Artículo único: Agréguese al artículo 2° del decreto supremo N° 499, de 1981, del Ministerio de Educación Pública, un inciso segundo nuevo, cuyo tenor es el siguiente:
    "El área protegida tiene una superficie de 1.656.390 mts.2, según se grafica en el polígono con los números 1 - 2 - 3 - 4 -1, del plano adjunto, que forma parte del presente decreto y cuyos límites son los siguientes:

    TRAMO  DESCRIPCIÓN

    1 - 2  Límite Norte, línea de barranca de río.
    2 - 3  Límite Oriente, línea de borde de los Cerros.
    3 - 4  Límite Sur, línea de solera sur de calle Amunátegui.
    4 - 1  Límite Poniente, línea por Costanera Pedro Pablo Muñoz.