Artículo 46.- Modifícase el artículo 8 de la ley N° 18.985, que Establece Normas Sobre Reforma Tributaria, que aprueba el texto de la Ley de Donaciones con Fines Culturales, de la forma que sigue:
1. En el artículo 1:
a) Reemplázase en el párrafo segundo del numeral 1 la expresión "la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos" por "el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural".
b) Sustitúyese en el numeral 3, las dos veces que aparece, la expresión "Ministro Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes" por "Ministro de las Culturas, las Artes y el Patrimonio".
c) Reemplázase en el numeral 5 la frase "Ministerio de Educación, a propuesta del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes" por la expresión "Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio".
2. Reemplázase en el literal c) del inciso primero del artículo 10 la expresión "Consejo Nacional de la Cultura y las Artes" por "Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio".
3. Sustitúyese en el artículo 12, todas las veces que aparece, la expresión "Consejo Nacional de la Cultura y las Artes" por "Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio".
4. Reemplázase en el inciso quinto del artículo 17 la expresión "Ministerio de Educación" por "Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio".
5. Reemplázase en artículo 19 la expresión "Consejo Nacional de la Cultura y las Artes" por "Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio".