Artículo 38.- El personal del Servicio estará afecto a las disposiciones del decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2005, del Ministerio de Hacienda, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo, y en materia de remuneraciones, a las normas del decreto ley Nº 249, de 1974, del Ministerio de Hacienda, que Fija Escala Única de Sueldos para el Personal que Señala, y su legislación complementaria.