I. Rectifícase el decreto supremo citado con antelación en el Visto Nº 6, que fija fórmulas tarifarías de los servicios de producción y distribución de agua potable y de recolección y disposición de las aguas servidas para la empresa Aguas del Valle S.A, en los siguientes términos:
1. En el decreto supremo Nº 153, de 2016, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, sustitúyase la tabla del numeral 3.4. Cargo revisión de proyectos de construcción, por la siguiente:
. II. En lo no modificado por el presente decreto supremo, se mantiene plenamente vigente el decreto supremo Nº 153/2016, referido en el numeral precedente, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.