APRUEBA ENMIENDA Nº 3 AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE SAN BERNARDO Y LOCALIDAD DE LO HERRERA
Núm. 6.389 exento.- San Bernardo, octubre 5 de 2017.
Vistos:
- El Plan Regulador Comunal de San Bernardo y Localidad de Lo Herrera, aprobado por Acuerdo del H. Concejo Municipal Nº 724 de fecha 27 de julio de 2004, promulgado por decreto alcaldicio Nº 3.855 de fecha 2 de mayo de 2006 y publicado en el Diario Oficial con fecha 13 de junio de 2006.
- Lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y lo dispuesto en los artículos 2.1.11. y 2.1.13. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, referente a Enmiendas a los Planes Reguladores Comunales.
- El acuerdo Nº 1700-16 del H. Concejo Municipal de San Bernardo adoptado en Sesión Ordinaria Nº 138 del 4 de octubre de 2016, que aprueba autorizar la discusión y difusión de la Enmienda N° 3 al Plan Regulador Comunal de San Bernardo y Localidad de Lo Herrera, Zona ZU 1.3 Sur Nogales de la Ordenanza Local.
- Los avisos de prensa efectuados en el diario La Tercera, los días viernes 12 y 19 de mayo de 2017, informando el proceso de aprobación de la Enmienda N° 3, según calendario preestablecido.
- La exposición por 30 días del proyecto de Enmienda N° 3 Plan Regulador Comunal de San Bernardo y Localidad de Lo Herrera, desde el 2 de junio de 2017 al 18 de agosto de 2017, en el Hall Central del Edificio Consistorial de la Ilustre Municipalidad de San Bernardo, certificada por el Secretario Municipal.
- La Audiencia Pública informativa realizada con fecha 1 de junio de 2017, en el Colegio Escritora Marcela Paz, ubicado en calle Ramón Liborio Carvallo Nº 736 San Bernardo, certificada por el Secretario Municipal.
- Las sesiones con el Cosoc comunal, dando a conocer el proyecto de Enmienda y su proceso, efectuadas la primera el 26 de mayo de 2017 y la segunda el 6 de julio de 2017.
- Los avisos de prensa efectuados en el diario La Tercera los días viernes 21 y 28 de julio de 2017, informando la fecha, hora y lugar Audiencia Pública Consulta a la Comunidad.
- La Audiencia Pública de Consulta a la Comunidad realizada el 2 de agosto de 2017 en el salón del Edificio Consistorial de la Ilustre Municipalidad de San Bernardo, certificada por el Secretario Municipal.
- Certificación del Secretario Municipal de fecha 26 de septiembre de 2017 que da cuenta que durante el período de recepción de consultas del proyecto Enmienda Nº 3 al Plan Regulador Comunal de San Bernardo y Localidad de Lo Herrera, Zona ZU 1.3 Sur Nogales de la Ordenanza Local, entre los días 3 y 18 de agosto no se ingresaron observaciones a la Oficina de Partes del Municipio.
- El Acuerdo N° 248 - 17 del H. Concejo Municipal de San Bernardo en Sesión Extraordinaria Nº 12 de fecha 22 de agosto de 2017, que aprueba la Enmienda N° 3 al Plan Regulador Comunal de San Bernardo y Localidad de Lo Herrera, Zona ZU 1.3 Sur Nogales de la Ordenanza Local.
- Teniendo presente, las atribuciones que me confiere la Ley N° 18.695, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.
Considerando:
- Que se ha cumplido con todos los pasos administrativos para aprobación de Enmienda al Plan Regulador Comunal, que indican los artículos 2.1.11. y 2.1.13. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
- Que no hubo por parte de la ciudadanía ingresos en la Oficina de Partes de la Ilustre Municipalidad de San Bernardo, de observaciones a la presentación de la Enmienda N° 3 al Plan Regulador Comunal de San Bernardo y Localidad de Lo Herrera, Zona ZU 1.3 Sur Nogales de la Ordenanza Local, en el plazo de recepción de consultas entre los días 3 y 18 de agosto de 2017.
- Que el H. Concejo Municipal de San Bernardo en Sesión Extraordinaria de fecha 22 de agosto de 2017, mediante Acuerdo N° 248 - 17 aprobó el proyecto de Enmienda N° 3 al Plan Regulador Comunal de San Bernardo y Localidad de Lo Herrera, ZU 1.3 Sur Nogales de la Ordenanza Local.
Decreto:
1°.- Apruébase la Enmienda N° 3 al Plan Regulador Comunal de San Bernardo y Localidad de Lo Herrera, Zona ZU 1.3 Sur Nogales de la Ordenanza Local, normas aprobadas por el Honorable Concejo Comunal de San Bernardo mediante Acuerdo N° 248 - 17 en Sesión Extraordinaria Nº 12 de fecha 22 de agosto de 2017.
La Zona ZU 1.3 Sur Nogales se encuentra comprendida y precisada a través del Plano PRC-SB-01 Zonificación, del Plan Regulador Comunal de San Bernardo y Localidad de Lo Herrera, aprobado por Acuerdo del Concejo Municipal Nº 724 de fecha 27 de julio de 2004, promulgado por decreto alcaldicio Nº 3.855 de fecha 2 de mayo de 2006 y publicado en el Diario Oficial con fecha 13 de junio de 2006.
La Enmienda Nº 3 que se aprueba corresponde a lo que a continuación se señala:
ENMIENDA Nº 3
PLAN REGULADOR COMUNAL DE SAN BERNARDO Y LOCALIDAD DE LO HERRERA
TEXTO APROBATORIO ENMIENDA Nº 3, PLAN REGULADOR COMUNAL DE SAN BERNARDO Y LOCALIDAD DE LO HERRERA - ZONA ZU 1.3 SUR NOGALES DE LA ORDENANZA LOCAL
Artículo único:
Enmiéndese el Plan Regulador Comunal de San Bernardo y Localidad de Lo Herrera, aprobado por Acuerdo del Concejo Municipal Nº 724 de fecha 27 de julio de 2004, promulgado por decreto alcaldicio Nº 3.855 de fecha 2 de mayo de 2006 y publicado en el Diario Oficial con fecha 13 de junio de 2006 y sus modificaciones posteriores, en el sentido de aplicar la enmienda al Artículo 57 de su Ordenanza Local, en el siguiente sentido:
1.- Reemplácese en el Título IV, Capítulo 2 "Zonificación y Normas Específicas del Área Urbana de la Comuna de San Bernardo", Artículo 57, Zona ZU 1.3 Sur Nogales, en el Título sobre "Condiciones de Subdivisión y Edificación", los parámetros que se indican por los siguientes valores:
b.2 Coeficiente Constructibilidad:
Residencial y equipamiento: 1,12
Equipamiento: 1,26
b.6 Rasantes y distanciamiento: El ángulo
de las rasantes con respecto al
plano horizontal, expresado en grados
sexagesimales, será de 60º.
b.10 Densidad Bruta Máxima: 480 Hab./Há.
2º.- Remítase copia de este decreto, y copia del texto aprobatorio, que son parte de esta modificación, al Conservador de Bienes Raíces, a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago y a su respectiva División de Desarrollo Urbano.
3º.- Publíquese el presente decreto alcaldicio exento en el Diario Oficial.
Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Nora Cuevas Contreras, Alcaldesa.- Nelson Eduardo Órdenes Rojas, Secretario Municipal.
Lo que comunico a Ud. para su conocimiento y demás fines pertinentes.- Nelson Eduardo Órdenes Rojas, Secretario Municipal.