La presente ley, que surge de una Moción Parlamentaria de los H. Senadores señores Carlos Bianchi, Francisco Chahuán, Adriana Muñoz D`albora, Baldo Prokurica y Rabindranath Quinteros, establece el 19 de marzo de cada año como el día del Maestro Obrero Constructor, como una forma de entregar un reconocimiento especial a esta labor.
En la historia de su establecimiento, se señala que para dar un énfasis mayor para este trabajo se optó por esta fecha y no el 1° de mayo, día en que se conmemora tanto, el día internacional del trabajador como la festividad de San José obrero, Patrono de los maestros constructores.
"Artículo único.- Declárase el 19 de marzo de cada año como el "Día del Maestro Obrero Constructor".".