Certifico: Que por escritura pública de fecha 2 de marzo de 2017 y escritura pública modificatoria de 28 de julio de 2017, ambas otorgadas ante el Notario Público de Santiago don René Benavente Cash, con domicilio en Huérfanos 979, piso 7, Santiago; don Johnny Emilio Lama Jamarne, ingeniero, C.I. N° 6.168.917-6, por sí y en representación de "Inversiones Orsan Limitada", Rut Nº Resolución 5455 EXENTA,
HACIENDA
D.O. 21.11.201776.452.965-0, ambos domiciliados en Huérfanos N° 835, Of. 1603, Santiago; constituyeron sociedad anónima especial denominada Orsan Seguros de Crédito y Garantía S.A.
HACIENDA
D.O. 21.11.201776.452.965-0, ambos domiciliados en Huérfanos N° 835, Of. 1603, Santiago; constituyeron sociedad anónima especial denominada Orsan Seguros de Crédito y Garantía S.A.
Que por resolución exenta N° 4.925, de 10 de octubre de 2017, de la Superintendencia de Valores y Seguros, se autorizó su existencia y se aprobaron sus estatutos.
EXTRACTO ESTATUTOS
Nombre: Orsan Seguros de Crédito y Garantía S.A.
Domicilio: Ciudad de Santiago, Región Metropolitana.
Duración: Indefinida. Objeto: Asegurar y reasegurar a base de primas o en la forma que la ley y los reglamentos autoricen, los riesgos de créditos, de garantía y fidelidad, contemplados en el artículo 11 DFL Nº 251 de 1931 y sus modificaciones, o el que lo sustituya o reemplace, así como también contratar todos aquellos seguros para lo cual lo faculte la ley en el presente y el futuro, pudiendo la sociedad contratar todo tipo de reaseguro sobre los riesgos que esta asegurará. Asimismo, se entenderá dentro de su objeto todas las actividades afines o complementarias al giro del seguro y reaseguro, que se encuentren autorizadas por la Superintendencia de Valores y Seguros o el órgano fiscalizador competente que la reemplace.
Objeto: Asegurar y reasegurar a base de primas o en la forma que la ley y los reglamentos autoricen, los riesgos de créditos, de garantía y fidelidad, contemplados en el artículo 11 DFL Nº 251 de 1931 y sus modificaciones, o el que lo sustituya o reemplace, así como también contratar todos aquellos seguros para lo cual lo faculte la ley en el presente y el futuro, pudiendo la sociedad contratar todo tipo de reaseguro sobre los riesgos que esta asegurará. Asimismo, se entenderá dentro de su objeto todas las actividades afines o complementarias al giro del seguro y reaseguro, que se encuentren autorizadas por la Superintendencia de Valores y Seguros o el órgano fiscalizador competente que la reemplace.
Capital: $3.320.000.000.- dividido en 3.320 acciones nominativas, sin serie y sin valor nominal, el que se encuentra íntegramente suscrito, enterado y pagado.
Demás clausulas constan en escritura extractada.