FIJA TARIFAS PARA EL SERVICIO CARTA CORREOS, CARTA NORMAL INTERNACIONAL, CASILLAS Y CLASIFICADORES, PEQUEÑO PAQUETE INTERNACIONAL, DOCUMENTO EXPRESS, PAQUETE EXPRESS DOMICILIO, PAQUETE EXPRESS SUCURSAL, SERVICIO OPCIONAL DE EMBALAJE, COURIER INTERNACIONAL DE SALIDA DE CORREOSCHILE, ENCOMIENDA INTERNACIONAL, EMS Y LOS SERVICIOS ADICIONALES NACIONALES E INTERNACIONALES QUE SE SEÑALAN, TODOS DEL MERCADO PERSONA, DE LA EMPRESA DE CORREOS DE CHILE Y DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN EXENTA QUE SE SEÑALA

    Núm. 89 exenta.- Santiago, 22 de septiembre de 2017.

    Vistos y considerando:

    El DFL N° 10, de 1981, y el artículo 5° del decreto N° 642, de 2004, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Telecomunicaciones; el Acuerdo N° 111/2017 del Directorio de la Empresa de Correos de Chile, adoptado en la Sesión Octava Ordinaria, de fecha 25 de agosto de 2017; la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y en uso de las facultades que me confiere la resolución exenta N° 41, de 2017, y la resolución exenta N° 57, de 2017, ambas de la Empresa de Correos de Chile, dicto la siguiente:

    Resolución:

    I.- Fíjense las siguientes tarifas para el servicio Carta Correos, Carta Normal Internacional, Casillas y Clasificadores, Pequeño Paquete Internacional, Documento Express, Paquete Express Domicilio, Paquete Express Sucursal, Servicio Opcional de Embalaje, Courier Internacional de Salida de CorreosChile, Encomienda Internacional, EMS y los servicios adicionales nacionales e internacionales que se señalan, todos del mercado persona, de la Empresa de Correos de Chile:
   
    a) Carta Correos:
   
    .
   
    b) Carta Normal Internacional:
   
    .
   
    c) Casillas y Clasificadores:
   
    .
   
    d) Pequeño Paquete Internacional:
   
    .
   
    e) Documento Express: corresponde a aquellos envíos cuyo embalaje es de material flexible, papel o plástico, con dimensiones menores y regulares en largo y ancho, conteniendo documentación en su interior, con peso máximo de 1,5 Kg.

    .

    f) Paquete Express Domicilio: corresponde a aquellos paquetes, bultos o cajas cuya medida (la suma de sus lados) no puede ser mayor a 3 mts., con un peso no superior a 50 kilos físicos y 250 kilos volumétricos.

    .

    g) Paquete Express Sucursal:   

    .

    h) Servicio Opcional de Embalaje:
   
    .
   
    i) Courier Internacional de Salida de CorreosChile:
   
    . Courier Documentos: corresponde a aquellos envíos cuyo embalaje es de material flexible, papel o plástico, con dimensiones menores y regulares en largo y ancho, conteniendo documentación en su interior, con peso máximo de 2 kilos.

      .
   
    . Courier Paquetes y Muestras: corresponde a aquellos paquetes, bultos o cajas, cuya medida (la suma de sus lados) no puede ser mayor a 3 mts., y con un peso no superior a 30 kilos físicos y 200 kilos volumétricos.   

    .

    j) Encomienda Internacional:
   
    .

    k) EMS:   
   
    .
   
    l) Servicios Adicionales:
   
    .
   
    II.- Deróguese la resolución exenta N° 31, de 2017, y en lo pertinente, deróguense la resolución exenta N° 4, de 2009, y la resolución exenta N° 6, de 2009, todas de la Empresa de Correos de Chile.
    III.- Las tarifas aprobadas por la presente resolución exenta se encuentran exentas de IVA, y comenzarán a regir a contar del día de publicación de la presente resolución, en el Diario Oficial.





NOTA
      El numeral II de la Resolución 20 Exenta, Empresa de Correos de Chile, publicado el 02.04.2018, modifica la presente norma en el sentido de derogar en lo pertinente, la presente norma.

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Leonardo Pozo Vergara, Gerente General (I), Empresa de Correos de Chile.