Artículo 129: Deróguese el DS N°66, de 2009, del MINSEGPRES, que Revisa, Reformula y Actualiza el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago, a excepción de lo establecido en los artículos siguientes.
    Sin perjuicio de lo anterior, se mantienen plenamente vigentes todas aquellas resoluciones, certificaciones y permisos otorgados en el marco del DS N°66, de 2009, del MINSEGPRES, que sean compatibles con las disposiciones establecidas en el presente decreto. Asimismo, se mantienen plenamente vigentes las derogaciones y modificaciones a otras normativas de acuerdo a lo establecido en el Capítulo XIII del DS N° 66, de 2009, de MINSEGPRES, siempre y cuando sean compatibles con las disposiciones establecidas en el presente Decreto.
    Asimismo, se mantienen vigentes las medidas del DS N° 66, de 2009, del MINSEGPRES a que hace mención el presente Decreto, mientras no entren en vigencia aquellas nuevas medidas que las reemplazan.
    De igual modo, aquellos proyectos o actividades que estuvieran siendo evaluados en el SEIA, a la entrada en vigencia del presente decreto, se continuarán rigiendo por las reglas de compensación establecidas en el DS N° 66, de 2009, de MINSEGPRES.