NOTIFICACIONES


    Res. Ex. Nº 639, de 18/07/17. Exp. Nº 1701206 Vistos: Ley Nº 18.755; Ley Nº 18.575, resolución Nº 1.600/2008 de la CGR. Informe Sustanciador Encargada de C.C.F.F. Considerando: 1.- ADC Nº 105008, señala que se intercepta a la infractora 10 unidades de limones (0,290 kgs), los que se encontraban escondidos y no declarados. 2.- La infractora señala que se olvidó que traía los limones y que eran para aliviar la puna del viaje. Señala además que es primera vez que ingresa al país y que desconocía la normativa del SAG. 3.- Según Informe Sustanciador, se señala que se encuentra configurada la conducta infractora indicada en el DL Nº 3.557, sobre Protección Agrícola y tomando en consideración la cantidad de productos y el riesgo sanitario del mismo, se propone sancionar a la infractora con 3 UTM. 4.- La infractora no registra denuncias anteriores. Resuelvo: 1.- Aplíquese a doña Bibian Rosalba Aponte Arteaga, Cédula de Identidad Nº 5613143, nacionalidad boliviana, domicilio indeterminado, una multa equivalente a 3 (tres) UTM vigentes a la fecha de pago. Dicha multa deberá ser pagada cualquier oficina SAG del país. 2.- La infractora contará con el plazo de 10 días hábiles, para solicitar la revisión de la misma ante el Director Nacional del SAG.


    Firma: César Cardozo Rojas, Director Regional Región de Tarapacá SAG.