Artículo 13.- Entrega de recursos. Los recursos adjudicados a los proponentes serán entregados una vez que el último acto administrativo que aprueba el convenio respectivo se encuentre totalmente tramitado.
    Las bases especiales y el convenio determinarán los plazos y la modalidad de entrega. Ésta última deberá ajustarse a alguna de las siguientes formas:
    a) Transferencia en una sola cuota.
    b) Transferencia en más de una cuota, la primera cuota se entregará una vez que quede totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el Contrato de Aportes no Reembolsables. Las siguientes cuotas serán entregadas una vez aprobada la rendición del 100% de la cuota anterior del proyecto y aprobados los respectivos informes técnicos, todo dentro del plazo de ejecución del proyecto. El otorgamiento de cuotas estará asociado a un avance proporcional de la actividad llevada a cabo por el receptor, de acuerdo a lo dispuesto en las respectivas bases especiales.