I. Apruébase la modificación del decreto alcaldicio Nº 5.938, de 29 de junio de 2017, que estableció la Ordenanza Local sobre comercio en la vía pública para la comuna de Viña del Mar, en el Acápite I, en los siguientes sentidos:
    1.- Sustitúyase el concepto "Artista en vía pública", del artículo 3, Título II: Conceptos, por el siguiente:
    "Artista en vía pública: La persona que se dedica al arte, el cual expresa su visión sensible a través de la música, el canto, la pintura, la poesía, la escultura, desempeñado dicha labor en un bien nacional de uso público o en un bien municipal.".
    2.- Sustitúyase el Párrafo Primero del artículo 12, Título VII: Ayudante y Suplente, por el siguiente:
    "Artículo 12.- El ejercicio del comercio estacionado con autorización municipal debe ser realizado por el titular del permiso, sin perjuicio de lo anterior éste podrá contar con un ayudante que colabore en sus labores.".
    3.- Sustitúyase el artículo 30 del Título XI: Sanciones, por el siguiente:
    "Artículo 30.- Las infracciones a la presente Ordenanza serán sancionadas con una multa de hasta 5 UTM. Son infracciones graves las contempladas en el artículo 29 anterior, letras a), c), e), h), j), l), las que serán sancionadas con multa de 3 a 5 UTM.
    Las denuncias que se formulen serán sancionadas por el Juzgado de Policía Local.".
    4.- Sustitúyase el artículo 36 del Título XII: Fiscalización, por el siguiente:

    "Artículo 36.- Corresponderá a Carabineros de Chile y a Inspectores Municipales velar por el cumplimiento de la presente Ordenanza y su fiscalización.".