo castigado que se informa en el
    registro, según los códigos que se indican en la Tabla A incluida en
    el Anexo N° 13 de la presente Circular.

3.  RUT
    Corresponde al RUT del deudor.

4.  MONTO DE LAS OPERACIONES CASTIGADAS
    Indica el monto que fue castigado en el año por las operaciones que
    se identifican en el registro. Corresponde al uso de provisiones
    según lo instruido en el Capítulo G-2 del Compendio de Normas
    Contables, que se incluye en el rubro 6180 del archivo CC2.

Registros de cuadratura de activos con  archivo BC2 *.

*    Este tipo de registro se incluirá en este archivo solamente en el
    evento de que, por cualquier causa, la suma de la información por
    algún tipo de activo incluido en este archivo no coincida con
    respectivo monto que se han informado en el archivo BC2.

   

1.  TIPO DE REGISTRO
    Corresponde al código que identifica el tipo de registro. Debe ser
    "4".

2.  TIPO DE ACTIVO
    Corresponde al tipo de activo identificado según los códigos
    definidos la tabla A del Anexo N° 13 de esta Circular, en el cual
    existe la diferencia que se informa en el campo 3 siguiente.

3.  DIFERENCIA
    Corresponde a la diferencia entre el monto total del  tipo de activo
    que se informa en este archivo (tipo de registro "1") y el monto que
    para ese activo que se han informado en el archivo BC2. Indica lo que
    debe sumarse (+) o restarse (-) del monto que se obtiene de este
    archivo C60, para coincidir con el informado en el archivo BC2.

COOPERATIVAS
Hoja 55

Registros de cuadratura de provisiones con archivo BC2 *.

*    Este tipo de registro se incluirá en este archivo solamente en el
    evento de que, por cualquier causa, la suma de la información de
    provisiones incluida en este archivo no coincida con el monto que se
    han informado en el archivo BC2.

   

1.  TIPO DE REGISTRO
    Corresponde al código que identifica el tipo de registro. Debe ser
    "5".

2.  TIPO DE PROVISIÓN
    Para este campo se utilizarán los siguientes códigos, que
    corresponden a los conceptos de las líneas del archivo BC2 que se
    indican:

   

3.  DIFERENCIA
    Corresponde a la diferencia entre el monto total del  tipo de
    provisión que se obtiene de este archivo (tipo de registro "1" o "2")
    y el monto que para esa provisión se ha  informado en el archivo BC2.
    Indica lo que debe sumarse (+) o restarse (-) del monto que se
    obtiene de este archivo C60, para coincidir con el valor absoluto del
    saldo informado en el archivo BC2.

Registros de cuadratura de créditos contingentes con archivo CC2 *.

*    Este tipo de registro se incluirá en este archivo solamente en el
    evento de que, por cualquier causa, la suma de la información por
    algún tipo de crédito            contingente incluido en este archivo
    no coincida con respectivo monto que se han informado en el archivo 
    CC2..

   

COOPERATIVAS
Hoja 65

3.  PERÍODO
    Corresponde al mes (AAAAMM) a que se refiere la información.

Registros siguientes

Los registros siguientes contendrán información sobre los activos y renegociaciones de los créditos hipotecarios para vivienda, lo que se identificará en el primer campo de cada registro con los siguientes códigos:

Código            Tipo de registro (contenido)

  1            Activos
  3            Renegociaciones

Registros para informar los activos.

   

1.  TIPO DE REGISTRO
    Corresponde al código que identifica el tipo de registro. Debe ser
    "1".

2.  NÚMERO INTERNO DE IDENTIFICACIÓN DE LA OPERACIÓN
    Corresponde al código interno utilizado por la cooperativa que
    identifica el crédito que se informa.

COOPERATIVAS
Hoja 68

Registros para informar las renegociaciones.

