Artículo 69.- Modifícase el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2006, del Ministerio del Interior, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, en el siguiente sentido:
1. Elimínase, del literal g) del artículo 5, la expresión "de educación,".
2. Modifícase, el artículo 23, en el siguiente sentido:
a) Elimínase, en su inciso primero, la expresión ", educación".
b) Elimínase, en el literal a) de su inciso segundo, la expresión "educación, y".
3. Elimínase, en el artículo 47, la expresión "educación y".
4. Elimínase, en el inciso segundo del artículo 56, la expresión "educación y".
5. Sustitúyese, en el literal a) del artículo 65, la expresión "los presupuestos de salud y educación" por "el presupuesto de salud".
6. Sustitúyese el literal g) del artículo 67 por el siguiente:
"g) Los indicadores más relevantes que den cuenta de la gestión en los servicios de salud cuando éstos sean de administración municipal, tales como la situación previsional del personal vinculado al área, el grado de cumplimiento de las metas sanitarias y de salud a nivel comunal;".