Artículo 5°: Cupos.- La bonificación por retiro voluntario y a la bonificación adicional, se otorgará hasta un total de 3.750 beneficiarios y beneficiarias durante la vigencia del plan de incentivo al retiro. Los cupos se distribuirán de la siguiente forma:
    1. Los años 2016, 2017 y 2018 se contemplarán 300 cupos por cada anualidad.
    2. El año 2019 contemplará 400 cupos.
    3. El año 2020 contemplará 450 cupos.
    4. Los años 2021, 2022, 2023 y 2024 contemplarán 500 cupos por cada anualidad.
    Los Decreto 7, SALUD
Art. único, N° 2 a) y b)
D.O. 07.06.2024
cupos que no hubieren sido utilizados en los años 2016 al 2018, ambos incluidos, incrementarán los cupos del año 2019. A partir de este último año, los cupos que no sean utilizados en cada anualidad incrementarán los cupos del año inmediatamente siguiente. En el año 2025 se utilizarán los cupos que no hayan sido ocupados en las anualidades anteriores.