9.° Todo hacendado del distrito de esta capital queda obligado a presentarse para ofrecer sus ganados i caballadas al servicio del Ejército en el término de 24 horas en inteligencia de que cualquiera especie que se eche mano, le será satisfecha por su justo precio, i el que por el contrario contravenga a este artículo perderá la especie de que se necesitaba, i sufrirá ademas la pena que se estime mas justa.