TITULO II (ARTS. 14-96)
De su organización
Artículo 14° Los organismos de la Confederación son:
a) El Congreso Nacional Mutualista;
b) El Consejo Ejecutivo Nacional;
c) Las Federaciones Provinciales o RegDecreto 53, TRABAJO
Art. único N° 13 a) y b)
D.O. 25.02.2022ionales, y
Art. único N° 13 a) y b)
D.O. 25.02.2022ionales, y
d) Los Consejos Locales.