Artículo 42.- Las nóminas Ley N°19.884, art. 36, D.O. 05.08.2003de los administradores electorales y de los administradores generales electorales serán exhibidas al público en las oficinas del Servicio Electoral y en sus direcciones regionales. Igual publicidad deberá darse a los reemplazos que se produzcan en dichos cargos.