Artículo 49.- Modifícase la ley N° 19.928, sobre Fomento de la Música Chilena, en el siguiente sentido:
1. Reemplázase, todas las veces que aparece, la expresión "Consejo Nacional de la Cultura y las Artes" por "Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio".
2. Reemplázase, todas las veces que aparece, la expresión "Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes" por "Subsecretario de las Culturas y las Artes".