   

1.  TIPO DE REGISTRO
    Corresponde al código que identifica el tipo de registro. Debe ser
    "3".

2.  NÚMERO INTERNO DE IDENTIFICACIÓN DE LA OPERACIÓN
    Corresponde al código interno utilizado por la cooperativa que
    identifica el crédito que se informa.

3.  RUT
    Corresponde al RUT del deudor.

4.  DÍAS DE MOROSIDAD CON QUE SE EFECTUÓ LA RENEGOCIACIÓN
    Corresponde a los días de morosidad que mantenía el crédito al
    momento de efectuarse la renegociación.

5.  MONTO DE PIE PAGADO EN LA RENEGOCIACIÓN
    Monto pagado por el deudor para acceder a la renegociación, expresado
    por su equivalente en pesos a la fecha de referencia del archivo.
    Cuando no se haya exigido un pago, en este campo se informará con ø
    (cero).

6.  CANTIDAD DE RENEGOCIACIONES
    Indica la cantidad de ocasiones en que a la fecha de referencia del
    archivo, el crédito original ha sido objeto de renegociación.

COOPERATIVAS
Hoja 70

ARCHIVO C63

CODIGO ARCHIVO: C63
NOMBRE      : ACTIVOS Y PROVISIONES POR OPERACIONES DE FACTORAJE
PERIODICIDAD  : Mensual
PLAZO      : 14 días hábiles

En este archivo debe entregarse información a nivel de los deudores de cada una de las operaciones de factoraje vigentes, constituyendo en consecuencia un detalle de lo que se informa en el archivo C60. Junto con lo anterior, se proporcionará información referida a las características de cada uno de los créditos y eventuales renegociaciones

Primer registro

   

1.  CÓDIGO DE LA COOPERATIVA
    Corresponde al código que identifica a la cooperativa.

2.  IDENTIFICACIÓN DEL ARCHIVO
    Corresponde a la identificación del archivo. Debe ser "C63".

3.  PERÍODO
    Corresponde al mes (AAAAMM) a que se refiere la información.

Registros siguientes

   
COOPERATIVAS
Hoja 71

   

1.  NÚMERO DE LA OPERACIÓN
    Corresponde al código de identificación asignado por la cooperativa a
    la operación. Este código debe identificar la operación en forma
    única, por cada compra de documentos adquiridos al cliente. Por lo
    tanto, como es natural, debe utilizarse el mismo código en cada uno
    de los registros en que se identifica a los deudores de las facturas
    de la operación de que se trate.

2.  RESPONSABILIDAD
    El código indica si la cesión del documento adquirido por el factor
    se ha efectuado con la responsabilidad de pago del cliente o sin
    ella, según:

    1 Con responsabilidad del cedente
    2 Sin responsabilidad del cedente

3.  RUT DEL CLIENTE
    Corresponde al RUT de la persona que realiza la cesión de los
    documentos a la cooperativa.

4.  CLASIFICACIÓN DEL CLIENTE
    Se indicará la clasificación del cliente según la evaluación de la
    cooperativa, utilizando los códigos que se indican en la Tabla C
    incluida en el Anexo N° 13 de la presente Circular. En caso de que no
    proceda la clasificación del cliente porque éste no tiene otros
    créditos distintos a factoraje y para efectos de riesgos se considera
    la clasificación del deudor, se utilizará en código "NA".

5.  RUT DEL DEUDOR
    Corresponde al RUT de la persona contra quien se haya emitido el
    documento vendido o cedido a la cooperativa.

6.  CLASIFICACIÓN DEL DEUDOR
    Se indicará la clasificación del deudor según la evaluación de la
    cooperativa, utilizando los códigos que se indican en la Tabla C
    incluida en el Anexo N° 13 de la presente Circular. . En caso de que
    no proceda la clasificación del deudor porque éste no tiene otros
    créditos distintos a factoraje y para efectos de riesgos se considera
    la clasificación del cliente, se utilizará en código "NA".