TITULO II (ARTS. 14-96)
    De su organización
    Artículo 14° Los organismos de la Confederación son:
    a) El Congreso Nacional Mutualista;
    b) El Consejo Ejecutivo Nacional;
    c) Las Federaciones Provinciales o RegDecreto 53, TRABAJO
Art. único N° 13 a) y b)
D.O. 25.02.2022
ionales, y
    d) Los Consejos Locales.