Artículo 14.- El patroLey N°18.700, art. 11, D.O. 06.05.1988
Ley N°18.809, art. único, N°2, D.O. 15.06.1989
Ley N°20.568, art. segundo, N°5, D.O. 31.01.2012cinio de candidaturas independientes deberá suscribirse ante notario por ciudadanos con derecho a sufragio que declaren bajo juramento o promesa no estar afiliados a un partido político legalmente constituido o en formación, y cuyos domicilios electorales registrados en el Registro Electoral correspondan al distrito o circunscripción senatorial, según se trate de elecciones de diputados o senadores. Será notario competente cualquiera del respectivo territorio.
Ley N°18.809, art. único, N°2, D.O. 15.06.1989
Ley N°20.568, art. segundo, N°5, D.O. 31.01.2012cinio de candidaturas independientes deberá suscribirse ante notario por ciudadanos con derecho a sufragio que declaren bajo juramento o promesa no estar afiliados a un partido político legalmente constituido o en formación, y cuyos domicilios electorales registrados en el Registro Electoral correspondan al distrito o circunscripción senatorial, según se trate de elecciones de diputados o senadores. Será notario competente cualquiera del respectivo territorio.
La nómina de patrocinantes deberá señalar en su encabezamiento el nombre del candidato y el acto electoral de que se trate. A continuación, deberá dejarse expresa constancia del juramento a que se refiere el inciso anterior y de los siguientes antecedentes: primera columna, numeración correlativa de todos los ciudadanos que la suscriban; segunda columna, sus apellidos y nombres completos; tercera columna, número de la cédula nacional de identidad; cuarta columna, indicación de su domicilio electoral, con mención de la comuna; quinta columna, firma del elector o su impresión dactiloscópica, si no pudiere firmar, la que se estampará en línea enfrentando los datos de su filiación personal.
Lo dispuesto en eLey N°18.799, art. 2, Nº5, D.O. 26.05.1989ste artículo y en el precedente no se aplicará a los independientes incluidos en una declaración de candidaturas de un pacto electoral.