Artículo 4° Resolución 1321 EXENTA,
TRANSPORTES
Art. ÚNICO, N° 2
D.O. 27.07.2021
El incumplimiento a lo establecido en la presente resolución dará lugar a la correspondiente responsabilidad infraccional, conforme a las disposiciones del Título VII de la Ley 18.168, General de Telecomunicaciones.